Para solicitar la subvención:
Para todos los gastos realizados entre el 14 de noviembre de 2023 y el 14 de noviembre de 2024.
- Formulario de solicitud junto con la documentación indicada en dicho formulario y los anexos correspondientes a las actuaciones realizadas.
- Anexos a presentar junto con la solicitud:
Nota: sólo se debe cumplimentar y presentar el anexo correspondiente a la actuación realizada por la empresa artesana.
- En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, o en el supuesto de querer cambiar la cuenta ya existente, se puede registrar o modificar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.
Documentación a presentar tras la concesión:
Recibida la resolución de concesión, las empresas beneficiarias de las subvenciones, excepto en el caso de que sean personas físicas, quedan obligadas a presentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones regulada en la Ley Foral 5/2018, ajustada al modelo que se publicará en esta ficha.
Para justificar la subvención: