Impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales. Autoliquidación modelo 910

Oinarrizko informazioa

Grandes establecimientos comerciales, ya sean individuales o colectivos, que dispongan de una superficie útil para venta y exposición de productos superior a 2.000 metros cuadrados.

Serán sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas o las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 25 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria que sean titulares de un gran establecimiento comercial, ya sea individual o colectivo.

  • Ley Foral 30/2018, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias (artículo 11).
  • Orden Foral 19/2019, por la que se aprueba el modelo 910 "Impuesto sobre las grandes establecimientos comerciales. Autoliquidación".

Tramitazioa

Epea:

El plazo ordinario para efectuar la declaración y el ingreso es entre el 1 y el 20 de noviembre siguiente a la fecha de devengo del impuesto (devengo: 1 de enero o fecha de apertura si es posterior).

El plazo extraordinario (cuando la apertura sea posterior al 20 de noviembre) es del 1 al 31 de enero inmediato siguiente al día en que se produjo la apertura.

El plazo de regularización (en caso de cierre del gran establecimiento comercial o modificación de los elementos base para la liquidación del impuesto con posterioridad al 20 de noviembre y antes de la finalización del periodo impositivo) es del 1 al 31 de enero inmediato siguiente al día en que se produjo el cierre o la modificación. En estos casos se debe marcar la opción declaración sustitutiva.

 

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