Autorización de estudios observacionales con medicamentos de seguimiento prospectivo

En los centros y establecimientos sanitarios adscritos al Departamento de Salud del Gobierno de Navarra

Oinarrizko informazioa

Promotores y promotoras, y Organizaciones de investigación por contrato (CRO).

No es de aplicación en aquellos estudios cuya promotora sea una Administración Pública, o en los que quede acreditado que se trata de una investigación clínica sin ánimo comercial, en ese caso solo precisarán de la autorización del centro en el que se vaya realizar o al que pertenezca la persona investigadora. No es de aplicación a aquellos estudios que se realicen exclusivamente en centros privados.

Pasos del procedimiento:

  • El plazo máximo de resolución es de 90 días naturales contados desde su recepción. Pasados los 90 días se notificará por escrito la resolución a la persona promotora.
  • El titular de la Direccion Gerencia del Servicio Navarro de Salud - Osasunbidea o del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, emitirá resolución favorable o desfavorable para la realización del estudio.

La tramitación se realizará en formato electrónico a través de esta plataforma.

  • Instancia o carta de presentación.
  • Protocolo del estudio completo, incluyendo Hoja de Información al Paciente y Consentimiento Informado.
  • Dictamen favorable del estudio por un CEIm acreditado en España.
  • Listado de centros sanitarios donde se pretende realizar el estudio en Navarra.
  • Relación de personas investigadoras participantes en Navarra.
  • Justificante de abono de tasas.
  • La tasa puede abonarse en cualquier banco o caja con sede en Navarra.
  • Tasa: estudios postautorización medicamentos y otros productos. Autorización: 600 euros.
  • Orden Foral 157E/2022, por la que se establecen las condiciones para la realización de estudios observacionales con medicamentos de seguimiento prospectivo en los centros y establecimientos sanitarios adscritos al Departamento de Salud del Gobierno de Navarra.
  • Real Decreto 957/2020, por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano.
  • Ley Foral 2/2021, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Tramitazioa

Epea:

No hay fecha establecida de evaluación. Los estudios se evalúan por orden de llegada.

Las alegaciones tendrán un plazo de recepción de 7 días antes de la reunión quincenal del Comité EOM (Estudios observacionales con medicamentos).

Honako egiaztagiri hauek erabil daitezke:

  • Ziurtagiri digitala edo NAN elektronikoa
  • Cl@ve

Epea:

El importe de la tasa es de 600 euros, en virtud del artículo 41.4.2ªE) de la Ley Foral 2/2021, de 11 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos.

No hay fecha establecida de evaluación. Los estudios se evalúan por orden de llegada.

Honako egiaztagiri hauek erabil daitezke:

  • Ziurtagiri digitala edo NAN elektronikoa
  • Segurtasun integratua
  • Cl@ve

Harremanetan jartzeko

Servicio de Asesoría e Información del Medicamento
Subdirección de Farmacia y Prestaciones
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea
Plaza de la Paz s/n 4ªplanta
31002 Pamplona / Iruña (Navarra)
Teléfono: 848 42 90 26
Correo electrónico: infomedicamentos@navarra.es

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