Ayudas para la contratación de personal investigador y tecnológico 2024

Información básica

  • Empresas, privadas o públicas, que realicen actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.
  • Quedan excluidos de esta convocatoria los agentes del SINAI, dado que en 2024 y 2025 permanecen activos los contratos subvencionados derivados de la convocatoria Programa MRR Investigo.

Se subvencionará la contratación de personas tituladas para participar como personal investigador y tecnológico en actividades de I+D+i y labores de apoyo a estas actividades.

  • La persona a contratar, en el momento en que se efectúe la contratación, deberá cumplir, entre otros (base 4.1 de la Normativa), los siguientes requisitos:
    • Estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (SNE-NL) o en otro Servicio Público de Empleo.
    • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones homologadas:
      • Titulaciones universitarias.
      • Formación profesional de grado superior.
  • Los contratos deberán cumplir, entre otras (base 4.2 de la Normativa), las siguientes condiciones:
    • Ser a tiempo completo y tener una duración de al menos 12 meses.
    • El salario bruto anual será de al menos 20.000 euros.
    • Los grupos de cotización de la Seguridad Social serán 1 o 2 para titulaciones universitarias y de 1 a 5 para formación profesional de grado superior.
    • La persona contratada prestará sus servicios en centros de trabajo radicados en Navarra.

Importe de las ayudas:

Los módulos de ayuda para compensar los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, serán los siguientes:

  • Módulo A: ascenderá a 16.000 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos encuadrados en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 y 2.
  • Módulo B: ascenderá a 13.000 euros por persona contratada y año de contratación, en el caso de contratos encuadrados en los grupos de cotización de la Seguridad Social 3 a 5.

También se podrá obtener ayuda adicional de:

  • 1.000 euros en caso de aplicar alguna de las medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres conforme a la base 5.4.a) de la Normativa y/o
  • 1.000 euros si la plantilla de la entidad beneficiaria cumple ciertas condiciones en cuanto a discapacidad conforme a la base 5.4.b) de la Normativa.

Pasos del procedimiento:

  • Solicitud de ayuda. El plazo de solicitud se abrirá el día siguiente de su publicación en BON, permaneciendo abierto dicho plazo un mes.
  • Evaluación de solicitudes y concesión de la ayuda.
  • Una vez concedida la ayuda:
    • Declaración de transparencia.
    • Contratación (posibilidad de contratar antes de la concesión de la ayuda siempre y cuando haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes).
    • Justificación y abono.

Documentación informativa:

1. Solicitud de ayuda

Las entidades que deseen solicitar la ayuda deberán presentar (a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Presentación de solicitudes") la siguiente documentación:

  • Memoria de actuaciones.
  • Documento que acredite la plantilla media de la entidad durante el año 2023 en el centro de trabajo en el que la persona contratada va a realizar las actividades conforme a la base 6.3.c) (ver apartado Normativa). Atención, porque el formulario de solicitud no lo exige, pero sí que es necesario para cumplimentar correctamente la solicitud. En cualquier caso, si no se presenta se solicitaría como subsanación.

Para obtener la ayuda adicional, con la solicitud también habría que presentar la siguiente documentación:

  • Documentación acreditativa de las medidas de igualdad entre mujeres y hombres aplicadas por la entidad, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.4.a) (ver apartado Normativa) y/o
  • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del mes anterior a la fecha de solicitud de las ayudas, donde conste el número de trabajadores y trabajadoras con contratos bonificados, con el fin de solicitar la ayuda adicional de la base 5.4.b) (ver apartado Normativa).

2. Declaración de transparencia

En el caso de entidades beneficiarias de naturaleza privada, en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, deberán presentar (a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Declaración de transparencia") la siguiente documentación:

3. Contratación

Tras la concesión de la ayuda, una vez firmado el contrato las entidades beneficiaras deberán presentar (a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Contrato y/o sustitución") la siguiente documentación:

El plazo límite para la presentación de la documentación relativa a la contratación será:

  • 30 de junio de 2024 (incluido) en el caso de solicitudes subvencionadas conforme a la resolución de concesión conjunta (base 8.2 de la Normativa).
  • Dos meses desde la notificación de la resolución de concesión posterior a la conjunta (base 8.2 de la Normativa).

