Subvenciones para la promoción del empleo autónomo

Este proyecto ha sido financiado a una tasa del 100% con recursos REACT UE, del Programa Operativo FSE 2014-2020 de Navarra, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19

Información básica

Personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas.

Subvención en cuantía variable (a partir de 2.000 euros) en función de las circunstancias personales de quien se establece como trabajador/a autónomo/a.

Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes, atendiendo a los diferentes colectivos:

  • Con carácter general: 2.000 euros.
  • Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros.
  • Personas mayores de 45 años: 2.200 euros.
  • Desempleados y desempleadas de larga duración: 2.200 euros.
  • Mujeres: 2.500 euros.
  • Personas con discapacidad: 3.000 euros.
  • Perceptores y perceptoras de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros.
  • Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.

Si una persona beneficiaria se encontrase en más de uno de los colectivos señalados se le concederá la subvención que corresponda al mayor importe.

En los supuestos que la persona trabajadora autónoma desarrolle su actividad en un municipio de Navarra, en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes, recibirá una cantidad adicional de 1.000 euros.

Para beneficiarse de esta ayuda adicional, la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma deberá:

  • Estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en un municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes.
  • En el supuesto de las personas solicitantes que no tengan local de negocio, éstas deberán estar empadronadas en el municipio cuyo padrón municipal sea inferior a 5.000 habitantes de la actividad, con una antigüedad de al menos un año.

Las y los trabajadores autónomos que realicen su actividad en un municipio de menos de 5.000 habitantes, además de la obligación generales establecidas en la Base 4ª, deberán mantenerse inscritos en el Impuesto de Actividades Económicas de la población de menos de 5.000 habitantes durante un periodo ininterrumpido de 18 meses contados desde el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad correspondiente.

Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con igual finalidad, siempre que no procedan de fondos europeos.

Estas ayudas están sometidas a minimis (ver Reglamento en el apartado "Normativa").

Las personas beneficiarias de la subvención publicitarán la colaboración del Gobierno de Navarra y el Fondo Social Europeo, mediante la inclusión en lugar visible en el local y la web si la hubiese, al menos durante un plazo de 18 meses, de un cartel tamaño DIN A3, con los logos correspondientes y con la siguiente frase:

“Esta empresa ha recibido una ayuda cofinanciada al 100% con recursos REACT UE, a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de Navarra, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19”.

De igual manera, deberán incluir en la publicidad de la operación que realicen, la cofinanciación de la misma a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de la Comunidad Foral de Navarra.

Para que el emprendimiento se realice en las mejores condiciones, el SNE-NL ofrece cursos y asesoramiento en su centro de Iturrondo, así como a través de CEIN y de los agentes de desarrollo local y empleo Eder, Cederna Garalur, Teder y Zona Media.

La subvención se solicita a través del botón "Solicitar" adjuntando la siguiente documentación:

  • Anexo I. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Anexo II. Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado. La empresa solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse al respecto. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de minimis.
  • Anexo III. Breve memoria del proyecto empresarial.
  • Anexo IV. Obligaciones normativa comunitaria.
  • Solicitud de abono por transferencia (modelo oficial).
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • En su caso, evidencia documental de que la actividad profesional se realiza en un local, (contrato de alquiler, escrituras, etc.).
  • En el caso de las personas físicas de alta en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente: certificación donde figuren detallados los periodos de alta en la misma.
  • En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 3.2.
  • En su caso, acreditación de la condición de víctima de violencia de género, de acuerdo con lo previsto en la Ley Foral 14/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres.
  • Cualquier otra documentación que se solicite por el SNE-NL.

Tramitación

Plazo: 10/03/23 - 30/11/23

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, siempre y cuando se hubiera publicado en el BON la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

  • Las solicitudes referidas a altas producidas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán al año siguiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial en el BON de dicha autorización de gasto. 
  • Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a altas producidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio profesional correspondiente, desde el 1 de noviembre del año anterior al 31 de Octubre del año en curso. 

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo
Centro de Formación Iturrondo
Avenida de Villava, nº 1
31600 Burlada
Correo electrónico: autoempleo@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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