Ayudas para realizar proyectos de I+D. Convocatoria 2025

Información básica

  • Empresas
  • Agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI, regulado por la Orden Foral 2E/2020).

Deben disponer de centro de trabajo en Navarra y desarrollar las actividades de I+D en el mismo.

Bases completas.

Seminario web informativo sobre la convocatoria (25/02/2025):

Hay tres modalidades de proyectos:

  • Proyecto individual de una empresa
  • Proyecto de colaboración entre varias empresas
  • Proyecto de transferencia del conocimiento, realizado entre una o varias empresas y uno o varios agentes del SINAI.

Gastos subvencionables: los relacionados directamente con las actividades de I+D, como personal, materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.

La ayuda máxima por empresa y modalidad es de 200.000 euros y el máximo de subvención incluyendo todos los socios y socias de los proyectos de colaboración entre empresas y de transferencia de conocimiento es de 500.000 euros.

Las ayudas se prevén compatibles para las mismas actuaciones con otras subvenciones de las Administraciones Públicas diferentes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Estas ayudas están cofinanciadas al 40 % por el Gobierno de Navarra y el Fondo FEDER de la Unión Europea.

Duración: se prevé desde la fecha de solicitud (publicación en el BON prevista el 3 de marzo de 2025), hasta el 30 de abril de 2027.

Pasos del procedimiento:

  • Solicitud: desde el día siguiente a su publicación, que se prevé para el 3 de marzo 2025 (desde el 4 de marzo hasta el 14 de abril de 2025). Debe solicitarse la ayuda antes de comenzar el proyecto, por el efecto incentivador (base 5).
  • Concesión: se prevé la valoración de la convocatoria en 3 meses. Se notificará a través de la ficha (se recomienda suscribirse al trámite).
  • Justificaciones de gasto (base 14). Las plantillas estarán disponibles previamente en el apartado 'Documentación a presentar'. La justificación se realiza en tres momentos:
    • Hasta el 01/04/2026: justificación del año 2025 completo
    • Hasta el 01/04/2027: justificación del año 2026 completo
    • Hasta el 01/08/2027: justificación del año 2027 hasta fin de proyecto
  • Abono de la ayuda (base 15):
    • Pago a cuenta del gasto de 2025 posterior al 01/04/2026
    • Liquidación del gasto de 2025
    • Pago a cuenta del gasto de 2026 posterior al 01/04/2027
    • Liquidación del gasto de 2026
    • Liquidación del gasto de 2027 posterior al 01/08/2027

Es importante presentar toda la documentación requerida en cada plazo: de solicitud, de concesión o requerimientos que se pudieran realizar.

Se recomienda ver previamante la Guía para la presentación de solicitudes.

Solicitud. Base 8. Se deberán utilizar los modelos siguientes:

  • La propia solicitud telemática incluye la declaración responsable que se menciona en las bases.
  • Formulario de solicitud (si da problemas, comprobar la longitud de la ruta, no cambiar la extensión xlsm; se puede subir comprimido si diese error).
  • Memoria técnica descriptiva del proyecto, dos modelos según tipo de proyecto: Memoria individual o Memoria colaboración-transferencia.
  • Formulario de horas de dedicación del personal de las empresas a proyectos de I+D+i 2025-2027.
  • Para acreditar el tamaño de empresa pequeña o mediana: Certificado acreditativo del tamaño de la Cámara de Comercio de Navarra o cuentas presentadas al Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, o IRPF de los ejercicios 2021, 2022 y 2023 de la solicitante, asociadas y vinculadas. Si no se presentan, la intensidad de ayuda a aplicar será la de grandes empresas. Guía sobre el tamaño de empresa.
  • El acuerdo de colaboración se puede presentar con la solicitud, o tras la concesión en el plazo de un mes tras la publicación en la ficha. No hay plantilla.

 

Ayuda para la justificación de la Base 10.1.e): Alineación con las prioridades temáticas y transiciones de la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra (S4):

 

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Resolución 472E/2024, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas.

Tramitación

Plazo: 14/04/25 - 31/03/28

Instrucciones:

A través de este acceso se tramitarán todas las solicitudes, a excepción de la presentación de justificaciones. Para las justificaciones se utilizará el acceso específico habilitado, ya que incluye el registro para poder solicitar la subvención correspondiente a la justificación, sin la cual no se puede realizar el abono de la ayuda.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 21/07/25 - 21/08/25

El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 12.4 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, por quienes estén sujetos a la obligación (artículo 3.c), impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.

Instrucciones:

Conforme a la base 16, las beneficiarias de la subvención, deberán presentar en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acto que resuelve la convocatoria en la ficha de las ayudas, la declaración relativa a la obligación de transparencia. Esta declaración se presentará en todo caso, tanto si se está sujeto a la obligación de transparencia, como si no se está sujeto (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).

Plazo: hasta el 21/08/2025.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 21/07/25 - 21/08/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Resolución 250E/2025, con la relación de ayudas concedidas y denegadas (publicado el 21/07/2025).

Las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones en el plazo de un mes a contar desde la publicación hasta el 21/08/2025:

  • La declaración relativa a la obligación de transparencia, ajustada al modelo disponible en la ficha de las ayudas. Esta declaración se presentará en todo caso, tanto si se está sujeto a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno) como si no se está sujeto (en este caso la declaración afirmará dicho extremo). El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 12.4 de la citada Ley Foral, por quienes cumplen los requisitos del artículo 3.c), impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.
  • Las empresas que han resultado beneficiarias de ayudas superiores a 30.000 euros deberán presentar la documentación que acredita que cumplen los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 señalada en la base 2.4, en caso de no haberlo hecho al solicitar las ayudas. 
  • El coordinador de los proyectos de colaboración entre empresas o de transferencia del conocimiento deberá presentar el acuerdo de colaboración firmado por las partes, salvo que se haya presentado con la solicitud.
Contacto

Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31006 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 421 008
Correo electrónico: fomento.innovacion@navarra.es

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