Ayudas para realizar proyectos estratégicos de I+D 2025-2028

Información básica

Empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos con centro de trabajo en Navarra y que desarrollen las actividades de I+D en dicho centro durante los años 2025-2028.

Las ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D persiguen fomentar la realización de proyectos de alto impacto que estén alineados con los sectores identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente de Navarra.

De acuerdo con la base 8 de las bases reguladoras: 

Cada participante en el proyecto presentará:

a) Instancia telemática que incluirá la declaración responsable de la base 2.3. (no es necesario cargar ningún documento, completado al realizar la solicitud telemática).

b) Formulario con los datos de la solicitante y del proyecto, incluyendo el presupuesto de gasto.

c) Formulario con la dedicación del personal al proyecto para el que se solicita la ayuda y a otros proyectos de I+D+i que desarrolle la solicitante.

d) Las pymes, a efectos de acreditar su tamaño podrán optar entre presentar una certificación de la Cámara de Comercio de Navarra, las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios cerrados o indicar el expediente administrativo y el Departamento del Gobierno de Navarra en el que las hayan presentado anteriormente.

e) Opcionalmente se podrá presentar con la solicitud de la ayuda la documentación acreditativa de estar al corriente en los pagos a proveedores señalada en la base 2.2.4. Nota informativa Morosidad.

La entidad coordinadora del consorcio, además, deberá presentar:

a) Memoria del proyecto

b) Acuerdo de colaboración exigido en la base 16.1.c) o documento de compromisos firmado por las participantes en el proyecto.

c) En el caso de los proyectos del reto 3: Declaración responsable otorgada por quien represente a la entidad coordinadora haciendo constar que, previamente a la realización de la investigación biomédica contenida en el proyecto éste contará con el dictamen favorable de un comité de ética de acuerdo con la normativa vigente.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 23/07/25 - 23/08/25

Instrucciones:

Conforme a la base 16, las beneficiarias de la subvención, deberán presentar en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acto que resuelve la convocatoria en la ficha de las ayudas, la declaración relativa a la obligación de transparencia. Esta declaración se presentará en todo caso, tanto si se está sujeto a la obligación de transparencia, como si no se está sujeto (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).

El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 12.4 de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, por quienes estén sujetos a la obligación (artículo 3.c), impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Listado de proyectos presentados_V3 una vez finalizado el plazo de solicitud (publicado el 28/03/2025).

Resolución 252E/2025, por la que se resuelve la convocatoria, con la relación de ayudas concedidas y denegadas (publicado el 23/07/2025).

Las entidades beneficiarias de la subvención deberán cumplir las siguientes obligaciones en el plazo de un mes a contar desde la publicación hasta el 23/08/2025:

  • La declaración relativa a la obligación de transparencia, ajustada al modelo disponible en la ficha de las ayudas. Esta declaración se presentará en todo caso, tanto si se está sujeto a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno) como si no se está sujeto (en este caso la declaración afirmará dicho extremo). El incumplimiento de la obligación de presentar la información que exige el artículo 12.4 de la citada Ley Foral, por quienes cumplen los requisitos del artículo 3.c), impedirá el abono de la subvención concedida y dará lugar, en su caso, al reintegro de lo anticipado.
  • Las empresas que han resultado beneficiarias de ayudas superiores a 30.000 euros deberán presentar la documentación que acredita que cumplen los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004 señalada en la base 2.4, en caso de no haberlo hecho al solicitar las ayudas. 
  • La entidad coordinadora del consorcio deberá presentar el acuerdo de colaboración firmado en el plazo de tres meses desde la publicación, es decir, hata el 23/10/2025, salvo que se haya presentado con la solicitud.
Contacto

Servicio de Proyectos Estratégicos de la S4 y Emprendimiento
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
31006 Pamplona / Iruña
Correo electrónico: fomento.innovacion@navarra.es

Sección de Calificaciones Fiscales y Proyectos Estratégicos de I+D+i empresarial
Teléfono: 848 427 620
Correo electrónico: javier.araiz.garde@navarra.es

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