Para la solicitud
Todos los modelos han sido actualizados. Se deberán utilizar los que se pueden descargar en la presente ficha y se aconseja descargarlos en el momento de rellenarlos por si ha habido actualizaciones de mayor o menor relevancia.
- Formulario de solicitud (V23 actualizada el 07/06/2022).
Debe usarse este modelo y mantener la extensión xls (no xlsx).
Se ha detectado con Office365 que cuando se aloja en subcarpetas y la ruta incluyendo el nombre del archivo supera los 218 caracteres, al guardar elimina las fórmulas.
Se ha detectado que la ficha puede presentar problemas al subirla; en tal caso, comprimir en .zip, no cambiar a xlsx.
Quien solicite renuncia al PAC2, deberá subir un segundo formulario con los periodos 2 y 3 adaptados (desde el 01/04/2023 pasaría al periodo 3).
- Declaración responsable. Debe ir con firma digital o escaneada con firma y sello.
- Memoria técnica individual (para proyectos individuales de empresas).
- Memoria técnica colaboración-transferencia (para proyectos de colaboración entre empresas o de transferencia de conocimiento).
- Horas de dedicación del personal de las empresas a proyectos 2022-2024, a cumplimentar por todos los solicitantes, empresas, centros tecnológicos y universidades. Se deberá adjuntar una sola vez y en el último proyecto presentado en esta convocatoria.
Debe usarse este modelo y mantener la extensión xls (no xlsx).
Se ha detectado con Office365 que cuando se aloja en subcarpetas y la ruta incluyendo el nombre del archivo supera los 218 caracteres, al guardar elimina las fórmulas.
Se ha detectado que la ficha puede presentar problemas al subirla; en tal caso, comprimir en .zip, no cambiar a xlsx.
- Acuerdo de colaboración. En los proyectos de colaboración entre empresas y en los de transferencia del conocimiento, se presentará por el coordinador. Debe ir con firma digital o escaneada con firma y sello, por todos los socios. No hay modelo.
- Cuentas presentadas al Registro Mercantil, Registro de Cooperativas, o IRPF de los ejercicios 2018, 2019 y 2020. Para acreditar el tamaño de empresa pequeña o mediana. Si no se presentan, la intensidad de ayuda a aplicar será la de grandes empresas.
Conforme a la base 3.1.1.1.a, las empresas deberán haber comunicado a la autoridad laboral la apertura de un centro de trabajo o la reanudación de la actividad en Navarra a través de la siguiente ficha: Apertura de centro de trabajo o reanudación de actividad.
Para la declaración de transparencia
Una vez concedida la ayuda, en el plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la subvención, la entidad beneficiaria deberá presentar la siguiente documentación relativa a la declaración de transparencia:
El formulario de la declaración de transparencia debe descargarse, no rellenarse directamente. Cuando, una vez abierto, se selecciona una da las opciones, Subvención o Mecenazgo, aparecen las posibles opciones consecuencia de la elección hecha, debajo del DECLARO. Si esto no sucede puede ser porque se ha abierto el archivo con algún programa o explorador no compatible con este sistema (se ha detectado que Firefox da problemas).
Para el primer informe intermedio
Se presentará informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria desde el inicio del proyecto hasta el 30 de septiembre de 2022 (incluido). Plazo de presentación: hasta el 1 de octubre de 2022 (incluido).
En el apartado Resultados, está la relación de aceptaciones de renuncia a los pagos a cuenta. Una beneficiaria que renuncie al pago a cuenta 1 en la solicitud y se le haya aceptado, hará directamente la justificación parcial y no se verá afectada por las circunstancias del pago a cuenta. Por ejemplo, no tendrá pérdidas de derecho a cobro por presentar facturas antes o después de la fecha de presentación del primer informe intermedio. En estos casos, se anula el presupuesto del periodo 1 y se incrementa en esa cantidad el del periodo 2.
Documentación a presentar:
Para la justificación parcial
Se presentará documentación técnica y económica, que comprenderá el gasto realizado desde el inicio del proyecto hasta el 31 de marzo de 2023 o hasta la finalización del proyecto si se produce antes. Plazo de presentación: hasta el 1 de julio de 2023 (incluido), o hasta tres meses tras la finalización del proyecto si finalizase antes.
Documentación a presentar:
Para el segundo informe intermedio
Se presentará informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria desde el 1 de abril hasta el 30 de septiembre de 2023 (incluido). Plazo de presentación hasta el 1 de octubre de 2023 (incluido).
Una beneficiaria que renuncie al pago a cuenta 2 y se le acepte, hará directamente la justificación final y no se verá afectada por las circunstancias del pago a cuenta. Por ejemplo, no tendrá pérdidas de derecho a cobro por presentar facturas antes o después de la fecha de presentación del segundo informe intermedio, pero los gastos desde el 01/04/2023 se abonarán en 2024.
En el caso de renuncia del PAC2 en el momento de presentar la solicitud, deberá consignar la cantidad que pasa del periodo 2 al periodo 3 y deberá adjuntar un segundo formulario Excel completamente rellenado, que será el válido en el caso de que sea aceptada la renuncia.
Documentación a presentar:
Informe intermedio 2024 como consecuencia de concesión de prórroga
Se presentará informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos técnicos del proyecto, acompañado de la declaración responsable del gasto realizado por la beneficiaria en función de la notificación de la concesión de la prórroga: Plazo de presentación: el que figure en la notificación de la prórroga.
Documentación a presentar:
- Se usarán las plantillas del segundo informe intermedio.
Para la justificación final
Se presentará la documentación técnico-económica, que comprenderá el gasto realizado desde el 1 de abril de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024 o hasta la finalización del proyecto si se produce antes. Presentación hasta el 1 de septiembre de 2024 (incluido), o hasta tres meses tras la finalización del proyecto si finalizase antes.
Se recuerda el contenido de la base 14: Los gastos no presentados en los primeros periodos se podrán presentar en los siguientes.
Documentación a presentar:
Para más información, consultar:
Justificación de costes indirectos
Las entidades que tienen concedidos costes indirectos tanto en la presente convocatoria como en la convocatoria de proyectos estratégicos del mismo año (2022) deben acreditar que los mismos están basados en costes reales imputables, conforme a la base 4.1.3 (la misma para ambas convocatorias).
Dicha acreditación se realizará mediante los siguientes documentos:
Estos documentos será necesario remitirlos sólo una vez por cada año a justificar, y serán válidos para las dos convocatorias referidas, por lo que se podrán remitir a través del Registro General Electrónico con destino al Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento.