Ayudas para la realización de certificaciones de eficiencia energética en edificios 2024

Información básica

Podrán obtener la condición de beneficiaria:

  • Las personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
  • Las agrupaciones de personas físicas.
  • Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su defecto, haber formulado la declaración para su inclusión en el régimen de tributación correspondiente.
  • Las comunidades de propietarios y propietarias, reguladas por la Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal.

Las viviendas o edificios sobre los que se realizan las actuaciones subvencionables deben:

  • Estar situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
  • Cumplir los requisitos indicados en las bases reguladoras de la convocatoria.

Los edificios que se encuentran excluidos de estas ayudas son los indicados en la base 2.5. de la Resolución 171E/2023.

Ayudas para la realización de certificaciones de la eficiencia energética de edificios existentes o partes de los mismos y viviendas unifamiliares, ubicadas en Navarra.

Anexo II: Condiciones técnicas y administrativas para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Documentación a presentar en la fase de solicitud (en ningún caso será subsanable la no presentación de la documentación):

  • Presupuesto
  • En el caso de edificios cuyo año de construcción sea 2008 o posterior (según la información recogida en el Registro de la Riqueza territorial de Navarra), proyecto aprobado por las Administraciones públicas competentes o visado por colegios profesionales.
  • En el caso de edificios cuyo año de construcción sea 2008 o posterior (según la información recogida en el Registro de la Riqueza territorial de Navarra), y el proyecto haya sido aprobado por las Administraciones públicas competentes o visado por colegios profesionales con posterioridad al 30 de abril de 2007, justificante de solicitud de licencia de obra.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 17/07/24 - 30/09/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Resolución 202E/2024, de 17 de julio, por la que se resuelve la convocatoria.

Contacto

Servicio de Transición Energética
Parque Tomás Caballero 1, 4.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 42 97 00
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es (indicar en el asunto el nombre de la convocatoria y realizar un resumen de la consulta)

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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