Ingreso temporal en residencia para personas con enfermedad mental
Ingreso temporal en residencia para personas con enfermedad mental
Ofrece, durante un periodo de tiempo limitado, atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas y socioculturales de la persona con enfermedad mental, con el fin de facilitar su permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras
Personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con enfermedad mental grave que:
Acrediten residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.
y presenten un informe de idoneidad emitido por la unidad administrativa competente (centro de salud mental correspondiente, departamentos competentes en materia de salud y servicios sociales).
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Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal ( por causa de enfermedad, ingreso hospitalario, respiro u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria.
Se trata de un servicio de atención residencial temporal garantizado que se presta las 24 horas del día, durante el tiempo que dure el ingreso:
Entre uno y treinta días por descanso de la persona cuidadora.
Hasta tres meses por recuperación de la persona con problemas de salud mental y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.
Características:
Alojamiento: diario.
Manuteción: cinco comidas diarias.
Apoyo y supervisión en las actividades de la vida: diario.
Cuidados asistenciales: diarios.
Atención social: mensual.
Terapia ocupacional: semanal.
Habilidades sociales e inclusión en la comunidad: semanales.
Actividades de ocio y tiempo libre: semanales.
Apoyo a familias: al menos, una vez durante el ingreso.
Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional. En el caso de ser centros concertados con el Departamento competente en materia de salud, la intensidad será determinada por los Departamentos competentes en materia de salud y servicios sociales.
Datos de la persona de contacto: nombre, apellidos, dirección, teléfono, fecha de nacimiento y parentesco con la persona beneficiaria.
Fotocopia del DNI de las personas convivientes.
Informe médico/psiquiátrico actualizado en donde conste: diagnóstico, tratamiento, historia médica y necesidad del recurso, así como cualquier dato relevante relativo a conductas, lesiones y/o problemas de movilidad o sensoriales.
Informe psiquiátrico en donde se indique idoneidad del recurso, emitido por su centro de salud mental.
Informe social actualizado, en donde conste: composición familiar e historia social, situación laboral de la persona solicitante y sus familiares, situación económica (ingresos, procedencia y cuantía), nivel de funcionamiento (actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, habilidades sociales y ocio y tiempo libre), situación de la vivienda (barreras internas y externas), relaciones familiares y nivel de apoyatura (cobertura sanitaria).
Justificación de la necesidad de atención residencial durante este periodo.
La documentación económica necesaria para la comprobación de los datos aportados, en caso de considerarlo necesario, le será requerida con posterioridad.
No será necesario presentar la documentación exigida si ya está en poder de la Administración de la Comunidad Foral. En este caso, las personas solicitantes podrán identificar el expediente que contenga dicha documentación.
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Decreto Foral 69/2008, por el que se aprueba la cartera de servicios sociales de ámbito general.
A través del centro de salud mental que corresponda a la residencia de la personas interesada.
Harremanetan jartzeko
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es
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Oharra: orrialde honen edukia informazio hutsa da; baldintzak dagokion araudian argitaratutakoak dira.