Elección y adjudicación de promociones de vivienda protegida
Elección y adjudicación de promociones de vivienda protegida
Aquí puedes consultar y elegir las promociones e informarte de todo el proceso de adjudicación. Estos procesos se inician los días 1 de marzo, 1 de junio, 1 de septiembre y 1 de diciembre.
Publicada la lista con lasadjudicaciones iniciales correspondientes a las promociones del 1 de septiembre de 2025.
Se pueden presentar alegaciones hasta el 6 de octubre, inclusive (apartado Tramitación).
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Información básica
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Para participar en los procesos de adjudicación, debes cumplir los siguientes requisitos:
Estar inscrito o inscrita en el censo de solicitantes de vivienda protegida antes del inicio de cada proceso de adjudicación; es decir a las 00:00 horas del día en el que se inicia. Si no lo has hecho todavía, en el siguiente enlace te puedes dar de alta en el censo.
En las preferencias del censo, haber seleccionado las opciones que cumplen con las características de las viviendas que se van a adjudicar (tipo de vivienda, número de dormitorios y localidad). Por tanto, no te adjudicarán una VPT si indicas que sólo quieres una VPO.
No puedes participar en el proceso si te han adjudicado una vivienda de forma provisional en un proceso anterior.
Descripción keyboard_arrow_down
A continuación, te contamos las principales características del proceso por fases.
Elección de promociones
Los procesos de adjudicación se inician cada tres meses: los días 1 de marzo, 1 de junio, 1 de septiembre y 1 de diciembre.
A partir de estas fechas puedes elegir las promociones disponibles que te interesan. Se suele abrir un plazo de 15 días, sólo por medios online, a través de esta página.
Si seleccionas más de una promoción, tienes que indicar el orden de preferencia.
Si optas a una vivienda en régimen de alquiler, no tienes obligación de seleccionar las promociones que te interesan.
Si marcas alguna, sólo puedes optar a las promociones seleccionadas.
Si no marcas ninguna, puedes optar a todas las promociones que son compatibles con las preferencias indicadas en el censo.
Si no te interesa ninguna, te puedes dar de baja temporalmente en el censo. Finalizado el proceso, te volverán a dar de alta de forma automática sin que tengas que solicitarlo. En el siguiente enlace te puedes dar de baja en el censo.
Si optas a una vivienda en régimen de compraventa, sí tienes obligación de seleccionar las promociones que te interesan. Si no lo haces, no participarás en el proceso de adjudicación.
Publicación de las adjudicaciones iniciales
Tras analizar las solicitudes presentadas, se publican las adjudicaciones iniciales en esta página.
Es una primera adjudicación, todavía provisional.
Puedes saber si te han asignado alguna promoción y, si es así, cuántos dormitorios tendrá la vivienda. Pero en esta fase todavía no se adjudica una vivienda concreta (por ejemplo: 4º C o 1º A).
Presentación de alegaciones
Tras la publicación de las adjudicaciones iniciales, se abre un periodo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Sólo si hay más solicitantes que viviendas a adjudicar.
En ese plazo, puedes presentar alegaciones contra la adjudicación inicial.
No se tienen en cuenta las alegaciones que hacen referencia a la puntuación obtenida, salvo que haya un error en la valoración. Tampoco puedes solicitar la valoración de aspectos que no hayas incluido en la solicitud.
Publicación de las adjudicaciones provisionales
Tras resolver las alegaciones, se publican las adjudicaciones provisionales en esta página.
Como su nombre indica, son listas provisionales, a falta de verificar que cumples con los requisitos para acceder a una vivienda protegida.
Presentación de la documentación
Tras la publicación de las adjudicaciones provisionales, la empresa promotora se pondrá en contacto contigo para presentar la documentación necesaria para verificar que cumples los requisitos y se ha aplicado el baremo correctamente.
Es aconsejable tener preparada la documentación con anterioridad. Consulta la relación de documentos que deberás presentar.
Si no entregas la documentación en el plazo indicado, se entenderá que has renunciado a la vivienda. Debes tener en cuenta que sólo se permite una renuncia. Si renuncias por segunda vez, te expulsarán del censo durante un año y, en ese periodo, no podrás optar a ninguna promoción.
Autorización para la firma de los contratos
Tras comprobar que cumples los requisitos y se ha aplicado el baremo correctamente, el Servicio de Vivienda autoriza la firma de los contratos.
Firma de los contratos
Tras recibir la autorización, se abre un periodo de un mes para firmar los contratos.
La promotora se pondrá en contacto contigo para la firma.
Si no lo firmas en el plazo indicado, se entenderá que has renunciado a la vivienda y te expulsarán del censo durante un año. En ese periodo, no podrás optar a ninguna promoción.
Visado de los contratos
Tras firmar el contrato, se abre un periodo de 15 días para solicitar su visado por parte del Servicio de Vivienda.
El visado lo solicita la promotora, de forma que no tienes que hacer nada.
El visado certifica que el contrato cumple los requisitos legales y da acceso a las subvenciones que corresponda en cada caso. Más información en los siguientes enlaces:
Presentación de alegaciones a la adjudicación inicial keyboard_arrow_down
Plazo:
22/09/25 - 6/10/25
Instrucciones:
No se tienen en cuenta las alegaciones que hacen referencia a la puntuación obtenida, salvo que haya un error en la valoración. Tampoco puedes solicitar la valoración de aspectos que no hayas incluido en la solicitud.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
Se pueden consultar las promociones que serán adjudicadas en el siguiente procedimiento; sin embargo, no se podrá tramitar la elección hasta la apertura del plazo para ello. Se añadirán más promociones a este visor según obtengan la calificación provisional.
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