Ayudas para la contratación de personal investigador y tecnológico 2023

Publicado el listado completo de concesiones de la convocatoria, inicial y adicionales.

Información básica

  • Empresas, privadas o públicas, que realicen actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.
  • Quedan excluidas de esta convocatoria los Agentes del SINAI, para los cuales está destinada la convocatoria Programa MRR Investigo.

Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.

  • La persona a contratar, en el momento en que se efectúe la contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1. de la Normativa), los siguientes requisitos:
    • Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
    • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
      • Titulaciones universitarias.
      • Formación profesional de grado superior.
  • Los contratos deberán cumplir, entre otras (base 4.2. de la Normativa), las siguientes condiciones:
    • Ser a tiempo completo y tener una duración mínima de 12 meses.
    • El salario bruto anual será como mínimo de 20.000 euros.
    • Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 o 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 5 para formación profesional de grado superior.
    • La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.

Gastos subvencionables:

Los módulos de ayuda para compensar los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, serán los siguientes:

  • Módulo A: ascenderá a 16.000 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 y 2.
  • Módulo B: ascenderá a 13.000 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 3 a 5.

Pasos del procedimiento:

  • Solicitud de ayuda. Plazo máximo de un mes desde la publicación de la ayuda en BON (24/01/2023).
  • Evaluación de solicitudes y concesión de la ayuda.
  • Una vez concedida la ayuda:
    • Declaración de transparencia.
    • Contratación.
    • Justificación y abono.

Documentación informativa:

Para solicitar la ayuda:

  • Memoria de actuaciones.
  • Documento que acredite la plantilla media de la entidad durante el año 2022 en el centro de trabajo en el que se va a realizar la actividad conforme a la base 6.3.e (ver pestaña Normativa).

Para obtener la ayuda adicional también habrá que presentar, en solicitud, la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa de las medidas de igualdad entre mujeres y hombres aplicadas por la entidad, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.4.a (ver pestaña Normativa).
  • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del mes anterior a la fecha de solicitud de las ayudas, donde conste el número de trabajadores y trabajadoras con contratos bonificados, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.4.b (ver pestaña Normativa).

 

Declaración de transparencia:

En el caso de entidades privadas beneficiarias, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, deberán presentar la declaración relativa a la obligación de transparencia. Desde el botón específico "Presentar declaración de transparencia", y en función de la respuesta a distintas cuestiones, se adjuntará una documentación u otra.

 

Modificaciones:

Conforme a las recogidas en la base reguladora 12 (ver apartado normativa), las entidades beneficiarias pueden solicitarlas, incluidas las prórrogas, cumplimentando el formulario y presentándolo a través del botón "Subsanación/solicitud de modificaciones". 

 

Contratación:

Una ver firmado el contrato y hasta el 30 de junio de 2023 (incluido), las entidades beneficiaras deberán presentar la siguiente documentación (a través del botón "Contratación y/o sustitución"):

  • Copia del contrato firmado.
  • Oferta de empleo o identificador de la oferta en el SNE-NL.
  • Idc (Informe de datos para la cotización-Trabajadores por cuenta ajena de la Tesorería General de la Seguridad Social).
  • Declaración responsable.

En caso de realizar una sustitución de la persona inicialmente contratada, se presentará la misma documentación referida en este apartado, también a través del botón "Contratación y/o sustitución".

 

Justificación:

Las entidades beneficiarias presentarán, en el plazo de dos meses, computado desde la finalización del mes 12 de contratación, la siguiente documentación justificativa (a través del botón "Justificar" de esta misma página):

  • Memoria justificativa de las actividades en las que ha participado la persona contratada.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades junto con la siguiente documentación (presentada en tres archivos digitales, agrupados conforme a cada uno de los tres siguientes conjuntos de documentos):
    • Copia de las nóminas.
    • Justificantes de pago de las nóminas.
    • Documentos "cálculos globales del trabajador" (SLD del Servicio de Consulta de Cálculos) de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Declaración de no haber recibido otras subvenciones por los conceptos subvencionados en esta convocatoria.

 

Además:

  • Tanto las entidades beneficiarias, como las personas contratadas, en caso de hacer una publicación o mención pública de la contratación subvencionada, o de las actividades de I+D+i en las que participa la persona contratada, deberán hacer constar que ha sido financiada por el Gobierno de Navarra.
  • En todo caso, en toda la documentación elaborada en relación con las actividades subenconadas y en los materiales de difusión de los resultados de las mismas se utilizará un lenguaje inclusivo y no sexista, y se velará por la transmisión de una imagen igualitaria, no asociada a roles de género y ofreciendo una imagen diversa tanto de las mujeres como de los hombres, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres.

Resolución 518E/2022, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de las ayudas.

Tramitación

Plazo: 25/01/23 - 31/12/24

Podrán subsanar aquellas entidades que, habiendo realizado una solicitud previamente, deseen completarla, presentar solicitudes de modificación, comunicación de renuncias y bajas o en caso de que el Servicio de I+D+i les haya solicitado un requerimiento. La documentación relativa al contrato inicial y/o sustitución se presentará a través del botón específico "Contratación y/o sustitución".

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/03/23 - 15/06/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/03/23 - 15/11/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de I+D+i
Calle Cabárceno 6, 3ª planta
31621 Sarriguren (Navarra)

Sección de I+D+i Energía
Guillermo Bea
Teléfono: 848 42 45 18
Correo electrónico: gbeacidr@navarra.es

Josean Larumbe
Teléfono: 848 42 72 70
Correo electrónico: jlarumab@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda a la contratación de personal investigador y tecnológico

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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