Para recibir el pago de las subvenciones, es IMPRESCINDIBLE realizar el trámite de solicitud de pago, aportando TODA la documentación que se indica en el apartado "Documentación a presentar".
Únicamente se permite no volver a presentar facturas, jusficantes de pago y resoluciones de concesión de otras subvenciones si ya se presentaron anteriormente, pero sí se deberá indicar que ya constan en el expediente.
La persona propuesta deberá presentar la documentación correspondiente, del 1 al 15 de noviembre, sólo vía online, a través de los enlaces habilitados en esta página (apartado Tramitación).