Consultar y descargar el Documento resumen de la convocatoria.
La documentación a presentar en cada paso del procedimiento, con los enlaces a las plantillas necesarias, es la incluida a continuación.
Solicitud
1. Formulario de solicitud (cumplimentado y firmado): según el caso, formulario MR, TC, EC, DC o formulario CNS.
2. Documentación acreditativa de la personalidad:
- Sociedades: copia de la escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Mercantil.
- Sociedades irregulares o civiles o supuestos del artículo 8.3 de la Ley Foral de Subvenciones: copia del documento acreditativo de su inscripción en el Censo de Entidades de Hacienda Tributaria de Navarra.
- Personas físicas: copia DNI.
3. Documentación de las actuaciones subvencionables:
- Memoria técnica y económica descriptiva del proyecto para el que se solicita la subvención que incluirá, como mínimo, información detallada en la base 7.3.3.
- Relación valorada y detallada en formato Excel de las inversiones tanto realizadas como previstas en el período subvencionable (modelo para CNS a descargar para CNS a descargar aquí).
- Presupuestos, facturas proforma o facturas finales (no se admiten estimaciones de gasto). En el caso de los Traspasos, factura proforma o final con los conceptos facturados desglosados según las bases.
- Modernización y Reforma: fotografías actuales del exterior y de interior del local comercial que permitan comprobar la situación previa a la realización de las actuaciones.
- Proyectos de Emprendimiento Comercial: copia del plan de viabilidad o de empresa, aprobado, completo y finalizado. Dicho plan contendrá la información señalada en la base 7.3.3.
- Traspasos de Comercios o actividades de Comercio No Sedentario: documentación acreditativa de que se ha analizado su idoneidad, competencia y cualifiación profesional para gestionar y dirigir el negocio adquirido (si no han ejercido la misma actividad o similar con anterioridad al 1 de octubre de 2024).
- Comercio No Sedentario: informará de los mercadillos en los que participa con carácter habitual y su periodicidad, así como de las rutas de comercio itinerante en vehículos-tienda que realiza y su periodicidad.
- En todos los casos: cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en (rehabilitación, obras de adecuación y de renovación de la imagen) o de 12.000 euros (adquisición de activos fijos, elementos de transporte, contratación de servicios técnicos profesionales), el solicitante deberá de presentar un mínimo de tres ofertas justificando la elección de la oferta seleccionada.
4. Documentación para baremo:
- Documento modelo de Certificado de pertenencia Asociación Comerciantes a una Asociación de Comerciantes.
Nota: cualquier herramienta de gestión, programa o software que esté relacionado o conectado con la gestión de ventas o la facturación de la empresa no será subvencionable (quedan excluidas explícitamente en las bases los terminales de punto de venta o TPV y las balanzas digitales).
Tras la concesión de la subvención
1. Obligación de transparencia:
a) Las personas físicas no tienen que presentar ninguna documentación ni declaración relativa a esta obligación (están excluidas).
b) El resto de empresas beneficiarias, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación de la concesión de la subvención, deben presentar de manera telémática:
- b1) Si la ayuda obtenida es superior a 20.000 euros o si la ayuda es superior a 5.000 euros y ello representa al menos el 20 % del total de sus ingresos anuales, en ambos casos, presentarán la siguiente documentación:
Nota: las beneficiarias que hayan presentado esta documentación con motivo de otra subvención obtenida en 2025, no deben volver a presentarla, sino que tienen que presentar dicha declaración, informando de la denominación de la subvención donde se presentó dicha documentación y del órgano concedente de esa ayuda.
- b2) Si la ayuda obtenida no está contemplada en alguno de los supuestos del apartado anterior (b1), entonces se debe presentar la declaración de no estar sujeta a dicha obligación.
Nota: para presentar la declaración de las obligaciones de transparencia, ir al apartado Tramitación > Presentación de la declaración de transparencia (botón "Presentar").
2. Beneficiarios de ayudas superiores a 30.000 euros.
En estos casos la empresa debe entregar en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la concesión de la subvención, la documentación señalada en el documento Nota informativa morosidad.
3. Justificación de la subvención (base 10ª)
La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2025, inclusive. La documentación a presentar es la siguiente:
- Formulario de justificación, debidamente cumplimentado y firmado.
- Memoria final detallada y descriptiva de todas las actuaciones realizadas, del coste final de ejecución del proyecto y, de las desviaciones.
- Relación detallada y clasificada de las facturas presentadas (formato Excel, plantilla MR, TC, EC y DC o la plantilla de CNS) .
- Copia de las facturas correspondientes a las inversiones realizadas.
- En los casos de traspaso comercial, la factura debe contener de forma desglosada todos los conceptos facturados (fondo de comercio, instalaciones, mobiliario, existencias, etc.) y venir acompañada por un informe pericial o de una empresa de tasación que lo acredite, así como el acuerdo de transmisión del negocio.
- Justificantes bancarios de pago de las facturas.
- Cada justificante de pago irá unido a la factura correspondiente.
- Fotografías o prueba documental de haber cumplido con la obligación de haber dado publicidad de que la actuación ha sido objeto de subvención por parte del Gobierno de Navarra (disponibles los carteles y logos en la parte 'Publicidad de la subvención').
- Fotografías de las actuaciones realizadas (base 10.3.g)
- Enlace web en inversiones de implantación de correo electrónico
- Modelo de retenciones de de IRPF (en su caso, para las facturas de redacción de proyecto, de dirección de obra y los proyectos de decoración o de instalación)
- Nota: Si no se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra anteriormente o se quiere modificar la cuenta bancaria donde recibir el abono de la subvención, se hará a través del siguiente enlace: Consulta de cuentas y pagos.
Publicidad de la subvención (durante 2 años a partir fecha de notificación de la Resolución de concesión o de la puesta en marcha de las inversiones)
- Se colocará en un lugar visible del establecimiento comercial un cartel, conforme a los siguientes modelos:
- Además, en el caso de inversiones para digitalización comercial, se insertará en la página web de la empresa el siguiente texto: “Esta empresa ha obtenido una subvención en la convocatoria de subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio de 2025”, se insertará la marca de comercio de Navarra, previa solicitud en la dirección comercionavarra@navarra.es y el logo oficial del Gobierno de Navarra (con la Agenda 2030): descargar el logo.
- En el caso de inversiones para adquisición o adecuación de vehículos-tienda, estos se deberán rotular con su nombre comercial o razón social y con la marca de comercio de Navarra, cuyo uso se solicitará a través del siguiente enlace.