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Producción y Sanidad Vegetal
Producción y Sanidad Vegetal
Certificación y control de semillas y plantas de vivero. Control de plagas vegetales. Uso sostenible de productos fitosanitarios
Certificación y control de semillas y plantas de vivero
Requisitos para garantizar su calidad, pureza varietal y estado fitosanitario
Control de plagas vegetales
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Plagas reguladas: prevención y lucha keyboard_arrow_down
- Agrilus anxius
- Agrilus planipennis
- Anastrepha ludens
- Anoplophora chinensis
- Anoplophora glabripennis
- Anthonomus eugenii
- Aromia bungii
- Bactericera cockerelli
- Bactrocera zonata
- Bactrocera dorsalis
- Bursaphelenchus xylophilus
- Candidatus liberibacter
- Conotrachelus nenuphar
- Dendrolimus sibiricus
- Phyllosticta citricarpa
- Popillia japonica
- Rhagoletis pomonella
- Spodoptera frugiperda
- Thaumatotibia leucotreta
- Xylella fastidiosa
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Gestión integrada de plagas keyboard_arrow_down
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Requisitos fitosanitarios para el comercio exterior de vegetales keyboard_arrow_down
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Estación de avisos trending_flat
La prevención y lucha contra las plagas de los vegetales es imprescindible para preservar no solo la producción agrícola y forestal, sino también la biodiversidad y el medio ambiente. Así, la normativa europea de sanidad vegetal se enfoca en prevenir la introducción y propagación de plagas en el territorio, así como en la detección temprana y posible erradicación en caso de la aparición de nuevos brotes.
A continuación se facilita información para aquellas plagas que merecen especial atención en Navarra debido a su posible introducción en el territorio, bien sea por existir condiciones agroambientales favorables, cultivos susceptibles presentes o cercanía de brotes en territorios cercanos. Su introducción en nuestra comunidad podría causar graves daños en cultivos, parques y bosques, así como graves pérdidas económicas.
Por ello, si tienes sospecha de presencia de alguna de ellas, por favor, contacta con nosotros. La participación de todos en imprescindible para una detección temprana.
Con el fin de reducir los riesgos asociados a la utilización de productos fitosanitarios, las y los agricultores deben seguir los principios generales de la gestión integrada de plagas, priorizando los métodos no químicos y los productos con menor riesgo.
Determinadas explotaciones debe contar con un asesoramiento en gestión integrada de plagas, que debe ser realizado por un asesor o asesora inscrita en el Registro de productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO). Están exentos de la obligación de asesoramiento los cultivos de baja utilización de productos fitosanitarios, la producción ecológica, la producción integrada, y otros sistemas certificados.
El comercio exterior de vegetales y productos vegetales está condicionado al cumplimiento de normas y requisitos fitosanitarios dirigidos a prevenir la introducción y propagación de plagas vegetales.
Antes de exportar o importar vegetales consulta las normas para el comercio exterior vegetal.
Las solicitudes de Inspección Fitosanitaria de vegetales y productos vegetales en los Puntos de inspección fronterizos (PIFs) deben presentarse a través de la aplicación informática CEXVEG:
→ Solicitud de inspección fitosanitaria en los Puntos de inspección fronterizos
Uso sostenible de productos fitosanitarios para reducir sus riesgos y efectos sobre la salud humana y el medio ambiente
Requisitos para su uso
- Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) de medios de defensa fitosanitaria: obligatoria para el suministro, la realización de tratamientos, y la manipulación de estos productos.
- Carné de usuario profesional de fitosanitarios, obligatorio para la manipulación de los productos de uso profesional.
-
Control de la utilización de productos fitosanitarios, tanto para titulares de explotaciones agrarias, como para quienes usen estos productos en ámbitos profesionales distintos del agrario.
-
Cuaderno de explotación, en el que mantener actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios realizados.
-
Únicamente pueden utilizarse los productos autorizados por el Registro de Productos Fitosanitarios, siguiendo las indicaciones de la etiqueta del producto y cumpliendo las condiciones uso dispuestas en el Real Decreto 1311/2012.
Para minimizar riesgos
- Guía de buenas prácticas para la mezcla de productos fitosanitarios
- Condiciones de almacenamiento de los productos fitosanitarios
Comercialización
La venta de productos fitosanitarios de uso profesional sólo puede hacerse en establecimientos registrados en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) a personas con carné de usuario profesional de productos fitosanitarios inscritos también en el ROPO.
