Subvenciones para la mejora de la competitividad de las PYMES de comercio minorista 2024

Información básica

Empresas del sector del comercio que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Tener la consideración de pyme.
  • La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a algún CNAE-2009, de los establecidos en la base 4.2 de la convocatoria.
  • Figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor que tenga correspondencia directa con las actividades económicas subvencionables.
  • Imprescindible: haber realizado el cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, a través del siguiente enlace web​​ (en caso contrario, se denegará la solicitud de la ayuda).

Además, las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos específicos en función de la clase de proyecto en la fecha de presentación de la solicitud:

  • Proyectos de Modernización y Reforma de establecimientos comerciales (PMR): haber venido realizando una actividad de comercio minorista en Navarra antes del 1 de octubre de 2023.
  • Proyectos de Traspaso comercial (PTC): adquisición de un comercio minorista en funcionamento a 1 de octubre de 2023 y fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2023 y el 17 de octubre de 2024, ambos inclusive.
  • Proyectos de Comercio no Sedentario (PCNS): figurar de alta en el IAE, como comerciante no sedentario, en alguna localidad navarra antes del 1 de octubre de 2023.
  • Proyectos de Emprendimiento Comercial (PEC): constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento comercial en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2023 y el 27 de diciembre de 2024, ambos inclusive.

Dotación presupuestaria: 1.170.000 euros.

Tipos de proyectos subvencionables:

  • Modernización y Reforma (PMR)
  • Traspaso comercial (PTC)
  •  Comercio no Sedentario (PCNS)
  • Emprendimiento Comercial (PEC)
  • Digitalización comercial (PDC)

Periodo subvencionable:

Inversiones realizadas (realizados, facturados y abonados) en el 17 de octubre de 2023 y 17 de octubre de 2024.

Pasos del procedimiento:

  • Evaluación de las solicitudes recibidas.
  • Resolución de concesión.
  • Presentación de declaración de transparencia (dentro del mes siguiente a la notifiación). Se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta como si no está sujeta.
  • Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2024, inclusive.
  • Resolución de abono de la subvención.

Información adicional:

Plazos, requisitos y documentación mínima a presentar.

Para solicitar la subvención (base 7ª)

  • Formulario de solicitud (cumplimentado y FIRMADO)
  • Memoria técnica y económica (en PEC plan de viabilidad o de empresa)
  • Relación valorada y detallada en formato Excel
  • En PTC informe idoneidad si no ejercía la actividad antes del 1/10/23
  • Justificación elección de proveedor (base 7.3.3 f)
  • Documentación para aplicar el baremo (NO SUBSANABLE)
  • Modelo Certificado pertenencia asociación comerciantes

 

Tras la concesión

Las entidades deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.

 

Para justificar la subvención (base 10ª)

La justificación de las actuaciones realizadas se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha límite el 17 de octubre de 2024, inclusive. La documentación a presentar es la siguiente:

  • Formulario de justificación, debidamente cumplimentado y firmado.
  • Memoria final detallada y descriptiva de todas las actuaciones realizadas, del coste final de ejecución del proyecto y, de las desviaciones.
  • Relación detallada y clasificada de las facturas presentadas.
  • Copia de las facturas correspondientes a las inversiones realizadas.

En los casos de traspaso comercial, la factura debe contener de forma desglosada todos los conceptos facturados (fondo de comercio, instalaciones, mobiliario, existencias, etc.) y venir acompañada por un informe pericial o de una empresa de tasación que lo acredite.

  • Justificantes bancarios de pago de las facturas.

Cada justificante de pago irá unido a la factura correspondiente.

  • Fotografías o prueba documental de haber cumplido con la obligación de haber dado publicidad de que la actuación ha sido objeto de subvención por parte del Gobierno de Navarra.
  • Fotografías de las actuaciones realizadas (base 10.3.g)
  • Enlace web en inversiones de implantación de correo electrónico
  • Modelo de retenciones de de IRPF
  • Si no se han recibido subvenciones del Gobierno de Navarra anteriormente o se quiere modificar la cuenta bancaria donde recibir el abono de la subvención, se hará a través del siguiente enlace: Consulta de cuentas y pagos.​​​​
  •  

Publicidad de la subvención (durante 2 años):

  • Se colocará en un lugar visible del establecimiento comercial un cartel, conforme a los siguientes modelos:
    •  Cartel publicidad modernización
    •  Cartel publicidad nuevo establecimiento
  • Además, en el caso de inversiones para digitalización comercial, se insertará en la página web de la empresa el siguiente texto: “Actuación subvencionada por el Gobierno de Navarra”.
  • En el caso de inversiones para adquisición o adecuación de vehículos-tienda, estos se deberán rotular con su nombre comercial o razón social y con la marca de comercio de Navarra, cuyo uso se solicitará a través del siguiente enlace.
Contacto

Servicio de Ordenación y Fomento del Comercio
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona
Télefono: 848 427 499
Correo electrónico: comercionavarra@navarra.es

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