Convocatoria de subvenciones a entes locales para ampliación de equipamientos y acondicionamiento de vías ciclables e implantación de sistemas de regulación en áreas de acogida de visitantes

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Información básica

Entidades locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Quedan excluidas las entidades locales que pertenecen al  área metropolitana de la “Comarca de Pamplona” (conforme a la demarcación recogida en el Anexo I de la Ley Foral 4/2019, de Reforma de la Administración Local de Navarra), dado que se trata de una subvención en el marco de las actuaciones del ACD Navarra Rural,  cuyo objeto es la cohesión entre destinos en el ámbito rural de la Comunidad Foral, excluyendo el área metropolitana de Pamplona.   

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Podrán ser objeto de subvención al amparo de esta convocatoria la ejecución de proyectos en relación con:

1. Intervención en rutas ciclables navarras: creación, mejora y adecuación de itinerarios no motorizados.

  • Creación de centros BTT de acogida al ciclista.
  • Adecuación y creación de servicios para ciclistas.
  • Adecuación de tramos ciclables ya existentes que presenten graves deficiencias y supongan un riesgo para la seguridad de las personas ciclistas.

Las actuaciones deberán corresponderse con alguno de los siguientes recorridos de interés turístico:

Recorridos Eurovelo en Navarra.

Vías Verdes-Caminos Naturales.

Relación de entidades locales por las que atraviesan dichos recorridos.

2. Adecuación de áreas de acogida.

Se entiende como “área de acogida”, aquellos espacios habilitados y gestionados para atender la afluencia de visitantes a los espacios naturales de la zona rural de Navarra de forma ordenada y controlada, y que cuentan, al menos, con espacios de aparcamiento para vehículos, sistemas de control de aforo de vehículos y personas, e información para los y las visitantes.

Documentación obligatoria para solicitar las ayudas.

1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente.

2. Declaraciones en relación con la ejecución de actuaciones del Plan del Recuperación Transformación y Resilencia (PRTR), conforme al modelo del Anexo III, firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente.   

3. Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita la subvención que incluirá, como mínimo, información detallada y pormenorizada sobre los siguientes aspectos:

  • Objetivos que se persiguen con la actuación.
  • Justificación del interés de la actuación.

4. Memoria valorada o, en caso de que las inversiones lo requieran, proyecto de ejecución de obras debidamente sellado.

5. En el caso de solicitudes de actuaciones que incluyan como costes elegibles obra civil, estudio de gestión de residuos donde se justifique el cumplimiento del requisito relativo al mínimo del 70 % de residuos, firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado.

6. En su caso, autorizaciones correspondientes (Medio Ambiente, Patrimonio, u otras).

7. Presupuesto detallado por conceptos, facturas proforma o facturas, que permitan cuantificar los gastos, no admitiéndose en ningún caso, estimaciones de gasto soportadas en apreciaciones o valoraciones de la entidad solicitante.

8. Fotografías del estado de las instalaciones/ infraestructuras a fecha de presentación de la solicitud.

9. Cronograma de ejecución de las actuaciones, fases de ejecución de la actuación y estado de ejecución en el momento de presentar la solicitud de subvención.

10. Certificación de quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local de que los impuestos indirectos correspondientes a la subvención solicitada, no son susceptibles de recuperación o compensación, según lo dispuesto en el artículo 28.8 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

11. Acreditación de que la entidad solicitante es titular de los espacios o terrenos sobre los que se van a llevar a cabo las actuaciones o, en su caso, de la disponibilidad de los mismos por un periodo de tiempo no inferior a 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos se presentará un certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite dichas circunstancias y que indique, además, los polígonos y parcelas concretas en los que se van a llevar a cabo las actuaciones.

12. En caso de solicitar el anticipo de pago regulado en la base 11ª, deberá presentarse certificación acreditativa de la necesidad de provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención, emitida por quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local solicitante. Cuando sean varias las entidades solicitantes, deberá aportarse certificado de cada una de las Secretarías.

13. En el caso de Ayuntamientos compuestos que promuevan un proyecto para el conjunto o varios de los concejos que los integran, certificación acreditativa de que existe acuerdo entre las entidades locales afectadas, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. En la misma se indicará el número total y nombre de los concejos partícipes en el proyecto.

14. En el caso de proyectos desarrollados conjuntamente por varios Ayuntamientos, convenio o documento análogo, donde se indiquen:

  • El número total y nombre de los Ayuntamientos partícipes del proyecto.
  • El Ayuntamiento que asume la ejecución del proyecto, que actuará como interlocutor unico a efectos de presentación de la solicitud de ayuda, de presentación de la justificación de las actuaciones realizadas o de cualquier otra tramitación administrativa o comunicación derivada de la gestión del expediente de la subvención.
  • Las condiciones en que se articula lacolaboración de las partes.

