Subvenciones a asociaciones de empresas artesanas para el fomento del sector artesanal 2024

Para apoyar el asociacionismo, impulsar la distribución comercial y fomentar la organización de eventos de carácter económico que promuevan la creación, la producción y la distribución artesanal de las pymes del sector

Información básica

Asociaciones de empresas artesanas que tengan representación en el Consejo de Artesanía de Navarra (esta condición se acreditará por la Secretaría del Consejo de Artesanía de Navarra).

Acciones subvencionables: organización de ferias de artesanía en Navarra.

Dotación presupuestaria: el crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 30.000 euros.

Importe de la subvención: organización de ferias. Subvención del 75% con un máximo de 22.000 euros por cada feria de artesanía. Este límite no se aplicará en el caso de que la propuesta de resolución  de la convocatoria prevea la subvención a una única feria de artesanía.

Periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables: deben estar realizadas, facturadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 11 de noviembre de 2023 y el 11 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

Plazo de presentación de solicitudes: desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el BON hasta el 1 de marzo de 2024, ambos inclusive.

Resolución de la concesión: el procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva; se realizará una comparación de las solicitudes presentadas dentro de cada clase de actuación subvencionable a fin de establecer una prelación por cada tipo de actuación entre las mismas, de acuerdo con la puntuación obtenida en el baremo.

Pasos del procedimiento:

  • Evaluación de las solicitudes recibidas; comprobación de la documentación administrativa y requerimiento, en su caso, de la subsanación de la documentación incompleta.
  • Resolución de concesión por el conjunto de las actuaciones realizadas.
  • Requerimiento de presentación en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, de la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones.
  • Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentarán como fecha límite, el 11 de noviembre de 2024.
  • Abono de la subvención.

Nota: la Base 14ª.2 sobre la compatibilidad de la subvención y carácter de ayudas minimis dice: De conformidad con dicho reglamento, la ayuda total de minimis" concedida a una única empresa no deberá exceder de 3200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales; debe decir: De conformidad con dicho reglamento, la ayuda total de minimis" concedida a una única empresa no deberá exceder de 300.000 euros en tres años.

Para solicitar la subvención:

Declaración de transparencia:

Recibida la resolución de concesión, las empresas beneficiarias de las subvenciones, excepto en el caso de que sean personas físicas, quedan obligadas a presentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones regulada en la Ley Foral 5/2018, ajustada al modelo que se publicará en esta ficha.

Para presentar la justificación:

  • Formulario de justificación junto con la documentación indicada en dicho formulario.

Anexo informativo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Tramitación

Plazo: 6/04/24 - 11/11/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación y Fomento de Comercio
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona

Contacto para consultas técnicas:
Teléfono: 848 42 77 47
Correo electrónico: vdiazmon@navarra.es

Contacto para tramitaciones:
Télefono: 848 42 77 38
Correo electrónico: artesanianavarra@navarra.es

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