Registro de explotaciones agrarias de Navarra (REAN)

Inscribir y catalogar todas las explotaciones agrarias ubicadas en Navarra; expedir los certificados que correspondan: explotación prioritaria, ATP, etc. y consultar las catalogaciones

Información básica

Personas físicas o jurídicas titulares o cotitulares de una explotación agraria ubicada mayoritariamente en Navarra.

La finalidad del REAN es inscribir y catalogar todas las explotaciones agrarias ubicadas mayoritariamente en Navarra, y expedir las fichas de explotación y los certificados que correspondan.

La inscripción en el REAN es obligatoria para la percepción de ayudas establecidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en apoyo al sector agrario.

Se realizan las siguientes catalogaciones:

  • Agricultor/a profesional
  • Agricultor/a a título principal (ATP)
  • Explotación prioritaria
  • Profesional de la agricultura

Pasos del procedimiento:

Tramitación de oficio:

1. Se procederá a una inscripción/actualización de las explotaciones agrarias y a una catalogación anual con la información obrante en el REAN a 1 de octubre. Esta información vendrá de las siguientes fuentes:

  • Explotaciones declaradas en la Solicitud Única de la PAC y en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA)(todos los agricultores y agricultoras tienen la obligación de notificar anualmente la información de su explotación, bien haciendo la solicitud única de PAC o declarándolo en el REA. Se realizará a través del programa informático SGA-REX). En ambos casos se tendrán en cuenta las parcelas/recintos descritos en las citadas declaraciones.
  • Explotaciones inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA), considerando los animales inscritos a 1 de octubre.
  • Información de la Tesorería de la Seguridad Social sobre las y los cotizantes autónomos activos por la rama agraria.
  • Información fiscal del Departamento de Hacienda del Gobierno de Navarra.
  • Información fiscal de titulares de explotación que tributan en otras Comunidades Autónomas. Esta información debe ser facilitada por la o el propio titular previamente a la catalogación anual antes del 1 de octubre.
  • Otra información presentada por el/la titular para su consideración en la catalogación anual antes del 1 de octubre.

2. Resolución de la catalogación anual.

3. Presentación de recursos a la Resolución que aprueba la catalogación.

 

Tramitación a instancia del o de la titular:

Nuevas explotaciones: las nuevas explotaciones que quieran inscribirse en REAN y obtener su catalogación con posterioridad a la Catalogación anual, deberán inscribirse previamente en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) las explotaciones agrícolas, o en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) las explotaciones ganaderas y solicitar su inscripción y catalogación ante la Sección de Registros Agrarios.

Modificación de explotaciones ya catalogadas: una explotación que tenga resuelta la catalogación anual podrá solicitar una nueva catalogación en el caso de que se modifique los elementos de la explotación, o los datos de los y las titulares. Solo se admitirá una solicitud de modificación por titular y periodo. En su caso, dichas modificaciones deberán realizarse previamente en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) las explotaciones agrícolas, o el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) las explotaciones ganaderas, y solicitar la modificación ante la Sección de Registros Agrarios.

1. Recepción y estudio de la solicitud.

2. Aprobación o denegación de la inscripción, según proceda, y Resolución.

3. Presentación de recursos a la Resolución de catalogación.

Inscripciones de oficio para la catalogación anual:

Instancia registrada dirigida al Registro de Explotaciones Agrarias y presentada antes del 1 de octubre, acompañada de la documentación que proceda:

  • Explotaciones agrarias asociativas nuevas o modificadas:
    • Copia de estatutos de constitución en la que figure el objeto social, el capital suscrito, la relación de socios y sus porcentajes de participación.
    • Documentos de identidad de la sociedad y de sus socios.
    • Justificantes acreditativos de estar cotizando como autónomos agrarios de los socios.

Para las explotaciones inscritas sólo será necesario cuando estos documentos no hayan sido ya presentados en el momento de la declaración de la Solicitud Única de la PAC, REA, o REGA, o hayan sido modificados con posterioridad.

  • Titulares de explotación que tributen fuera de Navarra: Copia de su Declaración de la Renta (IRPF) del ejercicio fiscal vigente.

 

Inscripciones a solicitud del titular para una catalogación:

Instancia registrada dirigida al Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra solicitando su inscripción y catalogación, y acompañada de la siguiente documentación según proceda:

  • Explotaciones agrarias individuales nuevas o modificadas:
    • Justificación de ser titular de una explotación agrícola o ganadera: La explotación deberá estar inscrita en el REA o en el REGA.
    • Documento de identidad
    • Justificante acreditativo de estar cotizando como autónomos agrarios.
    • Titulares de explotación que tributen fuera de Navarra: Copia de su Declaración de la Renta (IRPF) del ejercicio fiscal vigente.
    • En el caso de incorporar nuevas superficies a la explotación, deberá acreditarse la titularidad de las mismas mediante catastro, contratos de arrendamiento o adjudicación de comunales.
  • Explotaciones agrarias asociativas nuevas o modificadas:
    • Justificación de ser titular de una explotación agrícola o ganadera: la explotación deberá estar inscrita en el REA o en el REGA.
    • Copia de estatutos de constitución en la que figure el objeto social, el capital suscrito, la relación de socios y socias, y sus porcentajes de participación.
    • Documentos de identidad de la sociedad y de sus socios y socias.
    • Justificantes acreditativos de estar cotizando como autónomos agrarios los socios y las socias.
    • En el caso de las y los socios de la explotación que tributen fuera de Navarra: copia de su declaración de la renta (IRPF) del ejercicio fiscal vigente.
    • En el caso de incorporar nuevas superficies a la explotación deberá acreditarse la titularidad de las mismas mediante catastro, contratos de arrendamiento o adjudicación de comunales.

Solo será necesario presentar esta documentación cuando no hayan sido ya presentados en el momento de la declaración de la Solicitud Única de la PAC, REA, o REGA, o hayan sido modificados con posterioridad.

 

Solicitud de justificantes al Registro:

  • Resolución RE 175/2024, por la que se aprueba la catalogación de los titulares y/o socios de explotaciones agrarias como agricultor a título principal, agricultor profesional y profesional de la agricultura, así como la catalogación de las explotaciones agrarias como prioritarias.
  • Orden Foral 254E/2023, por la que se establecen las unidades de trabajo agrario y renta unitaria en la Comunidad Foral de Navarra.
  • Real Decreto 1054/2022, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
  • Orden Foral 55/2019, por la que se aprueban criterios de gestión en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN).
  • Orden Foral 111/2015, por la que se regula la coordinación entre el REGEPA y el REAN y se establecen los criterios para la calificación de las explotaciones agrarias inscritas en el REAN.
  • Decreto Foral Legislativo 150/2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Entregar en:

  • Registro de Desarrollo Rural
    C/ González Tablas, 9, planta baja
    31005 Pamplona / Iruña
  • Oficinas de área del departamento

Plazo:

Abierto durante todo el año previa inscripción en el REA (explotaciones agrícolas) o REGA (explotaciones ganaderas).

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Entregar en:

  • Registro de Desarrollo Rural
    C/ González Tablas, 9, planta baja
    31005 Pamplona
  • Oficinas de área del departamento

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra
Sección de Registros Agrarios
C/ González Tablas, 9, 3.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 848 426 709 / 848 426 643
Correo electrónico: regexpla@cfnavarra.es

Para resolver problemas técnicos (relativos al certificado digital o la tramitación por internet):
Teléfonos: 948 013 575
Correo electrónico: soporte.tecnico.hacienda@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Registro de Explotaciones Agrarias

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