Anexo IV. Requisitos y obligaciones MRR  

 

Documentación para justificar las actuaciones realizadas

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 15 de julio de 2025, inclusive. Esta fecha podrá ampliarse en los términos establecidos en la base 3ª.

 

  • Formulario de justificación cumplimentado y firmado.
  • a) Memoria de las actuaciones que han sido objeto de subvención informando acerca del grado de ejecución de las actuaciones previstas y resultados obtenidos.
    b) Una memoria económica justificativa del coste total de las actuaciones realizadas, que contendrá:
    1º. Una relación clasificada de los costes de la actuación, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
    2º. Copia de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la citada relación y la documentación acreditativa del pago.
    3º. Justificación por parte de la entidad beneficiaria sobre el proceso de contratación de las actuaciones que integran los proyectos subvencionados en cumplimiento del procedimiento de contratación que sea de aplicación, según lo dispuesto en la Ley
    Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
    4º. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado, en su caso, la actuación subvencionada con indicación del importe y su procedencia. d) Declaración sobre la financiación de las actividades objeto de la subvención. Debe señalarse el importe, procedencia y aplicación de los fondos (fondos propios, otros recursos u otras subvenciones) que han contribuido a financiar, junto con la presente subvención, las actuaciones objeto de la subvención. Esta declaración se realizará en el mismo formulario de justificación.
    e) Certificado emitido por el órgano competente de la entidad beneficiaria que acredite la realización del 100% de la actividad y el cumplimiento de la finalidad, así como del informe emitido por la Intervención.
    f) Certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite que se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral de Contratos Públicos en vigor, a los efectos previstos en los artículos 14.1.ñ) y 28.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
    g) Certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite que en la contratación de todas las actuaciones necesarias para la ejecución de las actuaciones objeto de la subvención, se han cumplido las prescripciones legales previstas en la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril de Contratos Públicos y demás normativa que pueda resultar de aplicación.
    h) Fotografías de las actuaciones realizadas
    i) Justificación del cumplimiento del correcto cumplimiento del principio DNSH y del etiquetado climático y, en concreto, lo siguiente:
    - En el caso de solicitudes de actuaciones que incluyan como costes elegibles obra civil, documentación justificativa del cumplimiento de lo indicado en el apartado 8.b de la Base 17 del Acuerdo de la Conferencia Sectorial, relativo a la valorización del 70 % de los residuos, mediante la aportación del estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, así como del correspondiente plan de gestión de los residuos de construcción y demolición en el que se concrete cómo se aplicará, según lo regulado por el Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
    La justificación de lo anterior se realizará de la forma siguiente:
    - Para la correcta acreditación del cumplimiento de la valorización del 70 % de los residuos de construcción y demolición, la beneficiaria presentará una memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuos generados, clasificados por códigos LER, y los certificados de los gestores de destino, donde se indique el porcentaje de valorización alcanzado en cada una de las instalaciones. Los residuos peligrosos no valorizables no se tendrán en cuenta para consecución de este objetivo.
    - El cumplimiento del establecimiento de medidas para realizar una demolición selectiva se acreditará mediante los códigos LER incluidos en los certificados expedidos por los gestores como justificación de la entrega de los residuos generados. Estos códigos serán los correspondientes a las fracciones retiradas selectivamente, como por ejemplo 170101, 170102, 170201, 170202, 170203, 170402, 170403 o 170405.
    - En el caso de que se valoricen residuos en la propia obra, la beneficiaria incluirá en la memoria resumen información sobre las cantidades valorizadas, por código LER y los medios utilizados (planta móvil, gestor, etc.).
    - En el caso de que se utilicen áridos reciclados procedentes de residuos, la beneficiaria incluirá en la memoria resumen la documentación que acredite la compra de estos materiales, en la que indicará la cantidad y el tipo de material.
    - En caso de que se produzcan residuos de amianto, será necesario justificar su adecuado tratamiento a través de la notificación previa del traslado de los residuos de amianto desde el lugar de generación hasta el gestor de residuos y los documentos de identificación de los traslados de residuos asociados a esos movimientos, en aplicación del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

j) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general conocimiento de la financiación de la actuación en el marco del PRTR conforme se establece en el Anexo V de requisitos y obligaciones específicos MRR.

ORDEN FORAL 60E/2024, de 15 de mayo, de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria (BON nº 123, de 14 de junio de 2024).

Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por la Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tramitación

Plazo: 15/06/24 - 15/07/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Plazo: 1/11/24 - 15/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Plazo: 1/03/25 - 31/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo

Sección de Ayudas y Subvenciones

Teléfono: 848 42 46 25 / 848 42 46 46

Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

 

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