En caso de realizar una sustitución de la persona inicialmente contratada, se presentará (también a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Contratación y/o sustitución") la misma documentación referida en este apartado.

4. Modificaciones / Prórrogas

Conforme a los casos recogidos en la base 12 (ver apartado Normativa), las entidades beneficiarias pueden cumplimentar el formulario y presentarlo a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Modificaciones / Prórrogas".

5. Renuncia, suspensión o extinción

Se podrán comunicar (a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Renuncia, suspensión o extinción") las siguientes situaciones:

  • Renuncia a la solicitud o ayuda.
  • Suspensión de la contratación conforme a la base 14 (ver apartado Normativa).
  • Extinción (con o sin intención de sustitución) de la contratación conforme a la base 15 (ver apartado Normativa).

6. Justificación

Las entidades beneficiarias presentarán (a través del botón habilitado en el apartado "Tramitación > Justificación") en el plazo de dos meses, computado desde la finalización del mes 12 de contratación, la siguiente documentación justificativa:

El Servicio de I+D+i, conforme a la base 17.1.g) de la Normativa, podrá efectuar actuaciones de comprobación, entre ellas, control aleatorio de los expedientes del gasto real efectuado, solicitando a las entidades beneficiarias entre otra documentación: copia de las nóminas y sus justificantes de pago.

Además:

  • Tanto las entidades beneficiarias, como las personas contratadas, en caso de hacer una publicación o mención pública de la contratación subvencionada, o de las actividades de I+D+i en las que participa la persona contratada, deberán hacer constar que ha sido financiada por el Gobierno de Navarra (comprobar requisitos en base 18 de la Normativa).
  • En todo caso, en toda la documentación elaborada en relación con las actividades subenconadas y en los materiales de difusión de los resultados de las mismas se utilizará un lenguaje inclusivo y no sexista, y se velará por la transmisión de una imagen igualitaria, no asociada a roles de género y ofreciendo una imagen diversa tanto de las mujeres como de los hombres, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de Igualdad entre mujeres y hombres.

Resolución 8E/2024, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de las ayudas.

Tramitación

Plazo: 1/03/24 - 30/11/25

Podrán subsanar aquellas entidades que, habiendo realizado una solicitud deseen completarla, o en el caso que el Servicio de I+D+i les haya solicitado un requerimiento para continuar con el procedimiento.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/05/24 - 31/10/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/05/24 - 30/11/25

Instrucciones:

Se podrá contratar una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y previa oferta de empleo con SNE-NL. Una vez resuelta la convocatoria se observará la entidad contratante tiene subvención.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/03/24 - 30/11/25

Tras la concesión de la ayuda se podrán solicitar modificaciones o prórrogas conforme a la base 12 de la normativa.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/03/24 - 30/11/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/05/24 - 30/11/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Resolución 39E/2024, por la que se resuelve la convocatoria (publicado el 13/05/2024).

Contacto

Servicio de I+D+i
Calle Cabárceno, 6, 3.ª planta
31621 Sarriguren (Navarra)
Correo electrónico: sinai@navarra.es

Josean Larumbe Abuín (Jefe de la Sección de Transferencia del Conocimiento)
Teléfono: 848 42 72 70
Correo electrónico: jlarumab@navarra.es

Para solucionar dudas sobre la justificación contactar con:

Maider Eseverri Iribarren
Teléfonos: 848 42 02 66 / 848 42 05 81
Correo electrónico: meseverri@cein.es

Beatriz Ruiz San Martín
Teléfonos: 848 42 99 60 / 848 42 14 34
Correo electrónico: bruiz@cein.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda a la contratación de personal investigador y tecnológico

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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