Subvenciones para la conciliación de la vida laboral y familiar, a través de la contratación, de las personas trabajadoras por cuenta ajena

Información básica

Personas trabajadoras por cuenta ajena que contraten a una persona para el cuidado de hijos o hijas, menores de 12 años, en el domicilio familiar en la Comunidad Foral de Navarra.

Se entiende por menores de 12 años a cargo: los hijos e hijas y las y los menores de esa edad sometidos a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo. La persona solicitante tendrá derecho a su disfrute una vez  por cada menor que tenga a su cargo.

Cuantía de la subvención:

Será de 400 euros por cada mes de contratación, con un máximo de 12 meses.

Si la contratación se suscribe a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente.

La cuantía se incrementará en un 20% si:

  • El domicilio donde se vaya a desarrollar el trabajo de la persona contratada sea un municipio en cuyo padrón municipal actualizado consten menos de 5.000 habitantes.
  • La persona solicitante acredita el carné de familia monoparental en vigor, en virtud de la aplicación de la Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

Estos porcentajes podrán acumularse.

Con referencia al contrato a realizar:

  • La persona contratada será dada de alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente.
  • La persona contratada debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en alguna de las Agencias de Empleo dependientes del Servicio Navarro de Empleo Nafar Lansare en la fecha de la contratación.
  • Si se realiza a tiempo parcial,  el contrato deberá ser al menos al 50% de una jornada a tiempo completo.
  • La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional, así como la dirección donde se va a realizar el trabajo.
  • No será subvencionable la contratación del o de la cónyuge o pareja de hecho de la persona empleadora ni sus ascendientes o descendientes por consanguinidad o afinidad, de primer o segundo grado.

Folleto Ayudas a la conciliación.

Para solicitar la subvención hay que adjuntar la siguiente documentación:

  • Anexo I - Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en la L.F. 11/2005 de subvenciones.
  • Anexo II - Declaración responsable de no existir parentesco de acuerdo con la base 2.2 de la presente convocatoria.
  • Contrato de trabajo suscrito.
  • Documentación acreditativa de la relación familiar de la persona solicitante con la persona al cargo.
  • Anexo III - Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado.

En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, se puede registrar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Fomento del Empleo e Igualdad de Oportunidades
Teléfonos: 848 424 444 / 848 424 459
Correo electrónico: conciliaciontrabajadores@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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