Personas destinatarias
Las personas preferentemente desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las Agencias del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (en adelante SNE-NL), en situación o riesgo de exclusión. En concreto, podrán ser destinatarias de los Programas las siguientes personas:
- Personas en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo: deberán ser al menos el 75 por ciento del total de personas que finalicen cada programa.
- Personas ocupadas inscritas como demandantes de empleo: deberán ser como máximo el 25 por ciento del total de personas que finalicen cada programa.
La consideración de personas ocupadas o desempleadas vendrá determinada por su situación laboral a la fecha de la primera atención.
La entidad beneficiaria justificará que al menos el 40 por ciento de participantes serán perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, así como de la Renta garantizada o del ingreso mínimo vital.
Asimismo, justificarán la situación o riesgo de exclusión de la persona destinataria.
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de las subvenciones establecidas en estas bases será el de concurrencia competitiva.
Acciones a desarrollar
Obligatoriamente deberán realizarse:
- Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil profesional.
- Diseño del itinerario individual de Empleo.
- Definición de currículo.
- Acompañamiento y seguimiento del participante (deberán realizar, al menos, dos acciones de seguimiento a lo largo de su itinerario).
- Técnicas para la búsqueda activa de empleo.
- Preparación entrevistas de trabajo y pruebas de selección.
De entre estas acciones, deberán realizarse obligatoriamente tres:
- Taller de trámites online para la vida diaria y con la Administración Pública.
- Apoyo a la gestión de la movilidad laboral.
- Acciones de autoempleo y emprendimiento.
- Desarrollo de aspectos personales para la ocupación (DAPO).
- Información del mercado de trabajo.
- Actuaciones formativas para adquirir conocimientos teóricos-prácticos.
Cuantía de la subvención
Las cuantías a percibir por la entidad beneficiaria serán:
a) 1.560 euros por demandante atendida, en los términos previstos en la base 5 de la convocatoria.
b) 1.250 euros por demandante insertada, en los términos previstos en la base 6 de la convocatoria.
Si se cumplen los requisitos para la consideración de demandante insertada, se percibirán por parte de la entidad beneficiaria las cantidades previstas para ello y además las cantidades previstas por ser demandante atendida.
La cuantía de la subvención se determinará en función del número de participantes a atender y el número de personas a insertar que la entidad beneficiaria haya propuesto en su proyecto.
El importe máximo de subvención por entidad beneficiaria no superará los 200.000 euros por año.