→ Consulta los usuarios y establecimientos registrados en Navarra
Todas las operaciones de compra y venta de productos fitosanitarios deben ser registradas en el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO) en el plazo máximo de un mes.
→ Inscripción en el registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios
Inspección de equipos
Los equipos de aplicación de productos fitosanitarios deben ser inspeccionados periódicamente para minimizar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, y mejorar la eficacia de los tratamientos.
Equipos a inspeccionar
- Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios: hidráulicos, hidroneumáticos, neumáticos, centrífugos y espolvoreadores. Deben estar en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
- Equipos de aplicación a bordo de aeronaves.
- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
Estos dos últimos equipos deben estar inscritos en el Registro de aeronaves e instalaciones permanentes de aplicación de productos fitosanitarios (REGANIP).
Programa anual de inspecciones
Anualmente, el Gobierno de Navarra aprueba un programa de inspecciones en el que se incluyen todos los equipos que cumplen cinco años de antigüedad y los que cumplen tres años desde su última inspección.
- Los equipos deben ser inspeccionados por alguna de las empresas con autorización como Estación de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF) en Navarra.
- Las inspecciones se realizan siguiendo el Manual de inspección de equipos de aplicación en uso.
- Los titulares de los equipos deben conservar los certificados de inspección.
Autorización de estaciones de inspección técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF)
Gestión de envases vacíos
Los envases vacíos de productos fitosanitarios son residuos peligrosos. Su eliminación no controlada puede tener consecuencias negativas sobre el medio ambiente, y conlleva la imposición de sanciones.
Con el fin de reducir la peligrosidad del residuo y aprovechar mejor el producto fitosanitario, el o la agricultora debe enjuagar el envase con agua tres veces antes de desecharlo.
Los envases vacíos deben ser depositados en alguno de los puntos de recogida del sistema de recogida de envases agrarios de SIGFITO establecidos en Navarra. Desde ahí se llevan a las plantas de tratamiento donde se someten, según los casos, a reciclado o valorización energética.
Normativa
- Ley 7/2022, sobre la prevención de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases.
- Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) de medios de defensa fitosanitaria: obligatoria para el suministro, la realización de tratamientos, y la manipulación de estos productos.
- Carné de usuario profesional de fitosanitarios, obligatorio para la manipulación de los productos de uso profesional.
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Control de la utilización de productos fitosanitarios, tanto para titulares de explotaciones agrarias, como para quienes usen estos productos en ámbitos profesionales distintos del agrario.
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Cuaderno de explotación, en el que mantener actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios realizados.
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Únicamente pueden utilizarse los productos autorizados por el Registro de Productos Fitosanitarios, siguiendo las indicaciones de la etiqueta del producto y cumpliendo las condiciones uso dispuestas en el Real Decreto 1311/2012.
Para minimizar riesgos
- Guía de buenas prácticas para la mezcla de productos fitosanitarios
- Condiciones de almacenamiento de los productos fitosanitarios
La venta de productos fitosanitarios de uso profesional sólo puede hacerse en establecimientos registrados en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) a personas con carné de usuario profesional de productos fitosanitarios inscritos también en el ROPO.
→ Consulta los usuarios y establecimientos registrados en Navarra
Todas las operaciones de compra y venta de productos fitosanitarios deben ser registradas en el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO) en el plazo máximo de un mes.
→ Inscripción en el registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios
Los equipos de aplicación de productos fitosanitarios deben ser inspeccionados periódicamente para minimizar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, y mejorar la eficacia de los tratamientos.
Equipos a inspeccionar
- Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios: hidráulicos, hidroneumáticos, neumáticos, centrífugos y espolvoreadores. Deben estar en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
- Equipos de aplicación a bordo de aeronaves.
- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
Estos dos últimos equipos deben estar inscritos en el Registro de aeronaves e instalaciones permanentes de aplicación de productos fitosanitarios (REGANIP).
Programa anual de inspecciones
Anualmente, el Gobierno de Navarra aprueba un programa de inspecciones en el que se incluyen todos los equipos que cumplen cinco años de antigüedad y los que cumplen tres años desde su última inspección.
