Subvención a autónomos/as para la contratación de un empleado/a

Es imprescindible no haber tenido personal contratado en los 12 meses anteriores

Información básica

Personas trabajadoras autónomas físicas o por cuenta propia que no hayan tenido personal contratado en los 12 meses anteriores.

Actuación subvencionable:

Contrato indefinido a personas desempleadas con las siguientes condiciones:

  • Puesto de trabajo en un centro de trabajo ubicado en Navarra.
  • Remuneración bruta anual mínima, incluidas pagas extraordinarias, no inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Jornada completa o a tiempo parcial no inferior al 50 %.

Requisitos y obligaciones de las personas autónomas beneficiarias (ampliar la información en la convocatoria):

  • Domicilio fiscal en Navarra
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Navarra.
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o Mutualidad del colegio profesional.
  • Quedan excluidas de la convocatoria las personas socias de sociedades mercantiles; personas autónomas que también ejercen funciones de dirección y gerencia en mercantiles con actividades similares; personas trabajadoras autónomas colaboradoras; y personas socias trabajadoras en empresas de Economía Social. 
  • Al corriente de las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Mantener la contratación 1 año.
  • En el supuesto de cese anticipado, deberá sustituirse por otra persona, en el plazo máximo de un mes, respetando la misma jornada, la retribución y el mismo colectivo o de dificultad superior.
  • El Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare (SNE-NL) realiza comprobaciones periódicas. Procede el reintegro de los fondos en caso de incumplimiento.

Consultar las bases en el apartado Normativa.

Requisito de la persona contratada:

  • Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el servicio público de empleo a la fecha de inicio del contrato.
  • No podrá ser cónyuge, ascendiente, descendiente ni demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado, inclusive, de la persona trabajadora autónoma.

Cuantías a subvencionar:

Cuantías base:

  • 5.000 euros por contrato indefinido.
  • 6.000 euros por contrato suscrito con persona mayor de 55 años o menor de 30 años inscrita en el registro de garantía juvenil.
  • 7.000 euros por contratos a:
    • Persona desempleada de larga duración.
    • Persona perceptora de renta garantizada o Ingreso Mínimo Vital (IMV).
    • Persona con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33 por ciento.
    • Persona procedente de un itinerario de inserción en una empresa de inserción socio-laboral.
  • 8.500 euros por contrato a mujer víctima de Violencia de Género (VVGG).

Cuantías adicionales:

  • Contrato suscrito con mujer (salvo mujer VVGG): 1.000 euros.
  • Contrato en centro de trabajo situado en localidad con menos de 5.000 habitantes (ver municipios excluidos en base 5.3. de la convocatoria): 1.000 euros.

Estas cuantías se refieren a contratos indefinidos a jornada completa. Si la jornada del contrato fuera menor, la cuantía será proporcional.

Servicios a empresas y profesionales.

Si necesitas contratar personal, puedes lanzar tu oferta a través de tu agencia de empleo.

Si necesitas información sobre contratos, modalidades, incentivos, otras medidas de fomento del empleo, registro y Contrat@, envía la consulta junto con el DNI / CIF, nombre y apellidos y número de teléfono a empleo.empresas@navarra.es, llama al 848 424 500 o consulta en este enlace.

Más información sobre trámites laborales relativos a la contratación, en este enlace.

Documentación a presentar:

Solicitud de la subvención, debidamente cumplimentada de forma telemática (en el apartado Tramitación de esta ficha). Además:

  • Contrato de trabajo suscrito entre la persona beneficiaria y la persona desempleada, y en el que se informe que opta a subvención del SNE-NL. 
  • Anexo de declaraciones responsables: artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones; otras ayudas recibidas o solicitadas (régimen de minimis); declaración de no parentesco de hasta segundo grado; y ausencia de procedimientos sancionadores. 
  • Cuenta bancaria para recibir el abono: registrarla en el trámite consulta de cuentas y pagos.
  • En caso de contratación vinculada a localidades de menos de 5.000 habitantes con políticas de repoblación, certificado de empadronamiento de la persona solicitante si no dispone de centro de trabajo.

Resolución 6232E/2025, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para 2026 (pendiente de publicar en el BON).

Contacto

Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 3.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Correo electrónico: autoempleo@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.