Ayuda económica para contratar asistente personal para personas con dependencia reconocida y discapacidad igual o mayor a 65 %

Ayuda para contratar un servicio de apoyo y colaboración de un asistente personal, que ayude a la persona dependiente a tener mayor calidad de vida y autonomía personal. Implica realizar un "proyecto de vida independiente", destinado al logro de algún objetivo, como trabajar o estudiar, pero también aprender a leer braille, desarrollar una actividad deportiva, etc.

Oinarrizko informazioa

Las personas que tengan reconocida una situación de dependencia o una discapacidad igual o mayor al 65%, y que cumplan los siguientes requisitos

  • Tener y acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, haber residido durante cinco años en territorio español, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener capacidad de decisión y/o autodeterminación para señalar por sí mismo o por sí misma los servicios que requiera, ejercer su control e impartir instrucciones necesarias. 
  • Presentar un programa de vida independiente que le permita llevar una vida autónoma, desarrollando actividades que redunden en su desarrollo laboral, personal, social y comunitario. El proyecto de vida independiente se reflejará en una herramienta del Plan Individual de Vida Independiente (PIVI) y se realizará a través de la Oficina de Vida Independiente (OVI).
  • Que la persona solicitante requiera contratar un/a asistente personal para desarrollar las actividades de su proyecto, dentro del ámbito personal, educativo, laboral, social, comunitario, de participación, u otros previstos en su proyecto de vida independiente.
  • Haber contratado un/a asistente personal que cumpla los requisitos de formación según la legislación vigente, que sea mayor de edad, que no mantenga vínculos familiares con la persona beneficiaria de la prestación.

Todos los requisitos habrán de reunirse en el momento de presentar la solicitud y mantenerse durante el periodo de percepción de la ayuda.

Es un recurso asignado en el Programa Individual de Atención para las Personas Dependientes, para las personas con dependencia reconocida.

En el caso de personas con discapacidad igual o mayor al 65% es una prestación no garantizada. Se puede solicitar a través de su Servicio Social de Base o Centro de salud.

Cuantía de las ayudas para personas con dependencia:

  • Para grandes dependientes: máximo 1.863,76 y mínimo 1.491,01 euros
  • Para dependientes severos: máximo 1.863,76 y mínimo 1.491,01 euros
  • Para dependientes moderados: máximo 815,40 y mínimo 652,32 euros

Cuantía de las ayudas para personas con discapacidad superior a un 65 % (no garantizada):

  • Máximo 1.863,76 y mínimo 1.491,01 euros

En ningún caso la ayuda económica será superior al coste de la contratación de la asistencia personal efectuada.

Pasos del procedimiento:

El pago se efectuará mensualmente, mediante ingreso en la cuenta corriente o libreta de ahorro que la persona beneficiaria de la ayuda haya elegido.

Para las personas con dependencia, a través del Programa Individual de atención, se tendrá en cuenta la documentación presentada con la solicitud de valoración de la dependencia y acceso a prestaciónes y la información sobre los datos económicos de la unidad familiar.

Se deberá presentar siempre el Proyecto de Vida Independiente (PIVI) elaborado por la Oficina de Vida Independiente (OVI). Junto con la documentación necesaria para la prestación se presenta a través del Servicio Social de Base o Centro de Salud.

  • Orden Foral 224/2019, por la que se regula la prestación económica para asistencia personal de las personas que tengan reconocida una situación de dependencia y/o discapacidad.
  • Orden Foral 20/2015, por la que se regulan las ayudas económicas para asistente personal de las personas dependientes.
  • Orden Foral 196/2013, por la que se regulan las ayudas económicas para asistente personal de las personas dependientes.
  • Corrección de errores de la Orden Foral 196/2013.
  • Orden Foral 103/2011, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia.
  • Ley Foral 1/2011, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.
  • Orden Foral 212/2009, por la que se regulan las ayudas económicas para asistente personal de personas dependientes.
  • Orden Foral 17/2009, por la que se fija, se actualiza y prorroga la cuantía de las ayudas económicas para asistente personal de personas dependientes para el año 2009.
  • Decreto Foral 69/2008, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.
  • Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tramitazioa

Epea:

Al tratarse de un recurso asignado en el Programa Individual de Atención, el acceso a esta ayuda se incluye en el trámite de valoración del grado y nivel de dependencia, solo en el caso de que la persona interesada tuviera ya valorada su dependencia y no tuviera fijado un programa individual de atención, puede solicitarse a efectos de que se le asigne en dicho programa.

Jarraibideak:

De forma presencial en:

  • Registro de Derechos Sociales
    C/ González Tablas, 7
    31005 Pamplona / Iruña
  • Servicio social de base correspondiente al domicilio

Tramitatzeko beste modu batzuk:

Nafarroako Gobernuaren erregistro eta arreta bulegoetan ere aurkez dezakezu, baita  39/2015 Legean aurreikusitako beste edozein lekutan ere.

Harremanetan jartzeko

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ Gonzalez Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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