Ayudas para realizar proyectos de I+D. Convocatoria 2023

  • Publicada la resolución de concesión (ver apartado Resultados).
  • El primer informe intermedio se deberá presentar por las solicitantes a las que se conceda ayuda en 2023, hasta 10 días naturales después de la notificación de la ayuda concedida, eso es el 27 de noviembre para las notificaciones efectuadas hoy. No obstante, se prevé iniciar el pago a cuenta conforme se vayan recibiendo dichos informes.
  • Las beneficiarias de ayudas deben presentar la declaración de transparencia (ver  plantillas en documentación a presentar), y en caso de no haberlo hecho antes, para los casos que proceda, acuerdo de colaboración y/o documentación que acredite que cumplen los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, señalada en la base 2.4.

Información básica

Empresas y Agentes del Sistema Navarro de I+D+i (SINAI) con centro de trabajo en Navarra y que desarrollen las actividades de I+D en dicho centro.

Hay tres modalidades de proyectos:

  • Proyecto individual de una empresa.
  • Proyecto de colaboración entre varias empresas.
  • Proyecto de transferencia del conocimiento, realizado entre una o varias empresas y uno o varios Agentes del SINAI.

Son gastos subvencionables los relacionados directamente con las actividades de I+D, como personal, materiales, amortización de equipos, colaboraciones externas y otros gastos.

La ayuda máxima por empresa y modalidad es de 200.000 euros.

Se establece un máximo de subvención para los proyectos de colaboración entre empresas y de transferencia de conocimiento de 500.000 euros.

Las ayudas se prevén compatibles para las mismas actuaciones con otras subvenciones de las Administraciones Públicas diferentes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Estas ayudas están cofinanciadas al 40% por el Gobierno de Navarra y el Fondo FEDER de la Unión Europea.

Duración: la fecha de finalización inicial máxima es hasta el 31 de julio de 2025.

 

Pasos del procedimiento:

  • Solicitud: desde el día siguiente a su publicación (21 de julio) hasta el 21 de agosto. Debe solicitarse la ayuda antes de comenzar el proyecto, por el efecto incentivador, base 5.
  • Concesión: se prevé la valoración de la convocatoria en 3 meses. Se notifica a la DEHú de las solicitantes.
  • Justificaciones de gasto y abonos: se detallan en las bases 14 y 15. Las plantillas estarán disponibles previamente en el apartado Documentación a presentar.

 

Novedades 2023 y dudas resueltas:

El martes 4 de julio, a las 9:30 horas, hubo una videoconferencia en la que se explicaron las diferencias con la convocatoria de 2022 y se plantearon dudas. Se indican los enlaces a la sesión grabada y al documento utilizado en el que se han añadido las dudas resueltas en la misma.

Es importante presentar toda la documentación requerida en cada plazo: de solicitud, de concesión o requerimientos que se pudieran realizar.

 

Solicitud. Base 8. Se deberán utilizar los modelos siguientes:

  • Declaración responsable. Está incluida en la propia solicitud telemática. Se recomienda ver previamante la Guía de la solicitud 2023.
  • Formulario de solicitud (al ser formato xls, deberá subirse comprimido. Si da problemas, comprobar la longitud de la ruta, no cambiar la extensión). Actualizado hoja de personal.
  • Memoria técnica descriptiva del proyecto, dos modelos según tipo de proyecto: Memoria individualMemoria colaboración-transferencia.
  • Formulario de horas de dedicación del personal de las empresas a proyectos 2023-2025.
  • Cuentas presentadas al Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, o IRPF de los ejercicios 2019, 2020 y 2021. Para acreditar el tamaño de empresa pequeña o mediana. Si no se presentan, la intensidad de ayuda a aplicar será la de grandes empresas. Guía sobre el tamaño de empresa.
  • El acuerdo de colaboración se puede presentar con la solicitud, o tras la concesión.

Justificación de la Base 10.1.e): Alineación con las prioridades temáticas y transiciones de la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra (S4):

 

Una vez concedida la ayuda, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la subvención (se podrán presentar también con la solicitud):

 

Base 18.3.c).

Deberán incluir en lugar visible de su web, al menos durante la duración del proyecto, la siguiente frase acompañada del logotipo disponible para su descarga en la ficha de las ayudas:
“Esta entidad ha recibido una ayuda de Gobierno de Navarra cofinanciada al 40% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a través del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de Navarra”.

