Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio minorista 2024

Información básica

Empresas del sector del comercio que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Tener la consideración de pyme.
  • La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a algún CNAE-2009, de los establecidos en la base 4.2 de la convocatoria.
  • Figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor que tenga correspondencia directa con las actividades económicas subvencionables.
  • Imprescindible: haber realizado el cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, a través del siguiente enlace web​​ (en caso contrario, se denegará la solicitud de la ayuda).

Además, las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos en función de la clase de proyecto en la fecha de presentación de la solicitud:

  • Proyectos de Modernización y Reforma de establecimientos comerciales (PMR): haber venido realizando una actividad de comercio minorista en Navarra antes del 1 de octubre de 2023.
  • Proyectos de Traspaso comercial (PTC): adquisición de un comercio minorista en funcionamento a 1 de octubre de 2023.
  • Proyectos de Comercio no Sedentario (PCNS): figurar de alta en el IAE, como comerciante no sedentario, en alguna localidad navarra antes del 1 de octubre de 2023.
  • Proyectos de Emprendimiento Comercial (PEC): constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento comercial en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2023 y el 27 de diciembre de 2024, ambos inclusive.

Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros.

Tipos de proyectos subvencionables:

  • Modernización y Reforma (PMR)
  • Traspaso comercial (PTC)
  •  Comercio no Sedentario (PCNS)
  • Emprendimiento Comercial (PEC)
  • Digitalización comercial (PDC)

Periodo subvencionable:

Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) en el 17 de octubre de 2023 y 17 de octubre de 2024.

Pasos del procedimiento:

Evaluación de las solicitudes recibidas.

  • Resolución de concesión.
  • Presentación de declaración de transparencia (dentro del mes siguiente a la notifiación). Se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta como si no está sujeta.
  • Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2024, inclusive.
  • Resolución de abono de la subvención.

Obligación, entre otras: mantener los bienes objeto de subvención, como mínimo y de manera ininterrupida, durante los 2 años siguientes a la puesta en marcha de las inversiones o durante su vida útil, si ésta fuera menor.

 

Información adicional:

Plazos, requisitos y documentación mínima a presentar.

Para solicitar la subvención (base 7ª)

  • Formulario de solicitud (cumplimentado y FIRMADO):
    • Formulario para proyectos de modernización y reforma (PMR), traspaso comercial (PTC) emprendimiento comercial (PEC) y digitalización comercial (PDC) (descargar).
    • Formulario para proyectos de comercio no sedentario (PCNS) (descargar).
  • Memoria técnica y económica (en PEC: plan de viabilidad o de empresa).
  • Relación valorada y detallada de las inversiones en formato Excel:
    • Excel para proyectos de modernización y reforma, (PMR), traspaso comercial (PTC) emprendimiento comercial (PEC) y digitalización comercial (PDC) (descargar).
    • Excel para proyectos de comercio no sedentario (PCNS) (descargar).
  • En proyectos de traspaso comercial: informe idoneidad si no ejercía la actividad antes del 01/10/23.
  • Justificación elección de proveedor (base 7.3.3 f).
  • Documentación para aplicar el baremo (NO SUBSANABLE).
    • Nota aclaratoria Criterio 10: la formación realizada a través del centro de impulso de transformación digital del comercio y artesanía (CITD) se valorará si ya se realizó en los años 2022 y 2023, no pudiéndose realizar la formación durante 2024 (este criterio se comprobará por el Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio).
  • Modelo Certificado pertenencia asociación comerciantes.

 

Tras la concesión

  • Las entidades deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.
  • En el caso de concesión de subvenciones con importe superior a 30.000 euros y de solicitantes sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, no podrán obtener la condición de beneficiaras las empresas que incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley.

Esta circunstancia se acreditará por parte de la empresa, que deberá entregar en el plazo de un mes desde la resolución de concesión, la documentación señalada en el documento "Nota informativa morosidad" (apartado Descripción) disponible en la ficha de la ayuda.  

 

Para justificar la subvención (base 10ª)

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2024, inclusive. La documentación a presentar es la siguiente:

  • Formulario de justificación, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Memoria final detallada y descriptiva de todas las actuaciones realizadas, del coste final de ejecución del proyecto y, de las desviaciones.
  • Relación detallada y clasificada de las facturas presentadas.
  • Copia de las facturas correspondientes a las inversiones realizadas.

En los casos de traspaso comercial, la factura debe contener de forma desglosada todos los conceptos facturados (fondo de comercio, instalaciones, mobiliario, existencias, etc.) y venir acompañada por un informe pericial o de una empresa de tasación que lo acredite.

  • Justificantes bancarios de pago de las facturas.

Cada justificante de pago irá unido a la factura correspondiente.

  • Fotografías o prueba documental de haber cumplido con la obligación de haber dado publicidad de que la actuación ha sido objeto de subvención por parte del Gobierno de Navarra.
  • Fotografías de las actuaciones realizadas (base 10.3.g)
  • Enlace web en inversiones de implantación de correo electrónico
  • Modelo de retenciones de de IRPF
  • Si no se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra anteriormente o se quiere modificar la cuenta bancaria donde recibir el abono de la subvención, se hará a través del siguiente enlace: Consulta de cuentas y pagos.​​​​
  •  

Publicidad de la subvención (durante 2 años a partir fecha de notificación de la Resolución de concesión o de la puesta en marcha de las inversiones)

  • Se colocará en un lugar visible del establecimiento comercial un cartel, conforme a los siguientes modelos:
    •  Cartel publicidad modernización
    •  Cartel publicidad nuevo establecimiento
  • Además, en el caso de inversiones para digitalización comercial, se insertará en la página web de la empresa el siguiente texto: “Actuación subvencionada por el Gobierno de Navarra”.
  • En el caso de inversiones para adquisición o adecuación de vehículos-tienda, estos se deberán rotular con su nombre comercial o razón social y con la marca de comercio de Navarra, cuyo uso se solicitará a través del siguiente enlace.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona
Télefono: 848 427 499
Correo electrónico: comercionavarra@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

access_time