La cuantía inicial de la ayuda consiste en el 75 % del resultado de dividir entre siete la suma de las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, excluidas las horas extraordinarias, correspondientes a los seis meses anteriores a la fecha de despido.
Tope máximo, la pensión máxima del Régimen General de la Seguridad Social para el año de efectividad de la ayuda, hasta un máximo de 4 años; el segundo y sucesivos años, la ayuda se incrementará acumulativamente de acuerdo con el promedio del índice de revalorización de las pensiones contributivas de la Seguridad Social establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año en que se comience a devengar la ayuda más los índices de revalorización establecidos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los tres años anteriores.
La financiación de estas ayudas se realiza por las empresas solicitantes en un 60 % y el 40 % restante con cargo al Gobierno de Navarra.
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