Subvención para el fomento y gestión de colectivos comerciales 2025

El objetivo es fortalecer la imagen del comercio de Navarra y consolidar su oferta, con el fin de incrementar la imagen de confianza en el comercio local

Oinarrizko informazioa

Asociaciones de comerciantes y asociaciones de comerciantes mixtas (comercio, hostelería y servicios) que cumplan los siguientes requisitos:

Se computarán como comercios asociados aquellos establecimientos comerciales destinados al ejercicio regular de actividades comerciales minoristas, cuyos titulares sean comerciantes, esto es, personas físicas o jurídicas que, teniendo capacidad para ejercer la actividad comercial, se dedican en nombre propio al comercio minorista como profesión habitual y que, además, formen parte de la asociación de comerciantes que solicita la subvención.

  • Si en el mismo establecimiento se ejercen de forma simultánea varias actividades comerciales minoristas se computará, a estos efectos, un comercio asociado.
  • Si en el mismo establecimiento se ejercen de forma simultánea varias actividades, una de las cuales es de comercio al por menor de entre las determinadas anteriormente, se computará dicho establecimiento como comercio asociado únicamente cuando la actividad comercial minorista sea la actividad principal por volumen de negocio (cifra de ventas).
  • En ningún caso se considerarán comercios asociados los establecimientos de hostelería, bares, cafeterías, restaurantes, etc., y otros establecimientos de servicios personales, como peluquerías, salones de belleza, centros de manicura, de estética, de bronceado, tintorerías, lavanderías, agencias de viajes, agencias de seguros, etc.

Dotación presupuestaria:

  • 562.546,94 euros para los programas:
    • De impulso de las estructuras asociativas comerciales
    • De actuación comercial (PAC)
    • De organización de actividades formativas
    • De impulso y gestión de herramientas digitales
    • De desarrollo de legislación comercial
  • 15.000 euros para inversiones:
    • Inversiones por herramientas tecnológicas: web y app

Periodo de ejecución: entre el 01/11/2024 y el 31/10/2025, ambos inclusive.

Plazo de presentación de la solicitud y de la primera justificación: 15 dias hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BON.

Pasos del procedimiento:

  • Evaluación de las solicitudes y de la primera justificación recibidas, comprobación de la documentación administrativa y requerimiento, en su caso, de la subsanación de la documentación incompleta.
  • Resolución de la concesión de la subvención.
  • Presentación en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, de la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones.
  • Presentación en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención,de la documentación requerida en el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros y de solicitantes sujetas a la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • Abono de la primera justificación de las actuaciones realizadas, pagadas y finalizadas, entre el 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025, ambos inclusive.
  • Evaluación de la segunda justificación de las actuaciones realizadas entre 1 de abril de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025, ambos inclusive, que se presentarán como fecha límite, el 10 de noviembre de 2025.
  • Abono de la segunda justificación.

Notas:

  • Para poder utilizar el logo de Comercios de Navarra/Nafarroako Dendak deberá remitir previamente el formulario de solicitud de logo a la dirección de correo electrónico comercionavarra@navarra.es y obtener la validación de la Sección de Ordenación del Comercio y la Artesanía y Ayudas Económicas, salvo que lo hayan solicitado previamente.

Para su correcto uso, consultar el Manual de aplicación gráfica del logo.

  • En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, o en el supuesto de querer cambiar la cuenta ya existente, se puede registrar o modificar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Solicitud y primera justificación

Modelos a presentar:

Tras la concesión

Las asociaciones de comerciantes deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.

Esta declaración se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), como si no está sujeta (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).

Si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia deberá adjuntar, además, la siguiente documentación:

Sus cuentas anuales: conformadas por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria. En el caso de entidades de nueva creación la información será la que figure en sus presupuestos o plan económico-financiero.

Los documentos adjuntados a la declaración sobre la obligación de transparencia no deberán contener datos de carácter personal ni firmas manuscritas.

Harremanetan jartzeko

Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
C/ Pascual Madoz, 6, bajo
31004 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 426 319
Correo electrónico: mchaverp@navarra.es

Ondoko administrazio prozedurari lotuta dago tramitea:

Subvención para el fomento y gestión de colectivos comerciales

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