Subvenciones a entes locales de las rutas del Camino de Santiago para movilidad sostenible, áreas de reposo y conservación paisajística y alojamiento sostenible-circular

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Información básica

Entidades locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, por las que atraviesa alguna de las 5 rutas del Camino de Santiago.

En el Anexo II se relacionan las entidades locales de Navarra por las que atraviesan las 5 rutas del Camino de Santiago. 

En esta convocatoria se subvenciona la ejecución de proyectos, desarrollados por entidades locales de Navarra en las rutas del Camino de Santiago, en relación con:

1.  Movilidad sostenible.

a) Adecuación de tramos.

b) Mejora de accesibilidad de tramos.

c) Adecuación o creación de servicios para ciclistas.

d) Adecuación o creación de áreas de acogida.                   

2. Espacios de reposo circular y conservación paisajística.

a) Creación de espacios de reposo circular.

b) Actuaciones de conservación paisajística.

3. Adecuación o creación de alojamientos sostenibles-circulares.

Costes subvencionables:

  • Redacción del proyecto y la dirección de obra. Se admitirá como subvencionable por estos conceptos un máximo del 10% del proyecto de ejecución redactado, supeditado, en cualquier caso, a la efectiva ejecución del mismo ya sea en su totalidad o en parte.
  • Ejecución de las inversiones, conforme al proyecto de ejecución de obras aprobado.
  • Adquisición e instalación de mobiliario y equipamiento.

Preguntas frecuentes convocatorias de subvenciones "ACD 5 Rutas Jacobeas, mil caminos por Navarra"   

Documentación para justificar las actuaciones realizadas.

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 15 de julio de 2025, inclusive. Esta fecha podrá ampliarse en los términos establecidos en la base 3ª.

  • Formulario de justificación cumplimentado y firmado.
  • a) Memoria de las actuaciones que han sido objeto de subvención informando acerca del grado de ejecución de las actuaciones previstas.
    b) Memoria económica justificativa del coste total de las actuaciones realizadas, que contendrá:
    1º. Relación clasificada de los costes de la actuación, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
    2º. Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la citada relación y la documentación acreditativa del pago.
    3º. Justificación por parte de la entidad beneficiaria sobre el proceso de contratación de las actuaciones que integran los proyectos subvencionados en
    cumplimiento del procedimiento de contratación que sea de aplicación, según lo dispuesto en la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
    4º. Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado, en su caso, la actuación subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
    c) Declaración sobre la financiación de las actividades objeto de la subvención. Debe señalarse el importe, procedencia y aplicación de los fondos (fondos propios, otros recursos u otras subvenciones) que han contribuido a financiar, junto con la presente subvención, las actuaciones objeto de la subvención. Esta declaración se realizará en el mismo formulario de justificación.
    d) Certificado emitido por el órgano competente de la entidad beneficiaria que acredite la realización del 100% de la actividad y el cumplimiento de la finalidad, así como del informe emitido por la Intervención.
    e) Certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite que se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral de Contratos Públicos en vigor, a los efectos previstos en los artículos 14.1.ñ) y 28.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
    f) Certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite que en la contratación de todas las actuaciones necesarias para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención, se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril de Contratos Públicos y demás normativa que pueda resultar de aplicación.
    g) Fotografías de las actuaciones realizadas
    h) Justificación del cumplimiento del correcto cumplimiento del principio DNSH y del etiquetado climático y, en concreto, lo siguiente:
    - En el caso de solicitudes de actuaciones que incluyan como costes elegibles obra civil, documentación justificativa del cumplimiento de lo indicado en el apartado 8.b de la Base 17 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial, relativo a la valorización del 70 % de los residuos, mediante la aportación del estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, así como del correspondiente plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en el que se concrete cómo se aplicará, según lo regulado por el Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    La justificación de lo anterior se realizará de la forma siguiente:
    - Para la correcta acreditación del cumplimiento de la valorización del 70 % de los residuos de construcción y demolición, la beneficiaria presentará una memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuos generados, clasificados por códigos LER, y los certificados de los gestores de destino, donde se indique el porcentaje de valorización alcanzado en cada una de las instalaciones. Los residuos peligrosos no valorizables no se tendrán en cuenta para consecución de este objetivo.
    - El cumplimiento del establecimiento de medidas para realizar una demolición selectiva se acreditará mediante los códigos LER incluidos en los certificados expedidos por los gestores como justificación de la entrega de los residuos generados. Estos códigos serán los correspondientes a las fracciones retiradas selectivamente, como por ejemplo 170101, 170102, 170201, 170202, 170203, 170402, 170403 o 170405.
    - En el caso de que se valoricen residuos en la propia obra, la beneficiaria incluirá en la memoria resumen información sobre las cantidades valorizadas, por código LER y los medios utilizados (planta móvil, gestor, etc.).
    - En el caso de que se utilicen áridos reciclados procedentes de residuos, la beneficiaria incluirá en la memoria resumen la documentación que acredite la compra de estos materiales, en la que indicará la cantidad y el tipo de material.
    - En caso de que se produzcan residuos de amianto, será necesario justificar su adecuado tratamiento a través de la notificación previa del traslado de los residuos de amianto desde el lugar de generación hasta el gestor de residuos y los documentos de identificación de los traslados de residuos asociados a esos movimientos, en aplicación del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
    En el caso de que la actuación objeto de la subvención sea la adecuación o creación de alojamientos sostenibles-circulares, conforme a lo establecido en la Base 5ª.5.3.:
    - Plan de acción en sostenibilidad-circularidad.
    - En su caso, convenio con la empresa gestora del alojamiento.
    j) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general conocimiento de la financiación de la actuación en el marco del PRTR conforme se establece en el Anexo IV de requisitos y obligaciones específicos MRR.
  • Documento informativo sobre la publicidad de la financiación comunitaria
  • Modelo de cartel

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

 

ORDEN FORAL 61E/2024, de 16 de mayo, de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria (BON nº 122, de 13 de junio de 2024).

Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por la Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tramitación

Plazo: 1/11/24 - 15/09/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Plazo: 1/03/25 - 31/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo

Sección de Ayudas y Subvenciones

Teléfono: 848 42 46 25

Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

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