La finalidad del REAN es inscribir y catalogar todas las explotaciones agrarias ubicadas mayoritariamente en Navarra, y expedir las fichas de explotación y los certificados que correspondan.
La inscripción en el REAN es obligatoria para la percepción de ayudas establecidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en apoyo al sector agrario.
Se realizan las siguientes catalogaciones:
- Agricultor/a profesional
- Agricultor/a a título principal (ATP)
- Explotación prioritaria
- Profesional de la agricultura
Pasos del procedimiento:
Tramitación de oficio:
1. Se procederá a una inscripción/actualización de las explotaciones agrarias y a una catalogación anual con la información obrante en el REAN a 1 de octubre. Esta información vendrá de las siguientes fuentes:
- Explotaciones declaradas en la Solicitud Única de la PAC y en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA)(todos los agricultores y agricultoras tienen la obligación de notificar anualmente la información de su explotación, bien haciendo la solicitud única de PAC o declarándolo en el REA. Se realizará a través del programa informático SGA-REX). En ambos casos se tendrán en cuenta las parcelas/recintos descritos en las citadas declaraciones.
- Explotaciones inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA), considerando los animales inscritos a 1 de octubre.
- Información de la Tesorería de la Seguridad Social sobre las y los cotizantes autónomos activos por la rama agraria.
- Información fiscal del Departamento de Hacienda del Gobierno de Navarra.
- Información fiscal de titulares de explotación que tributan en otras Comunidades Autónomas. Esta información debe ser facilitada por la o el propio titular previamente a la catalogación anual antes del 1 de octubre.
- Otra información presentada por el/la titular para su consideración en la catalogación anual antes del 1 de octubre.
2. Resolución de la catalogación anual.
3. Presentación de recursos a la Resolución que aprueba la catalogación.
Tramitación a instancia del o de la titular:
Nuevas explotaciones: las nuevas explotaciones que quieran inscribirse en REAN y obtener su catalogación con posterioridad a la Catalogación anual, deberán inscribirse previamente en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) las explotaciones agrícolas, o en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) las explotaciones ganaderas y solicitar su inscripción y catalogación ante la Sección de Registros Agrarios.
Modificación de explotaciones ya catalogadas: una explotación que tenga resuelta la catalogación anual podrá solicitar una nueva catalogación en el caso de que se modifique los elementos de la explotación, o los datos de los y las titulares. Solo se admitirá una solicitud de modificación por titular y periodo. En su caso, dichas modificaciones deberán realizarse previamente en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) las explotaciones agrícolas, o el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) las explotaciones ganaderas, y solicitar la modificación ante la Sección de Registros Agrarios.
1. Recepción y estudio de la solicitud.
2. Aprobación o denegación de la inscripción, según proceda, y Resolución.
3. Presentación de recursos a la Resolución de catalogación.