Si la beneficiaria no dispone de página web o carece de los permisos para modificar la web corporativa, deberá situar en lugar visible de la empresa, al menos durante la duración del proyecto, la pegatina del logotipo FEDER que le facilitará el órgano gestor de las ayudas.

En todo caso, a la entrada de la entidad o en el lugar en el que se realice el proyecto se deberá colocar en lugar visible un cartel a color en tamaño A3 o una pantalla electrónica equivalente con al menos el título del proyecto, socios y presupuesto, así como el título de la convocatoria, los logos de Gobierno de Navarra y FEDER en caso de cofinanciación y la frase alusiva a la ayuda, según modelo descargable en la ficha de las ayudas.

 

Primer informe intermedio

Plazo de presentación: hasta el 1 de noviembre de 2023 (incluido) o hasta 10 días naturales después de la notificación de la ayuda concedida si fuera posterior.

Se presentará la documentación técnica del proyecto y el gasto realizado hasta el 31 de octubre de 2023 (primer periodo de ejecución). A estos efectos, se entiende por gasto realizado aquel que ha generado un documento contable (factura o nómina) aunque todavía no se haya pagado. No será necesaria la presentación de los documentos contables referidos, pero sus datos serán incluidos en el formulario correspondiente.

Documentación a presentar:

  • Resolución 370E/2023, por la que adquiere un compromiso de gasto complementario de 600.000 euros de carácter plurianual para la convocatoria 2023 de "Ayudas a proyectos de I+D".
  • Resolución 185E/2023, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Ayudas para realizar proyectos de I+D. Convocatoria 2023".

Tramitación

Plazo: 21/07/23 - 31/01/26

Instrucciones:

A través de este acceso se tramitarán todas las solicitudes, a excepción de la solicitud inicial, los pagos a cuenta y las justificaciones en las que se presentan los gastos que impliquen abonos de ayudas. Para estas operaciones se utilizará el acceso específico. En las justificaciones se incluye el registro para poder solicitar la subvención correspondiente a la justificación, sin la cual no se puede realizar el abono de la ayuda.

Las entidades solicitantes deben disponer de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), que será la forma a través de la que se realizarán todas las notificaciones.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/11/23 - 18/12/23

Plazo de presentación del primer informe intermedio: hasta 10 días naturales después de la notificación de la ayuda.

Se presentará la documentación técnica del proyecto y el gasto realizado hasta el 31 de octubre de 2023 (primer periodo de ejecución).

Instrucciones:

Habilitado solo para la presentación del primer informe intermedio sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria hasta esta fecha.

En el apartado Documentación a presentar están los enlaces a los tres documentos que hay que presentar.

Las solicitantes que hubieran renunciado al pago a cuenta no deberán presentar esta declaración. Esta información figura en la notificación individual.

IMPORTANTE:

En el paso 4 - Datos específicos, deberá rellenar los datos de justificación correctamente, localice estos datos antes de iniciar el proceso:

  • Número de expediente: es el que figura en la notificación de concesión como Código de expediente y tiene el formato 0011-1365-2023-000XXX, donde XXX es exclusivo en cada caso.
  • Importe justificado (€): es el importe de la ayuda a abonar, no confundir con el importe de gasto justificado. Es realmente la ayuda que espera percibir la beneficiaria. El abono definitivo será el que considere el Servicio, que podrá ser superior o inferior al consignado por la beneficiaria, por lo que los importes introducidos erróneamente serán corregidos sin repercusiones. El importe debe ser mayor de cero, más información abajo.

Este importe se calcula de la siguiente manera:

1. El total del importe del presupuesto presentado, se multiplica por la intensidad de la ayuda (la intensidad de ayuda se notifica en la concesión inicial como %)

2. Este importe se limitará  a la concesión en el año 2023. Dicho límite puede verse en la Resolución de concesión y en la notificación individual.

Las entidades solicitantes deben disponer de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú), que será la forma a través de la que se realizarán todas las notificaciones.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Resolución 374E/2023, por la que se resuelve la convocatoria (publicado el 17/11/2023).

Contacto

Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4
Parque Tomás Caballero nº1, 4ª planta
Edificio "Fuerte del Príncipe II"
31006 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 42 10 08
Correo electrónico: fomento.innovacion@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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