PRIMER periodo de 12 meses:
Solicitud:
El plazo para la presentación de nuevas solicitudes empezará al día siguiente de la publicación de la convocatoria 2023 y finalizará cuando se agote el crédito disponible y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2023. El cierre del plazo de presentación se informará en esta misma ficha de ayuda del catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra. La documentación a presentar es la siguiente:
- Memoria descriptiva de las actividades de I+D+i a desarrollar y del puesto de trabajo a cubrir
- Declaración responsable
- Las medidas que la entidad tenga ya implementadas a fecha de la solicitud para favorecer la conciliación entre la vida laboral, personal y la igualdad de género
Documentación tras la concesión de la ayuda:
En el caso de entidades privadas, en el plazo de 1 mes, desde la notificación de la concesión de la ayuda, se deberá presentar la declaración sobre la obligación de transparencia. Además, en caso de ser positiva sería necesario presentar también la siguiente documentación:
En el plazo de 2 meses, desde la notificación de la concesión de la ayuda, o con fecha límite el 29 de febrero de 2024 si el citado plazo de dos meses venciera en fecha posterior al 31 de diciembre de 2023, la entidad beneficiaria presentará la siguiente documentación:
- Copia del contrato firmado
- Oferta de empleo o identificador de la oferta en el SNE-NL
- Documento justificativo de que la persona contratada se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Garantía Juvenil
- Declaración relativa a la base 7.5 (relación contractual, ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023)
SEGUNDO periodo de 12 meses:
Solicitud:
Para estas solicitudes se respetará necesariamente el plazo relativo al mes anterior al fin del primer periodo de 12 meses subvencionado. Se presentará la siguiente documentación:
Documentación tras la concesión de la ayuda:
En el caso de entidades privadas, en el plazo de 1 mes, desde la notificación de la concesión de la ayuda, se deberá presentar la declaración sobre la obligación de transparencia. Además, en caso de ser positiva sería necesario presentar también la siguiente documentación:
En el plazo de 2 meses, desde la notificación de la concesión de la ayuda, o con fecha límite el 29 de febrero de 2024 si el citado plazo de dos meses venciera en fecha posterior al 31 de diciembre de 2023, la entidad beneficiaria presentará la siguiente documentación:
- Copia del contrato firmado
JUSTIFICACIÓN (común para el primer y segundo periodo de 12 meses subvencionados):
En el plazo de 2 meses, computado desde la finalización del mes 12 de contratación, ya sea primer o segundo periodo, la entidad beneficiaria presentará, a través del enlace de Subsanación, una memoria justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, incluyendo las realizadas por la persona contratada.
SUSTITUCIÓN
En el caso de cumplirse las condiciones de la base reguladora 16.2 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023) se podrá sustituir a la persona inicialmente contratada. La documentación a presentar, a través del enlace de sustitución, será la siguiente:
- Copia del contrato de sustitución firmado
- Oferta de empleo o identificador de la oferta de sustitución en el SNE-NL
- Documento justificativo de que la persona contratada se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Garantía Juvenil
- Declaración relativa a la base 7.5 (relación contractual, ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023)
Notas sobre obligaciones de las beneficiarias en materia de publicidad conforme a la base 19 (ver pestaña Normativa, Resolución 18E/2023):
- Las entidades beneficiarias están obligadas a mencionar el origen de la financiación en su publicidad, velando por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión Europea y una declaración de financiación adecuada que indique "Financiado por la Unión Europea - Next Generation EU".
- En la documentación empleada, señalización exterior de centros y lugares donde se realizan estas acciones, así como en las actividades de comunicación desarrolladas que promocionen la realización de las mismas, deben aparecer -en los mismos términos en que se recojan los elementos identificativos de la Comunidad Foral de Navarra- los siguientes elementos:
- En cualquier caso, en toda la documentación elaborada en relación con las actividades subvencionadas y en los materiales de difusión de los resultados de las mismas se utilizará un lenguaje inclusivo y no sexista, y se velará por la transmisión de una imagen igualitaria, no asociada a roles de género y ofreciendo una imagen diversa tanto de las mujeres como de los hombres, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres.