Ayudas a inversiones en diversificación rural vinculadas a la explotación agraria 2024

La convocatoria se incluye en el marco de la intervención 6864 (Inversiones en diversificación rural), del PEPAC en Navarra 2023-2027

Oinarrizko informazioa

  • Personas físicas o jurídicas que sean:
    • Agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN)
    • Familiares en primer grado de las anteriores
    • Microempresas o pequeñas empresas agrarias
    • Microempresas o pequeñas empresas agroalimentarias
  • Quieran realizar proyectos que creen y desarrollen actividades productivas, que no sean agrarias, en una zona rural de Navarra.
  • Cumplan con los requisitos previos y asuman los compromisos establecidos en las bases reguladoras.

Los proyectos deben estar incluidos en alguno de los siguientes ámbitos:

a) Servicios profesionales de ingeniería, arquitectura, asesoría, veterinaria, técnicos u otros.
b) Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
c) Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
d) Provisión de servicios sociales.
e) Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
f) Transformación y comercialización cuyo producto resultante no esté incluido en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
g) Provisión de servicios para cualquier sector económico, incluyendo la agricultura y la silvicultura, o la población rural.
Se consideran como servicios a la agricultura y silvicultura aquellos servicios complementarios a la labores agrícolas y forestales (provisión de productos, asesoramiento, mantenimiento de maquinaria, etc.) siempre que se pueda probar que no se trata de labores preparatorias para la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.
h) Actividades de bioeconomía circular.
i) Actividades de agroturismo, de turismo rural, de ocio, recreativas, deportivas, de hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

El procedimiento de concesión es por concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas según un baremo.

La ayuda es en forma de subvención directa de capital, y su importe se calcula aplicando una intensidad de ayuda del 40% a los gastos subvencionables.

La ayuda máxima por proyecto puede ser de 200.000 euros. El abono se realizará en 1 único pago en 2026 (previa solicitud, antes del 15 de noviembre de 2025).

La ayuda está cofinanciada por el fondo FEADER de la Unión Europea en un 25%.


Información general de la ayuda:

Pasos del procedimiento:

  • Recepción, revisión y valoración de las solicitudes.
  • Proceso de concurrencia competitiva.
  • Resolución de concesión (aprobación o denegación, según proceda).
  • Las personas jurídicas (excepto sociedades civiles) beneficiarias presentarán declaración sobre la obligación de transparencia.
  • Solicitud de pago.
  • Revisión y abono de la ayuda.

Para la solicitud de la ayuda:

  1. NIF
  2. Libro de familia
  3. Estatutos y escrituras de constitución
  4. Acuerdo para solicitar la ayuda*
  5. Autorización de la persona titular o socios y socias de la explotación agraria*
  6. Certificado de estar al corriente con el IAE
  7. Declaración PYME*
  8. Plan empresarial-Memoria descriptiva y Plan empresarial
  9. Relación nominal de trabajadores o cuota de autónomos (RNT antiguo TC2)
  10. Proyecto técnico o memoria valorada
  11. Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de la misma
  12. Licencias y autorizaciones o solicitudes de las mismas
  13. Informe de organismos competentes en ámbitos afectados por el proyecto
  14. Facturas proforma, ofertas y/o presupuestos de las inversiones
  15. Justificantes de los puntos solicitados en los criterios de selección
    i. Certificado de discapacidad
    ii. Formación: Título escaneado por las dos caras o certificado de título
    iii. Certificado del INEM SNE o tarjeta de desempleo
    iv. Justificación de la protección del inmueble e informe favorable de patrimonio arquitectónico
    v. Asociacionismo: certificado de ser socia de al menos a una asociación específica del sector de la actividad a crear o documento de compromiso

 

Tras la concesión:

Una vez notificada la concesión de la ayuda, aquellas personas beneficiarias para las que proceda, debén presentar Declaración sobre la Obligación de transparencia, a través de RGE, en el plazo máximo de un mes desde dicha notificación.

 

Para la solicitud de pago:

  1. Memoria de ejecución final*
  2. Detalle del presupuesto ejecutado, según la siguiente Plantilla de presupuesto*
  3. Facturas de las acciones realizadas y justificantes de pago bancario de las mismas.
  4. Alta en el Impuesto de actividades económicas (IAE) de la actividad no agraria.
  5. Último justificante de pago del IAE de la actividad no agraria.
  6. En su caso, licencia de obras, licencia de actividad clasificada, certificado fin de obra.
  7. Licencia de apertura o declaración responsable.
  8. Relación nominal de trabajadores (RNT antiguo TC2), Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y último justificante de pago de la cuota.
  9. Justificantes de cumplimiento de los siguientes criterios de selección, si la solicitud de ayuda fue puntuada por ellos:
    i. Grado de asociacionismo: Persona socia de asociaciones específicas del sector de la nueva actividad.
    ii. Mitigación del cambio climático: Inversiones o dotación de una instalación de calefacción y ACS de energía renovable.
    iii. Mitigación del cambio climático: Consumo de energía eléctrica 100% renovable mediante contrato con una comercializadora que ofrezca este servicio y/o instalación renovable propia.
    iv. Reducción de residuos: Utilización de subproductos como materia prima necesaria en el desarrollo de la nueva actividad.
  10. Justificantes de la publicidad de la actividad en redes sociales, páginas web, otras aplicaciones u otros medios publicitarios.
  11. Justificantes de la publicidad de las ayudas, fotografía del panel informativo, publicidad en el sitio web y otros (debe contener el símbolo de la bandera europea y símbolo oficial del Gobierno de Navarra)** .
  12. Otros, en función de la actividad y lo indicado en la memoria descriptiva y de ejecución y la resolución de concesión.

* Para los documentos marcados con asterisco debe utilizarse el modelo normalizado disponible en el Catálogo de trámites del Portal de Gobierno de Navarra.
** Modelo de Placa publicitaria.

Las solicitudes pueden ser tramitadas por la propia persona solicitante o a través de una entidad colaboradora acreditada (Relación de entidades colaboradoras) (Resolución 993/2016, de 22 de septiembre).


Otra documentación:

  • Documento de renuncia: en cualquier momento de la vida de un expediente, la persona beneficiaria puede solicitar la renuncia, aportando para ello la correspondiente solicitud.
  • Modificación: si se quiere solicitar una autorización para realizar una modificación, con carácter previo a aplicarla se debe presentar una solicitud, que debe incluir una explicación de las modificaciones que las entidades beneficiarias quieren realizar, con el mismo detalle empleado en la solicitud de ayuda.

Las solicitudes pueden ser tramitadas por las propias entidades coordinadoras solicitantes o a través de una entidad colaboradora acreditada a través del correspondiente Convenio de colaboración suscrito con del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Relación de Entidades Colaboradoras.

Emaitzak

Resolución 126E/2024, de concesión y desestimación.

Harremanetan jartzeko

Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible
C/ González Tablas, 9
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 42 48 94 / 848 42 63 68
Correo electrónico: diverdesa@navarra.es

Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.

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