- Los equipos deben ser inspeccionados por alguna de las empresas con autorización como Estación de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF) en Navarra.
- Las inspecciones se realizan siguiendo el Manual de inspección de equipos de aplicación en uso.
- Los titulares de los equipos deben conservar los certificados de inspección.
Autorización de estaciones de inspección técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF)
Los envases vacíos de productos fitosanitarios son residuos peligrosos. Su eliminación no controlada puede tener consecuencias negativas sobre el medio ambiente, y conlleva la imposición de sanciones.
Con el fin de reducir la peligrosidad del residuo y aprovechar mejor el producto fitosanitario, el o la agricultora debe enjuagar el envase con agua tres veces antes de desecharlo.
Los envases vacíos deben ser depositados en alguno de los puntos de recogida del sistema de recogida de envases agrarios de SIGFITO establecidos en Navarra. Desde ahí se llevan a las plantas de tratamiento donde se someten, según los casos, a reciclado o valorización energética.
Normativa
- Ley 7/2022, sobre la prevención de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases.
- Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) de medios de defensa fitosanitaria: obligatoria para el suministro, la realización de tratamientos, y la manipulación de estos productos.
- Carné de usuario profesional de fitosanitarios, obligatorio para la manipulación de los productos de uso profesional.
-
Control de la utilización de productos fitosanitarios, tanto para titulares de explotaciones agrarias, como para quienes usen estos productos en ámbitos profesionales distintos del agrario.
-
Cuaderno de explotación, en el que mantener actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios realizados.
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Únicamente pueden utilizarse los productos autorizados por el Registro de Productos Fitosanitarios, siguiendo las indicaciones de la etiqueta del producto y cumpliendo las condiciones uso dispuestas en el Real Decreto 1311/2012.
Para minimizar riesgos
- Guía de buenas prácticas para la mezcla de productos fitosanitarios
- Condiciones de almacenamiento de los productos fitosanitarios
La venta de productos fitosanitarios de uso profesional sólo puede hacerse en establecimientos registrados en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) a personas con carné de usuario profesional de productos fitosanitarios inscritos también en el ROPO.
→ Consulta los usuarios y establecimientos registrados en Navarra
Todas las operaciones de compra y venta de productos fitosanitarios deben ser registradas en el Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones con Productos Fitosanitarios (RETO) en el plazo máximo de un mes.
→ Inscripción en el registro electrónico de transacciones y operaciones con productos fitosanitarios
Los equipos de aplicación de productos fitosanitarios deben ser inspeccionados periódicamente para minimizar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, y mejorar la eficacia de los tratamientos.
Equipos a inspeccionar
- Equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios: hidráulicos, hidroneumáticos, neumáticos, centrífugos y espolvoreadores. Deben estar en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
- Equipos de aplicación a bordo de aeronaves.
- Equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
Estos dos últimos equipos deben estar inscritos en el Registro de aeronaves e instalaciones permanentes de aplicación de productos fitosanitarios (REGANIP).
Programa anual de inspecciones
Anualmente, el Gobierno de Navarra aprueba un programa de inspecciones en el que se incluyen todos los equipos que cumplen cinco años de antigüedad y los que cumplen tres años desde su última inspección.
- Los equipos deben ser inspeccionados por alguna de las empresas con autorización como Estación de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Fitosanitarios (ITEAF) en Navarra.
- Las inspecciones se realizan siguiendo el Manual de inspección de equipos de aplicación en uso.
- Los titulares de los equipos deben conservar los certificados de inspección.
Autorización de estaciones de inspección técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF)
Los envases vacíos de productos fitosanitarios son residuos peligrosos. Su eliminación no controlada puede tener consecuencias negativas sobre el medio ambiente, y conlleva la imposición de sanciones.
Con el fin de reducir la peligrosidad del residuo y aprovechar mejor el producto fitosanitario, el o la agricultora debe enjuagar el envase con agua tres veces antes de desecharlo.
Los envases vacíos deben ser depositados en alguno de los puntos de recogida del sistema de recogida de envases agrarios de SIGFITO establecidos en Navarra. Desde ahí se llevan a las plantas de tratamiento donde se someten, según los casos, a reciclado o valorización energética.
Normativa
- Ley 7/2022, sobre la prevención de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases.