Serán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales cuya finalidad sea:
- La creación de un nuevo establecimiento.
- La ampliación de un establecimiento existente.
- La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.
- Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
- La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento.
Tipos de inversiones subvencionables.
Los proyectos de inversión deberán estar ubicados en Navarra y ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y la fecha de fin de ejecución del proyecto que se señale en la resolución de concesión, que será:
- El 15 de junio de 2023, para los proyectos en los que se haya indicado en la solicitud que finalizarán para esa fecha (proyectos cortos).
- El 15 de junio de 2024, para aquellos en los que se indique que finalizarán con posterioridad al 15/06/2023 (proyectos largos).
Los proyectos de inversión no causarán ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales, como establece el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).
El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del tamaño de la empresa, es el siguiente:
TAMAÑO DE LA EMPRESA |
PRESUPUESTO MÍNIMO |
Microempresa |
15.000 euros |
Pequeña |
50.000 euros |
Mediana |
100.000 euros |
Cuando el coste subvencionable de una inversión supere, IVA excluido, 30.000 euros en el supuesto de coste de ejecución de obra, o de 12.000 euros en los supuestos de maquinaria y bienes de equipo, instalaciones anexas, activos inmateriales y otros costes vinculados, deberá acreditarse que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, conforme a estas instrucciones para la elección del proveedor.
Junto con la justificación de las inversiones se presentará el formulario de “Justificación de la elección del proveedor”.
El proncentaje de intensidad de ayuda será el siguiente en función del tamaño de la empresa:
TAMAÑO DE LA EMPRESA |
INTENSIDAD DE AYUDA (%) |
Mediana |
10 |
Pequeña |
18 |
Microempresa |
20 |
El importe de ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 1.000.000 euros.
Estas ayudas son compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. En tal caso, serán de aplicación las reglas de acumulación establecidas en el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Pasos del procedimiento:
- Solicitud de la ayuda.
- Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva. Se realizará una comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer dos prelaciones: proyectos cortos y proyectos largos. Aquellas solicitudes que no puedan atenderse por insuficiencia presupuestaria quedarán desestimadas.
- Resolución de concesión de las ayudas.
- Declaración sobre la obligación de transparencia.
- Presentación de la documentación de justificación de las inversiones ejecutadas.
- Resolución de abono de las ayudas.