Ayuda económica para la contratación de cuidador/a profesional y/o empresa de servicios, para personas dependientes a cargo de sus familias

Ayuda económica destinada a que las personas dependientes puedan obtener unos cuidados profesionales y favorecer su permanencia en el domicilio

Oinarrizko informazioa

Personas en situación de dependencia que cumplan estos requisitos:

  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
  • No residir de forma permanente en un centro residencial.
  • Recibir cuidados de atención profesional en el domicilio para desarrollar actividades básicas y/o instrumentales de la vida diaria.
  • Acreditar la existencia de un contrato con un mínimo de 80 horas mensuales con grado de gran dependencia y dependencia severa y de 60 horas mensuales para el grado de dependencia moderada en cualquiera de las siguientes modalidades:
    • Mediante un contrato mercantil entre la persona dependiente y una entidad prestadora de los servicios de atención a domicilio debidamente registrada al efecto, o una persona profesional autónoma.
    • Mediante un contrato laboral entre la persona dependiente y el o la cuidadora profesional.

Cuantías máximas y mínimas en 2022, en atención al grado de dependencia:

 

Gran dependencia 

Dependencia severa  

Dependencia moderada 

Cuantía máxima 

                1.005,45 €

                       795,66 €

                              399,11 €

Cuantía mínima

                   462,00 €

                       351,67 €

                              184,20 €


Esta ayuda es compatible, en la cuantía que le corresponda, según su valoración económica, con:

  • Estancia temporal en residencias durante un mes al año de manera continuada o discontinua.
  • Servicios de atención diurna.
  • Servicios de prevención y promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de atención a domicilio municipal.

1. Documento acreditativo de la edad de la persona cuidadora (mínimo 18 años).

2. En el caso de  persona cuidadora profesional:

  • Acreditación de la existencia de un contrato en el que conste el número de horas contratadas.
  • Acreditación del cumplimiento de la normativa de seguridad social por parte de la persona cuidadora.
  • Acreditación de la cualificación profesional exigida a la persona cuidadora.

3. En el caso de las empresas, acreditación de que las personas empleadas tienen la cualificación profesional exigida.

  • Orden Foral 476/2018, por la que se regula la ayuda económica para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes para la contratación de un servicio: cuidador/a profesional y/o empresa de servicios.
  • Ley Foral 15/2006, de Servicios Sociales.
  • Decreto Foral 69/2008, por la que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General,
  • Decreto Foral 104/2018, por el que se establecen los importes mínimos y máximos de las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tramitazioa

Tramitatzeko beste modu batzuk:

Nafarroako Gobernuaren erregistro eta arreta bulegoetan ere aurkez dezakezu, baita  39/2015 Legean aurreikusitako beste edozein lekutan ere.

Harremanetan jartzeko

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.

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