Subvención a Grupos de Acción Local para desarrollar proyectos dirigidos a fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres 2023/2024

Abierto el plazo de justificación.

Información básica

Grupos de acción local legalmente constituidos en la Comunidad Foral de Navarra y que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

La convocatoria subvenciona proyectos de igualdad de mujeres y hombres.

El periodo de ejecución y pago de las actividades programadas se extiende desde el 1 de marzo de 2023 a 29 de febrero del 2024. Hay tres modalidades de participación (cada entidad podrá presentar un único proyecto en la Modalidad que les corresponda):

  • Modalidad A:

Proyectos desarrollados por grupos de acción local de Navarra que tengan, contratada o en plantilla, a una persona para el puesto de Agente de Igualdad a jornada completa, y no reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua.

  • Modalidad B: 

Proyectos desarrollados por grupos de acción local de Navarra que tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad a jornada completa y reciban subvención por dicha contratación por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua. 

  • Modalidad C:

Proyectos desarrollados por grupos de acción local de Navarra que no tengan contratada o en plantilla Agente de Igualdad a jornada completa.

Cuantías a subvencionar por proyecto:

  • Modalidad A: un máximo de 15.000 euros.
  • Modalidad B: un máximo de 7.500 euros.
  • Modalidad C: un máximo de 3.000 euros.

Pasos siguientes:

El pago de la subvención concedida se realizará en dos periodos, tal y como se señala en la Base 11.1 de la convocatoria:

  • Un primer abono, en el plazo de un mes desde la fecha límite de la presentación de la Declaración Responsable de Ejecución (Anexo VII), conforme al punto 11.2 a).
  • Un segundo abono, en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha límite de justificación presentada conforme al punto 11.2 b).

Documentación obligatoria en fase de solicitud:

Debe presentarse obligatoriamente en los modelos diseñados para tal efecto, que podrán obtenerse en esta ficha:

Otra documentación conforme a lo previsto en las bases reguladoras (en su caso, copia de contrato; véase base 6ª).

 

Tras la concesión:

En el plazo de 1 mes desde la resolución de concesión, deberá presentarse la documentación de transparencia:

  • Anexo VI: Declaración de Transparencia. Tras la resolución de concesión se habilitará un nuevo botón en la ficha de la convocatoria para tramitar la gestión de dicha declaración.

 

Documentación obligatoria en fase de justificación:
Se establecen dos periodos obligatorios de justificación, en los que tendrá que presentarse la documentación señalada a continuación:

Con fecha límite 3 de noviembre de 2023:

Con fecha límite 29 de febrero de 2024:

Otra documentación conforme lo previsto en las bases reguladoras (copia de las facturas, pruebas documentales, véase Base 11.3).

Logos para incluir en las pruebas documentales.

Resolución 335E/2023, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas.

Tramitación

Plazo: 30/11/23 - 29/02/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Resolución 454E/2023, por la que se resuelve la convocatoria.

Resolución 559E/2023, por la que se abona la parte de 2023.

Contacto

Instituto Navarro para la Igualdad
Calle Alhóndiga 1 - 2º
31002 Pamplona/Iruña
Teléfono: 848 421 588
Correo electrónico: subdireccionjuridicaygestioninai@navarra.es

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