Entidades locales

Subvenciones a entidades locales para la elaboración de planes en materia de comercio durante 2022

En plazo para presentar la justificación de las actuaciones realizadas hasta el 18 de noviembre de 2022.   

Plazo de solicitud

Del 07-04-2022 al 31-12-2022

Objetivo

La finalidad de la convocatoria es la de fomentar la reflexión, la planificación, la redacción de diagnósticos, análisis y planes de actuación de forma previa a la ejecución de actuaciones en materia de comercio y la de facilitar y apoyar la implementación, ejecución y desarrollo de aquellas medidas y líneas de actuación previstas en los planes de comercio existentes. Así como la preparación de aquellos proyectos susceptibles de optar a ayudas con fondos europeos en materia de comercio, derivados o no de planes de ordenación de comercio preexistentes.

 

 

Dirigido a

Entidades locales de Navarra

Descripción

El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 40.000 euros distribuido en función de las clases de actuaciones subvencionables:

A) Elaboración de planes en materia de comercio; 30.000 euros.

B) Asesoramiento técnico para la preparación de proyectos susceptibles de optar a ayudas con fondos europeos en materia de comercio; 10.000 euros.

Si tras atender todas las solicitudes de la clase A) existiera crédito disponible, el mismo se destinará para las solicitudes de la clase B) si fuera necesario y viceversa.

Se admiten aquellos gastos externos de contratación de asesoramiento técnico a través de consultorías, profesionales o entidades especializadas externas y no vinculadas a la entidad solicitante, no admitiéndose gastos de personal de la entidad solicitante.

En concreto serán objeto de subvención la elaboración de:

  • Planes de Atracción y Ordenación Comercial (PAOC) de carácter municipal. 
  • Planes de Atracción y Ordenación Comercial (PAOC) supramunicipales.
  • Planes de Dinamización Comercial.

 Así mismo, es subvencionable el asesoramiento técnico para la concreción y preparación de proyectos susceptibles de optar a las convocatorias de 2022 de las ayudas reguladas en las siguientes Ordenes del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio:

- Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización.

- Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo de la actividad comercial en zonas rurales.

- Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas.

Dentro de estos gastos se incluye la gestión de la documentación necesaria y de cualquier otra tramitación derivada de la presentación de las solicitudes de las ayudas.

Para que estos gastos sean subvencionables es requisito que las solicitudes de ayudas a las convocatorias señaladas anteriormente, se presenten dentro de los plazos establecidos en las mismas.

La información sobre estas tres convocatorias de ayudas se puede consultar en ayudas europeas para el comercio  

 

Documentación

Documentación obligatoria

Documentación a presentar para solicitar la subvención. 

Finalizado el plazo para presentar solicitudes.

Documentación a presentar para justificar las actuaciones realizadas.

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 18 de noviembre de 2022.

La documentación a presentar será la siguiente, que en el caso de que se haga de forma telemática, deberá presentarse escaneada en documentos separados y debidamente identificados

  1. Formulario de justificación debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Memoria de las actuaciones que han sido objeto de subvención informando acerca del grado de ejecución de las actuaciones previstas que deberá incluir en todo caso el plan de actuaciones, de medidas o de inversiones a realizar, como consecuencia de la elaboración del plan realizado.  
  3. Copia de las facturas correspondientes al total de las actuaciones subvencionadas, que serán conforme al reglamento de facturación vigente que regula las obligaciones de facturación y que deben estar emitidas, en todo caso, a nombre de la entidad beneficiaria de la subvención.
  4. Documentos bancarios justificativos de los pagos realizados. 
  5. Declaración sobre la financiación de las actividades objeto de la subvención: Debe señalarse el importe, procedencia y aplicación de los fondos (fondos propios, otros recursos u otras subvenciones) que han contribuido a financiar, junto con la presente subvención, las actuaciones objeto de la subvención.
  6. Certificado de la Secretaría del Ayuntamiento que acredite que se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral de Contratos Públicos en vigor, a los efectos previstos en los artículos 14.1.ñ) y 28.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  7. Certificado de la Secretaría del Ayuntamiento que acredite que en la contratación de todas las actuaciones necesarias para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención, se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril de Contratos Públicos.

 

Además, en función de la actuación objeto de subvención, deberá aportarse la siguiente documentación: 

  • En el caso de Planes de Atracción y Ordenación Comercial supramunicipales, copia del plan completo o de los documentos de la fase que han sido objeto de subvención en esta convocatoria.
  • En el caso de Planes de Atracción y Ordenación Comercial supramunicipales, copia del plan completo o de los documentos de la fase que han sido objeto de subvención en esta convocatoria.
  • En el caso de Planes de dinamización comercial, copia del plan.
  • En el caso de asesoramiento técnico para la preparación de proyectos para solicitar ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, copia del resguardo de presentación de la solicitud de la subvención.

 

 Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal 

 

Publicidad del carácter público de la financiación de las actividades que sean objeto de la subvención.

Deberá constar en todo tipo de información y publicidad relativa a las actuaciones objeto de subvención, incluidas cuñas radiofónicas o presentaciones, que la misma está subvencionada por el Gobierno de Navarra.

Asimismo, en todos los soportes promocionales o en los planes, estudios, diagnósticos, etc., deberá figurar el logo oficial del Gobierno de Navarra o el siguiente texto: "Esta actuación ha recibido una subvención del Gobierno de Navarra en virtud de la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la elaboración de planes en materia de comercio de 2022".

 

Normativa

Resolución 39E/2022, de 11 de marzo (BON nº 69 de 06/04/2022) 

Más información

Contacto

Sección de Ordenación del Comercio y de la Artesanía y de Ayudas Económicas
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 42 46 25
Correo electrónico: comercionavarra@navarra.es

Cómo tramitar