Empresas, privadas o públicas, que realicen actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.
Quedan excluidas de esta convocatoria los Agentes del SINAI, para las cuales está destinada la convocatoria "Programa MRR Investigo".
Descripción keyboard_arrow_down
Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.
La persona a contratar, en el momento en que se efectúe la contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1. de la Normativa), los siguientes requisitos:
Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Titulaciones universitarias.
Formación profesional de grado superior.
Los contratos deberán cumplir, entre otros (base 4.2. de la Normativa), las siguientes condiciones:
Ser a tiempo completo y tener una duración mínima de 12 meses.
El salario bruto anual será como mínimo de 18.000 euros.
Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 o 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 7 para formación profesional de grado superior.
La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.
Gastos subvencionables
Se financia un porcentaje de los costes salariales de la persona contratada (incluidas las aportaciones a la Seguridad Social), conforme a la siguiente tabla:
Entidad beneficiaria
Ayuda (%)
Máximo (grupo 1) euros
Máximo (grupo 2) euros
Máximo (grupos 3 a 7) euros
Grandes empresas
50
17.000
15.000
13.000
PYMES
70
19.000
17.000
15.000
Pasos del procedimiento:
Solicitud de ayuda.
Evaluación de solicitudes y concesión de la ayuda.
En caso de PYME, formulario para el cálculo del tamaño de empresa así como las cuentas cerradas y depositadas en el Registro Mercantil de los 2 últimos ejercicios, tanto de la solicitante como de sus empresas asociadas y vinculadas.
Documento que acredite la plantilla media de la entidad durante el año 2021 en el centro de trabajo en el que se va a realizar la actividad conforme a la base 7.2.B.4 (ver pestaña Normativa).
Documentación que acredite la pertenencia a un clúster conforme a la base 7.2.B.6 (ver pestaña Normativa).
Documentación para obtener la ayuda adicional:
Documentación acreditativa de las medidas de igualdad entre mujeres y hombres aplicadas por la entidad, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.2.a (ver pestaña Normativa).
Informe de Trabajadores en Alta (ITA) emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del mes anterior a la fecha de solicitud de las ayudas, donde conste el número de trabajadores con contratos bonificados, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.2.b (ver pestaña Normativa).
Documentación tras concesión:
En el caso de entidades privadas, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, deberán presentar la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones.
Una vez firmado el contrato y hasta el 31 de mayo(incluido), las entidades beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación (a través del enlace "Contratación y/o sustitución" de esta página):
Copia del contrato firmado.
Oferta de empleo o identificador de la oferta en el SNE-NL.
Idc (Informe de datos para la cotización-Trabajadores por cuenta ajena de la Tesorería General de la Seguridad Social).
En caso de realizar una sustitución de la persona contratada, se presentará la misma documentación del punto anterior, también a través del enlace "Contratación y/o sustitución".
Justificación:
Las entidades beneficiarias presentarán la siguiente documentación justificativa (a través del botón "Justificar" de esta página):
Memoria económica justificativa del coste de las actividades, junto con la siguiente documentación (esta documentación se presentará en tres archivos digitales, agrupados en nóminas, justificantes de pago y cálculos globales del trabajador):
Copia de las nóminas y de sus justificantes de pago.
Documentos “cálculos globales del trabajador” (SLD del Servicio de Consulta de Cálculos) de la Tesorería General de la Seguridad Social. correctamente identificados y ordenados cronológicamente.
Se establece como fecha límite el 31 de julio de 2023, incluido, para presentar la documentación de justificación. Se exceptúan de esta fecha los siguientes casos:
Entidades a las que la concesión de la ayuda se haya realizado con posterioridad a la concesión conjunta o haya habido una sustitución de la persona contratada, en cuyo caso el plazo será de dos meses desde la finalización del primer año de contrato y no podrá ser posterior al 31 de octubre de 2023.
Si se produce la extinción del contrato sin sustitución se establece un plazo de dos meses desde que se produzca dicha extinción y no podrá ser posterior al 31 de octubre de 2023.
Además:
Tanto las entidades beneficiarias, como las personas contratadas, en caso de hacer una publicación o mención pública de la contratación subvencionada, o de las actividades de I+D+i en las que participa la persona contratada, deberán hacer constar que ha sido financiada por el Gobierno de Navarra.
En todo caso, en toda la documentación elaborada en relación con las actividades subvencionadas y en los materiales de difusión de los resultados de las mismas se utilizará un lenguaje inclusivo y no sexista, y se velará por la transmisión de una imagen igualitaria, no asociada a roles de género y ofreciendo una imagen diversa tanto de las mujeres como de los hombres, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres.
¿Problemas informáticos? Te atendemos de lunes a jueves, de 8:00 a 17:30 horas; y los viernes y meses de verano (julio-septiembre), de 8:00 a 15:00 horas.