La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a algúnCNAE-2009, de los establecidos en la base 2 de la convocatoria.
Figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor que tenga correspondencia directa con las actividades económicas subvencionables.
Las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos en función de la clase de proyecto en la fecha de presentación de la solicitud:
Modernización y Reforma de establecimientos comerciales (MR): haber venido realizando una actividad de comercio minorista en Navarra antes del 1 de octubre de 2024.
Traspaso comercial (TC): adquisición de un comercio minorista en funcionamento a 1 de julio de 2024.
Comercio No Sedentario (CNS): figurar de alta en el IAE, como comerciante no sedentario, en alguna localidad navarra antes del 1 de octubre de 2024.
Emprendimiento Comercial (EC): constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento comercial en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2024 y el 1 de diciembre de 2025, ambos inclusive.
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Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros.
Tipos de proyectos subvencionables:
Modernización y Reforma (MR)
Traspaso comercial (TC)
Comercio no Sedentario (CNS)
Emprendimiento Comercial (EC)
Digitalización comercial (DC)
Periodo subvencionable:
Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) entre el 18 de octubre de 2024 y el 17 de octubre de 2025 (en Traspasos, se admite la adquisición del comercio desde el 1 de julio de 2024).
Pasos del procedimiento:
Evaluación de las solicitudes recibidas.
Resolución de concesión.
Presentación de declaración de transparencia (dentro del mes siguiente a la notificación). Se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta como si no está sujeta y para subvenciones >30.000 euros, del cumplimiento de plazos.
Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2025, inclusive.
Resolución de abono de la subvención.
Obligación: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor.
Notas de interés:
Con el objetivo de recibir cualquier notificación relacionada con el expediente de subvención, las empresas solicitantes deben disponer o podrán disponer de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) y estar suscritas a los procedimientos específicos del Gobierno de Navarra.
En cualquier momento se podrán consultar los pagos que la Administración realiza en la cuenta que ha sido facilitada para ello, en el mismo link que se facilita en la parte de 'Documentación a presentar': Consulta de cuentas y pagos.
Sociedades: copia de la escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Mercantil.
Sociedades irregulares o civiles o supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral de Subvenciones: copia del documento acreditativo de su inscripción en el Censo de Entidades de Hacienda Tributaria de Navarra.
Personas físicas: copia DNI.
3. Documentación de las actuaciones subvencionables:
Memoria técnica y económica descriptiva del proyecto para el que se solicita la subvención que incluirá, como mínimo, información detallada en la base 7.3.3.
Relación valorada y detallada en formato Excel de las inversiones tanto realizadas como previstas en el período subvencionable (modelo para CNS a descargar para CNS a descargar aquí).
Presupuestos, facturas proforma o facturas finales (no se admiten estimaciones de gasto). En el caso de los Traspasos, factura proforma o final con los conceptos facturados desglosados según las bases.
Modernización y Reforma: fotografías actuales del exterior y de interior del local comercial que permitan comprobar la situación previa a la realización de las actuaciones.
Proyectos de Emprendimiento Comercial: copia del plan de viabilidad o de empresa, aprobado, completo y finalizado. Dicho plan contendrá la información señalada en la base 7.3.3.
Traspasos de Comercios o actividades de Comercio No Sedentario: documentación acreditativa de que se ha analizado su idoneidad, competencia y cualifiación profesional para gestionar y dirigir el negocio adquirido (si no han ejercido la misma actividad o similar con anterioridad al 1 de octubre de 2024).
Comercio No Sedentario: informará de los mercadillos en los que participa con carácter habitual y su periodicidad, así como de las rutas de comercio itinerante en vehículos-tienda que realiza y su periodicidad.
En todos los casos: cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en (rehabilitación, obras de adecuación y de renovación de la imagen) o de 12.000 euros (adquisición de activos fijos, elementos de transporte, contratación de servicios técnicos profesionales), el solicitante deberá de presentar un mínimo de tres ofertas justificando la elección de la oferta seleccionada.
Nota: cualquier herramienta de gestión, programa o software que esté relacionado o conectado con la gestión de ventas o la facturación de la empresa no será subvencionable (quedan excluidas explícitamente en las bases los terminales de punto de venta o TPV y las balanzas digitales).
Tras la concesión
1. Obligación de transparencia:
Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención,
La declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias. Esta declaración se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), como si no está sujeta (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).
Si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia deberá adjuntar, además, la siguiente documentación:
En el caso de concesión de subvenciones con importe superior a 30.000 euros, la persona beneficiaria deberá entregar en el plazo de un mes desde la resolución de concesión, la documentación señalada en el documento "Nota informativa morosidad" (apartado Descripción) disponible en la ficha de la ayuda.
2. Justificación de la subvención (base 10ª)
La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2025, inclusive. La documentación a presentar es la siguiente:
Formulario de justificación, debidamente cumplimentado y firmado.
Memoria final detallada y descriptiva de todas las actuaciones realizadas, del coste final de ejecución del proyecto y, de las desviaciones.
Relación detallada y clasificada de las facturas presentadas (formato Excel, plantilla MR, TC, EC y DC o la plantilla de CNS) .
Copia de las facturas correspondientes a las inversiones realizadas.
En los casos de traspaso comercial, la factura debe contener de forma desglosada todos los conceptos facturados (fondo de comercio, instalaciones, mobiliario, existencias, etc.) y venir acompañada por un informe pericial o de una empresa de tasación que lo acredite, así como el acuerdo de transmisión del negocio.
Justificantes bancarios de pago de las facturas.
Cada justificante de pago irá unido a la factura correspondiente.
Fotografías o prueba documental de haber cumplido con la obligación de haber dado publicidad de que la actuación ha sido objeto de subvención por parte del Gobierno de Navarra (disponibles los carteles y logos en la parte 'Publicidad de la subvención').
Fotografías de las actuaciones realizadas (base 10.3.g)
Enlace web en inversiones de implantación de correo electrónico
Modelo de retenciones de de IRPF (en su caso, para las facturas de redacción de proyecto, de dirección de obra y los proyectos de decoración o de instalación)
Nota: Si no se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra anteriormente o se quiere modificar la cuenta bancaria donde recibir el abono de la subvención, se hará a través del siguiente enlace: Consulta de cuentas y pagos.
Publicidad de la subvención (durante 2 años a partir fecha de notificación de la Resolución de concesión o de la puesta en marcha de las inversiones)
Se colocará en un lugar visible del establecimiento comercial un cartel, conforme a los siguientes modelos:
Además, en el caso de inversiones para digitalización comercial, se insertará en la página web de la empresa el siguiente texto: “Esta empresa ha obtenido una subvención en la convocatoria de subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio de 2025”, se insertará la marca de comercio de Navarra, previa solicitud en la dirección comercionavarra@navarra.es y el logo oficial del Gobierno de Navarra (con la Agenda 2030): descargar el logo.
En el caso de inversiones para adquisición o adecuación de vehículos-tienda, estos se deberán rotular con su nombre comercial o razón social y con la marca de comercio de Navarra, cuyo uso se solicitará a través del siguiente enlace.