Autorización del pliego de etiquetado facultativo de carne de vacuno y de sus productos derivados

Oinarrizko informazioa

Empresas que se dedican a la comercialización de carne de vacuno y sus derivados y que deseen incluir en su etiqueta alguna denominación de venta diferente a las que se citan en el Anexo I del Real Decreto 1698/2003, con la intención de diferenciar su producto.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción y estudio de la solicitud.
  • Aprobación o denegación de la autorización de etiquetado, según proceda.
  • Instancia general cumplimentada.
  • Pliego de condiciones, en el que tiene que constar como mínimo:
    • Modelo de etiqueta que va figurar en sus productos.
    • Medidas que esté previsto adoptar para garantizar la veracidad de dicha información, que consta en la etiqueta.
    • El sistema de control que esté previsto aplicar a todas las fases de producción y venta, lo que incluirá una serie de controles a cargo de un organismo independiente reconocido por la autoridad competente, que deberá nombrar el agente económico o la organización: dicho organismo deberá cumplir la norma europea EN/45011.
    • Cuando se trate de una organización, las medidas aplicables a cualquiera de sus miembros que no cumpla lo establecido en el pliego de condiciones.

Tramitazioa

Jarraibideak:

  • Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
    González Tablas, 9 - 3ª planta
    31005 Pamplona (Navarra)
  • Oficinas de Área del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

Tramitatzeko beste modu batzuk:

Nafarroako Gobernuaren erregistro eta arreta bulegoetan ere aurkez dezakezu, baita  39/2015 Legean aurreikusitako beste edozein lekutan ere.

Harremanetan jartzeko

Sección de Calidad y Promoción Agroalimentaria
González Tablas, 9 - 3ª planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfonos: 848 424 842 / 848 424 836
Correo electrónico: etiqfrau@cfnavarra.es

Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.

access_time