Subvenciones para la promoción de empresas artesanas 2024

El objetivo de la ayuda es incrementar la competitividad de las empresas artesanas mediante el fomento de las actividades de comercialización y promoción de sus productos, impulsar su desarrollo y fortalecimiento, y fomentar actividades que incidan en la mejora de la formación de su personal

Información básica

Empresas artesanas inscritas en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra con anterioridad al 1 de abril de 2024

Las empresas artesanas agroalimentarias no tienen acceso a estas subvenciones.

Requisitos las empresas solicitantes:

  • Tener el carnet de Empresa Artesana de Navarra en vigor en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • Estar dada de alta en la Seguridad Social en la fecha de presentación de la solicitud, en el régimen que le corresponda como consecuencia del ejercicio de la actividad de artesanía.
  • Haber realizado el cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital, actuación prevista en el Centro de Impulso de Transformación Digital del comercio y artesanía. Este diagnóstico debe estar realizado obligatoriamente para la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Las empresas solicitantes deberán cumplir los requisitos exigidos para la adquisición de la condición de empresa artesana durante el periodo establecido para la realización de las actuaciones determinadas como subvencionables en la convocatoria.

Pasos del procedimiento:

  • Evaluación de las solicitudes recibidas, comprobación de la documentación administrativa y requerimiento, en su caso, de la subsanación de la documentación incompleta.
  • Resolución de concesión por el conjunto de las actuaciones en un plazo máximo de 2 meses contados desde la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.
  • Requerimiento de presentación, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, de la declaración relativa a la obligación de transparencia de las y los beneficiarios de subvenciones (Decreto Foral 59/2013).
  • Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentarán como fecha límite, el 14 de noviembre de 2024.
  • Abono de la subvención.

Anexo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Para solicitar la subvención:

Para todos los gastos realizados entre el 14 de noviembre de 2023 y el 14 de noviembre de 2024.

  1. Formulario de solicitud junto con la documentación indicada en dicho formulario y los anexos correspondientes a las actuaciones realizadas.
  2. Anexos a presentar junto con la solicitud:  

Nota: sólo se debe cumplimentar y presentar el anexo correspondiente a la actuación realizada por la empresa artesana.

  1. En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, o en el supuesto de querer cambiar la cuenta ya existente, se puede registrar o modificar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

 

Documentación a presentar tras la concesión:

Recibida la resolución de concesión, las empresas beneficiarias de las subvenciones, excepto en el caso de que sean personas físicas, quedan obligadas a presentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones regulada en la Ley Foral 5/2018, ajustada al modelo que se publicará en esta ficha.

Para justificar la subvención:

Resultados

Resultados de la convocatoria 2024 (publicado el 13/12/2024).

Contacto

Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
C/ Pascual Madoz, 6, bajo
31004 Pamplona / Iruña

Para tramitaciones:
Télefono: 848 427 738
Correo electrónico: artesanianavarra@navarra.es

Para consultas técnicas:
Teléfono: 848 427 747
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