Ayudas a pymes para la contratación de personas técnicas en comercio exterior 2022

Oinarrizko informazioa

Empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener la condición de pyme, según la recomendación de la Comisión Europea, de 6/05/2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
  • Tener domicilio fiscal en Navarra.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
  • No estar incursas en las prohibiciones para ser beneficiarias establecidas en la Ley de Subvenciones (Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre).
  • Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

El objeto de la subvención es la contratación de personas que realicen labores técnicas de comercio exterior, ya sea en un centro de trabajo de la empresa en Navarra o en el exterior. En este último caso, también será admitida su contratación por parte de una filial de la empresa beneficiaria en el país de destino.

El importe de la ayuda por contratación será de 12.000 euros.

Los contratos deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener una duración mínima de doce meses y ser a jornada completa.
  • Ser indefinido o temporal, aunque no de prácticas o para la formación y el aprendizaje. No serán válidos los contratos celebrados con personas que trabajen como autónomas.
  • Recoger que la persona contratada prestará sus servicios para labores técnicas de comercio exterior y asignar el grupo profesional acorde con dichas tareas.
  • Estar fechados entre el día de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra (BON) y, como máximo, dos meses después de la notificación de la concesión de la subvención.

La persona contratada debe ser dada de alta en la Seguridad Social en los grupos decotización 1, 2 o 3, según corresponda a su categoría profesional o sus equivalentes en el país en el que esté localizada la filial.

JUSTIFICACIÓN CONTRATACIÓN

Documentación a presentar en el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión de la subvención.

  • El contrato.
  • En el caso de que la contratación se realice a través de una filial en el extranjero, las escrituras de constitución de la filial.
  • En el caso de que las retribuciones se establezcan según convenio, copia del mismo.
  • Declaración jurada que certifique que la contratación cumple las condiciones exigidas en la base 3.
  • Documento nacional de identidad o pasaporte de la persona contratada.
  • Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de la empresa en el que figure la persona contratada o su equivalente en el país en el que esté localizada la filial.

 

JUSTIFICACIÓN PARCIAL 6 MESES

Documentación a presentar en el plazo máximo de 2 meses a contar desde que se cumpla el sexto mes del contrato subvencionado.

  • Las nóminas y sus justificantes de pago correspondientes a los seis primeros meses de contrato.
  • Documento “Relación Nominal de Trabajadores” de la Seguridad Social o su equivalente correspondiente a los 6 primeros meses de contrato.
  • Justificación de la publicidad: prueba documental del cumplimiento de la obligación de publicidad contemplada en la letra d) de la base 10.1.

 

JUSTIFICACIÓN FINAL

Documentación a presentar transcurridos doce meses de la contratación, y en el plazo máximo de 2 meses desde el fin del periodo subvencionado.

  • Las nóminas y sus justificantes de pago correspondientes a los meses transcurridos desde el séptimo mes de contrato hasta la finalización del periodo mínimo de contratación (12 meses).
  • "Relación Nominal de Trabajadores"de la Seguridad Social de los meses transcurridos desde el séptimo mes de contrato hasta la finalización del periodo mínimo de contratación (12 meses).
  • Informe de vida laboral del código cuenta de cotización de la empresa del periodo subvencionado del contrato (12 meses).
  • Declaración responsable de las fuentes de financiación de la contratación subvencionada.
  • Una memoria final que recogerá como mínimo la siguiente información:
    • Descripción de las acciones desarrolladas por la persona contratada en el marco del plan de internacionalización presentado y grado de satisfacción de la empresa con el trabajo realizado.
    • Grado de consecución de los objetivos del plan de internacionalización, según lo planteado en la memoria de solicitud de la ayuda y, en todo caso, información sobre la variación tanto de las exportaciones totales de la empresa como las realizadas al mercado objeto del plan de internacionalización subvencionado.
  • Cuentas anuales registradas (auditadas en el caso de estar obligada a ello) del último ejercicio fiscal cerrado tanto de la solicitante como de sus empresas asociadas y vinculadas, si es el caso, así como la declaración de pyme actualizada en el caso de que hubiera habido cambios en la misma desde la solicitud.
  • Encuesta de eficacia y evaluación.

Emaitzak

Ayudas concedidas (Convocatoria 2022).

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Ayuda a la contratación de personas técnicas en comercio exterior

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