Documentabión obligatoria
Las instancias y solicitudes deberán ajustarse a los modelos publicados en la convocatoria y que figuran más abajo como Anexo I y II, respectivamente. También serán facilitadas en la Dirección General de Interior (Avenida de Carlos III, número 2) y en la Comisaría Central (calle Carretera Sarriguren, 1A, de Pamplona), pudiendo también obtenerse en el Boletín Oficial de Navarra de publicación de la convocatoria; y en ellas, a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos de participación referidos.
En la solicitud se especificarán los destinos elegidos y su orden de preferencia. El orden se realizará numéricamente, considerándose el 1 como la máxima prioridad y así sucesivamente en orden creciente el resto de puestos con una prioridad inferior. El aspirante únicamente señalará los destinos que sean objeto de su preferencia.
Documentación opcional
Los aspirantes que soliciten destino en las unidades cuyo sistema de provisión sea concurso específico deberán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de los méritos durante el plazo de presentación de solicitudes, con excepción de los siguientes que serán puestos a disposición del Tribunal:
- Servicios prestados a las Administraciones Públicas, que serán solicitados por el Tribunal calificador a la Dirección General de Función Pública.
- Cursos realizados en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra/Nafarroako Segurtasun eta Larrialdi Eskola, los cuales serán solicitados a la Escuela por el Tribunal calificador.
Tampoco será necesaria la presentación de los méritos ya aportados, y no retirados, en la convocatoria aprobada por Resolución 71/2019, de 21 de marzo, del Director General de Interior. A estos efectos, los aspirantes que opten por esta opción deberán señalar en la instancia de participación la remisión a los méritos aportados en esa convocatoria.
Bastará con copias simples de la documentación que acredite los méritos, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.