Epea:
26/01/21 - 26/04/01
- Hasta el 1 de abril 2026, incluido: Justificación de 2025.
- Se presentará la documentación técnica y económica relativa a la actividad y gasto facturado por la beneficiaria en el primer periodo (de la fecha de inicio a diciembre de 2025) y pagado hasta el 31 de marzo de 2026 (ver los documentos requeridos en el apartado 'Documentación a presentar').
Jarraibideak:
En el paso 4 - Datos específicos, deberá rellenar los datos de justificación correctamente; localice estos datos antes de iniciar el proceso:
- Número de expediente: es el que figura en la notificación de concesión como Código de expediente y tiene el formato 0011-1411-2025-000XXX, donde XXX es exclusivo en cada caso.
- Importe justificado (€): es el importe de la ayuda a abonar, no confundir con el importe de gasto justificado. Es realmente la ayuda que espera percibir la beneficiaria. El abono definitivo será el que considere el Servicio, que podrá ser superior o inferior al consignado por la beneficiaria, por lo que los importes introducidos erróneamente serán corregidos sin repercusiones.
Este importe se calcula de la siguiente manera:
El importe debe ser mayor de cero.
1. El total del importe del presupuesto presentado, se multiplica por la intensidad de la ayuda (la intensidad de ayuda se notifica en la concesión inicial como %).
2. Este importe se limitará a la concesión en el año 2026. Este importe puede verse en la notificación de concesión inicial.
Honako egiaztagiri hauek erabil daitezke:
- Ziurtagiri digitala edo NAN elektronikoa