Subvenciones para favorecer la inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad

Información básica

  • Empleadores y empleadoras.
  • Empresas.

Se subvencionan:

  • La contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad y la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo o de contratos formativos.
  • Las medidas de tránsito de las personas trabajadoras con discapacidad desde su empleo en los Centros Especiales de Empleo al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo a través de los enclaves laborales. (Estos enclaves laborales se configuran como una subcontratación de obras o servicios entre un centro especial de empleo y una empresa ordinaria. Su finalidad última es incentivar su contratación con carácter indefinido en el mercado de trabajo ordinario.)
  • La contratación de personas con discapacidad de forma temporal, con una duración mínima de contrato de 6 meses y al menos un 50% de jornada.

Los importes son los siguientes:

  • Contrato indefinido a jornada completa: 7.500 euros.
  • Transformación en indefinido a jornada completa: 5.200 euros.
  • Contrato temporal: 4.000 euros (contrato de 12 meses o más a jornada completa).
  • Incremento del 10% si la persona contratada es mujer.
  • Incremento del 20% si la persona contratada tiene especiales dificultades.
  • Incremento de 2.000 euros si la persona contratada procede de un enclave laboral o Centro Especial de Empleo.
  • Por adaptación del puesto de trabajo, dotación de medios de protección personal o para eliminar barreras arquitectónicas: hasta 2.340 euros.

En los contratos de trabajo que se celebren a jornada parcial y en los contratos de personas trabajadoras fijas discontinuas el importe de la subvención de las ayudas se prorrateará en función al tiempo de trabajo efectivo.

Para aquellos contratos de trabajo inicialmente indefinidos que se realicen el mismo día de la contratación por dos o más personas empleadoras, el importe de la subvención de las ayudas se prorrateará entre las personas empleadoras en función del tiempo efectivo de trabajo, no pudiendo superar dicho importe entre todos los contratos.

 

      PRIMER CONTRATO DE AUTÓNOMO, TRABAJADORES/AS PROCEDENTES DE ENCLAVES LABORALES O CEE
 
 
    ESPECIALES DIFICULTADES (+20%)   ESPECIALES DIFICULTADES (+20%)
INDEFINIDO INICIAL 7.500 9.000 9.500 11.000
INDEFINIDO MUJER (+10%) 8.250 9.900 10.250 11.900
TRANSF. EN INDEFINIDO 5.200 6.240  
TRANSF. INDEF. MUJER (+10%) 5.720 6.864  
TEMPORALES 4.000 4.800 TEMPORALES SUBVENCIÓN 1 AÑO A JC. 
TEMPORALES MUJER (+10%) 4.400 5.280 MÍNIMO 6 MESES Y 50% JORNADA
   
ADAPTACIÓN PUESTO 2.340      

La subvención se solicita desde el apartado Tramitación (botón "Solicitar"), adjuntando la siguiente documentación:

Para solicitar incentivos por la contratación indefinida o temporal de trabajadores con discapacidad:

  • Contrato de trabajo temporal, indefinido o de transformación en indefinido, así como el contrato temporal que se transforma y sus prórrogas
  • Declaración responsable sobre exclusiones (Anexo 1)
  • Declaración responsable y compromiso de comunicar al S.N.E. la percepción de otras ayudas (Anexo 2)
  • Descripción y análisis del puesto de trabajo a desempeñar (Anexo 3)
    Se incluye manual de ayudas para su cumplimentación
  • Certificado de discapacidad en grado igual o superior al 33%
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y de no haber sido excluido del acceso a los beneficios derivados de programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves (Anexo 4)
  • Certificado, expedido por el Ayuntamiento correspondiente, de encontrarse la empresa de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente en su pago
  • Declaración sobre obligaciones de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Anexo 5)
  • En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, se puede registrar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

 

Para solicitar ayudas para la adaptación del puesto de trabajo:

  • Contrato de trabajo indefinido o contrato temporal de fomento del empleo para personas con discapacidad. Siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses: contratos en prácticas o para la formación y el aprendizaje o contrato de duración determinada celebrados al amparo del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores
  • Compromiso de comunicar al S.N.E. la percepción de otras ayudas (Anexo 2)
  • Descripción y análisis del puesto de trabajo a desempeñar (Anexo 3)
    Se incluye manual de ayudas para su cumplimentación
  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y de no haber sido excluido del acceso a los beneficios derivados de programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves (Anexo 4)
  • Certificado de discapacidad en grado igual o superior al 33%
  • Solicitud de abono por transferencia, si es la primera vez que solicita subvención al Gobierno de Navarra
  • Declaración sobre obligaciones de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Anexo 5: Declaración sobre la obligación de transparencia, Declaración sobre la composición de órganos y dedicación, Declaración sobre las retribuciones de los cargos).
  • Presupuesto del gasto a realizar o facturas de la inversión realizada con los correspondientes justificantes de pago
  • Memoria explicativa de la necesidad de la adaptación propuesta o realizada 

Las subsanaciones necesarias se realizarán desde Tramitación -> Subsanar o aportar documentación.

Tramitación

Plazo: 15/03/24 - 30/11/24

Ayudas a la contratación indefinida: el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas por contratación indefinida será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de inicio del contrato o a la fecha de transformación del contrato laboral en indefinido, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización. Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a contrataciones o transformaciones desde 1 de noviembre del año anterior a 31 de octubre del año en curso.

Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de equipos de protección o eliminación de barreras u obstáculos: las solicitudes deberán presentarse antes del inicio de la adaptación y el plazo finalizará a los doce meses contados desde el día siguiente a la fecha de inicio del contrato de trabajo. La solicitud deberá presentarse necesariamente una vez publicada la autorización del gasto correspondiente.

En el caso de que se haya realizado la adaptación mencionada, el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del último pago realizado de las facturas presentadas, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a inversiones realizadas y abonadas desde el 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre del año en curso.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Programas de Empleo de Personas con discapacidad
Teléfono: 848 42 44 51
Correo electrónico: empleoydiscapacidad@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Subvención para favorecer la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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