Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en la Cuenca del Ebro
Subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en la Cuenca del Ebro
En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
Para recibir el pago de las subvenciones, es IMPRESCINDIBLE realizar el trámite de solicitud de pago, aportando TODA la documentación que se indica en el apartado "Documentación a presentar".
Únicamente se permite no volver a presentar facturas, jusficantes de pago y resoluciones de concesión de otras subvenciones si ya se presentaron anteriormente, pero sí se deberá indicar que ya constan en el expediente.
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Personas físicas o jurídicas y comunidades de propietarios y propietarias.
Los inmuebles, edificaciones, equipamientos o instalaciones objeto de actuación deben estar situados en los municipios ribereños del eje del río Ebro y sus afluentes en Navarra.
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Estas subvenciones, otorgadas por el sistema de concurrencia competitiva, están destinadas a desarrollar medidas de adaptación al riesgo de inundación de edificaciones, equipamientos, instalaciones, explotaciones agrícolas o ganaderas, de forma que se minimicen los daños que producen las inundaciones. Serán objeto de financiación las siguientes líneas de actuación:
Línea 1. Adquisición e instalación de equipamientos o materiales que impidan la entrada de las aguas o faciliten su evacuación, tales como:
Barreras temporales o permanentes
Bombas de achique
Válvulas antirretorno
Otros elementos
Línea 2. Actuaciones que contribuyan a la reducción del riesgo de inundación, incluyendo actuaciones de adaptación al riesgo de inundación en los elementos vulnerables, tales como:
Impermeabilización o rediseño de fachadas
Construcción o mejora de muros perimetrales
Protección o sellado de huecos (ventanas, rejillas de ventilación, patinillos de instalaciones, etc.)
Protección o traslado de instalaciones vulnerables (cuadros eléctricos, transformadores, calderas, depósitos de combustible, etc.)
Aquellas otras obras que permitan mejorar el riesgo de inundación de los equipamientos y edificaciones existentes e incrementar su resiliencia.
Línea 3. Actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de explotaciones agrarias y ganaderas, tales como:
Instalación de compuertas y/o barreras anti-inundación temporales o permanentes
Sellado e impermeabilización de muros exteriores y soleras
Elevación o sellado de umbrales de entrada
Elevación del suelo de naves
Elevación o protección de infraestructuras/equipamientos/ instalaciones
Construcción de rampas de acceso
Creación, ampliación o mejora de sistemas de drenaje, rediseño de redes y sistemas de riego de forma que discurran bajo el terreno natural
Creación de bandas de protección natural
Reordenación/rotación de cultivos y selección de especies inundorresistentes
Creación de zonas de inundación temporal controlada
Alojamiento temporal para los animales
Apriscos permanentes o temporales
Otros
Las actuaciones podrán haberse realizado antes de la aprobación de esta convocatoria, siempre y cuando no se hubiesen iniciado antes del 6 de marzo de 2021 y deberán estar finalizadas antes del 6 de septiembre de 2025.
La cuantía de la subvención para cada actuación será del 80% del presupuesto considerado financiable, IVA excluido, con un máximo para cada persona beneficiaria y línea de actuación de 50.000 euros.
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Documentación requerida para justificar las actuaciones y solicitar el pago:
1. En el plazo de un mes a contar desde el día siguente a la notificación de la concesión, las personas jurídicas deberán presentar el formulario telemático de la declaración de transparencia (a través del apartado "Tramitación > Declaración de transparencia" de esta ficha).
2. En el plazo indicado en el apartado "Tramitación > Solicitud de pago" todas las personas y entidades beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación escaneada en documentos separados y debidamente identificados:
Una memoria detallada de la actividad realizada, con fotografías demostrativas de la actuación realizada: antes, durante y a la finalización de la actuación (mínimo 3 fotografías), localización, así como las fichas técnicas de los productos y/o materiales finalmente empleados. En su caso, documento suscrito por personal técnico que acredite la efectiva instalación.
Copia de los permisos y autorizaciones obtenidos en caso de que la actuación precise de ellos (autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro, licencia de obras, etc.).
En el caso de obras, acta de recepción de obra firmada por la o el técnico competente.
Acreditación, mediante fotografías, de la colocación de carteles o placas en un lugar visible de la obra ejecutada, para garantizar el cumplimiento de las medidas de difusión de los fondos de la financiación por la UE.
En actuaciones de menor entidad, se acreditará, mediante fotografías, la colocación de pegatinas en los materiales, bienes o documentos subvencionados.
Facturas u otros documentos acreditativos del gasto realizado, que deberán expresar con detalle los bienes adquiridos o las obras realizadas, e incluir en el concepto de la misma que se efectúa con cargo al PRTR.
Justificantes de pago de las facturas cuyo contenido mínimo debe ser:
Nombre del emisor de la transferencia
Nombre de la persona beneficiaria
Importe
Fecha de cargo
Concepto, en el que figurará el número de factura
No se aceptarán los pagos en especie. Los justificantes de pago de las facturas acreditarán el pago de la totalidad de la inversión.
Copia de la resolución de concesión de otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad, en caso de haberlas solicitado.
En el caso de haber presentado facturas, justificantes de pago o resolución de concesión de otras subvenciones en la fase de solicitud de la subvención, no será necesario volver a presentarlas, pero sí indicar que ya constan en el expediente.
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Resolución 607E/2023, por la que se aprueba la convocatoria y sus bases reguladoras.
Real Decreto 731/2022, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en el tramo medio del río Ebro y principales afluentes asociados dentro de la Estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tramitazioa
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Epea:
24/02/19 - 25/10/31
Hasta el 31/10/2024, inclusive, para las actuaciones en las que, en la lista de personas y entidades beneficiarias (ver apartado "Resultados"), aparece señalado el año 2024.
Hasta el 31/10/2025, inclusive, para las actuaciones en las que, en la lista de personas y entidades beneficiarias (ver apartado "Resultados"), aparece señalado el año 2025.
Jarraibideak:
Ver "Documentación a presentar" en el apartado Información básica y registrarla a través del botón "Solicitar pago".
Importante: realizar un único registro (a través del botón "Solicitar pago") por expediente.
Si una vez realizado el registro se desea añadir documentación, se debe hacer a través del botón "Subsanar".
Sección de Calidad del Agua y Obras Hidráulicas
C/ González Tablas, 9
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 848 424 964 / 848 423 096
Correo electrónico: cambioclimatico@navarra.es (indicar en el asunto del correo el nombre de la convocatoria y número de expediente)
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Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.