Ayudas a la inversión en pymes industriales 2021

Oinarrizko informazioa

Pymes que realicen o vayan a realizar alguna de las siguientes actividades:

  • Industria manufacturera (grupo C de de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) 2009), con excepción de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (salvo el sector de la transformación pesquera)
  • Suministro de vapor y aire acondicionado (actividad 353 del grupo D de la CNAE 2009)
  • Tratamiento y eliminación de residuos, Valorización y Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos (actividades 382, 383 y 390 del grupo E de la CNAE 2009)
  • Depósito y almacenamiento, Manipulación de mercancías y Otras actividades anexas al transporte (actividades 521, 5224 y 5229 del grupo H de la CNAE 2009)
  • Información y comunicaciones (grupo J de la CNAE 2009)
  • Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico y Ensayos y análisis técnicos (actividades 7112 y 712 del grupo M de la CNAE 2009)
  • Investigación y desarrollo (actividad 72 del grupo M de la CNAE 2009)
  • Actividades de diseño especializado (actividad 741 del grupo M de la CNAE 2009)

Serán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales cuya finalidad sea:

  • La creación de un nuevo establecimiento
  • La ampliación de un establecimiento existente
  • La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales
  • Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente
  • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento

Los proyectos de inversión deberán ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y la fecha de fin de ejecución del proyecto que se señale en la resolución de concesión, que será:

  • El 30 de septiembre de 2021, para los proyectos que en la solicitud se haya indicado que finalizarán para esa fecha (proyectos cortos)
  • El 31 de agosto de 2022, para los que se indique que finalizarán con posterioridad al 30/09/2021 (proyectos largos)

El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del tamaño de la empresa en el momento de la solicitud, es el siguiente:

TAMAÑO DE LA EMPRESA PRESUPUESTO MÍNIMO
Microempresa 15.000 euros
Pequeña 50.000 euros
Mediana 100.000 euros

 

El proncentaje de intensidad de ayuda será el siguiente en función del tamaño de la empresa en la fecha de solicitud de la ayuda:

TAMAÑO DE LA EMPRESA INTENSIDAD DE AYUDA (%)
Mediana 10
Pequeña 15
Microempresa 18

 

El importe de ayuda máxima por empresa beneficiaria será de 1.000.000 euros.

Estas ayudas serán cofinanciables en un 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a través del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Navarra.

Estas ayudas son incompatibles, para las mismas inversiones subvencionables, con otras ayudas de la Administración de la Comunidad Foral. Sin embargo, son compatibles con otras ayudas de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, siempre que no se superen los topes máximos legales.

Pasos del procedimiento:

  • Solicitud de la ayuda
  • Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes de los proyectos cortos (30/04/2021), éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva. Aquellas solicitudes que no puedan atenderse por insuficiencia presupuestaria se incorporarán a la lista de solicitudes de ayuda de proyectos largos.
  • Asimismo, finalizado el plazo para la presentación de solicitudes de los proyectos largos (30/11/2021), éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva
  • Resolución de concesión de las ayudas
  • Declaración sobre la obligación de transparencia
  • Presentación de la documentación necesaria para el abono
  • Resolución de abono de las ayudas

SOLICITUD DE LA AYUDA

Instrucciones para la presentación de la solicitud

Se recomienda la impresión de estas instrucciones y la preparación de la documentación antes de iniciar la solicitud.

Al realizar la solicitud telemática deberá adjuntar, escaneados y en ficheros separados y debidamente identificados con su nombre, los siguientes documentos:

Nota: a la hora de presentar las solicitudes, existe limitación en el tamaño de los archivos que pueden adjuntarse (límite de 20 megas por archivo y 200 megas como suma del total de archivos). En estos casos puede optarse por comprimir los archivos antes de adjuntar (por ejemplo en formato .zip) o bien separar el documento en varios archivos.

  1. Formulario de solicitud, con datos de la empresa y del proyecto
  2. Memoria técnica y económica descriptiva de la empresa y del proyecto de inversión
  3. Declaración responsable de solicitud
  4. Declaración responsable condición pyme
  5. Informe de vida laboral a 31 de diciembre de 2020 emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social
  6. Escrituras de constitución y modificaciones de la misma
  7. Cuentas anuales de los 3 últimos ejercicios
  8. Documentación justificativa de las medidas para evitar la discriminación laboral entre mujeres y hombres
  9. Escrituras de fusión o acuerdo de integración empresarial con otras pymes
  10. Memoria de sostenibilidad
  11. Otros

 

DECLARACIÓN SOBRE LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENCIA

Una vez recibida la notificación de la resolución de concesión, en el plazo de un mes, deberá presentar de forma telemática la declaración sobre la obligación de transparencia (base 16.a).

MODIFICACIONES

Se podrán autorizar las modificaciones del proyecto de inversión previstas en la base 13 de la convocatoria. La autorización de las modificaciones se deberá solicitar de forma telemática a través de la ficha de las ayudas, adjuntando el formulario solicitud de modificación a través de la opción "modificación concesión".

 

SOLICITUD DE PAGO DE LA AYUDA

Para la justificación de la inversión realizada, las beneficiarias de las ayudas deberán presentar la siguiente documentación:

Instrucciones para la presentación de la documentación justificativa de la realización de la inversión

  1. Listado Excel de inversiones realizadas
  2. Facturas y justificantes de pago
  3. Memoria de diferencias
  4. Moderación de costes
  5. Declaración responsable previa al pago de la ayuda
  6. Cuentas anuales
  7. Mayor del inmovilizado (Grupo 2)
  8. Balance de sumas y saldos (Grupo 2)
  9. Arrendamiento financiero
  10. Escrituras
  11. Otros

Asimismo, para el cobro de las ayudas, las beneficiarias deberán cumplir con la obligación de publicidad:

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

  • Resolución 79/2021, por la que se aprueba la convocatoria de 2021.
  • Resolución 348/2021, por la que se autoriza un crédito adicional de 1.896.915,41 euros en la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión en pymes industriales.
  • Resolución 605/2022, por la que se modifica la base 15 de la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión de pymes industriales.
  • Decreto Foral 59/2013, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvención con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra.
  • Reglamento (UE) Nº 651/2014 (normativa FEDER).

Emaitzak

Proyectos cortos:

Proyectos largos:

  • Resolución 220/2022, convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión en pymes industriales (proyectos largos).
Harremanetan jartzeko

Servicio de Fomento de la Industria
Sección de Fomento de la Inversión en la Industria
Parque Tomás Caballero, 1 - 6ª planta
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 42 13 24 / 848 42 79 15
Correo electrónico: fomentoinversionindustria@navarra.es

Ondoko administrazio prozedurari lotuta dago tramitea:

Ayuda a la inversión productiva en pymes industriales

Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.

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