Ayudas económicas individuales para la adquisición de los productos de apoyo tecnológicos señalados en el Anexo II (Orden Foral 134/2022) al servicio de las personas dependientes o personas con discapacidad, o personas mayores que permanecen en sus domicilios.
Se subvencionarán exclusivamente los productos de apoyo con el importe máximo indicado, para la cobertura de ciertas necesidades derivadas de la edad avanzada y situación de riesgo, de la discapacidad y/o dependencia, y que sitúan a la persona en un escenario de dificultad o vulnerabilidad social.
Serán subvencionables los gastos realizados entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2023, correctamente justificados según la Base 15 de la convocatoria.
La cuantía de la subvención se determinará en función del coste subvencionable y de los ingresos anuales de la unidad familiar en la que se integra la persona solicitante.