Actividades subvencionables
Serán objeto de ayuda las actuaciones de fomento de la cultura científica, la comunicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación realizadas en Navarra, así como el fomento de las vocaciones STEM, realizadas en Navarra.
Las actuaciones se deberán alinear con, al menos, una de las siguientes líneas de actuación:
- Fomento de la cultura científica: se incluye la divulgación y comunicación sobre cualquier temática científica y tecnológica dirigida a público no especializado, con el objetivo de acercar la ciencia, la tecnología y la actividad investigadora a la sociedad navarra.
- Difusión de la I+D+i realizada en Navarra: se incluyen actuaciones que pongan en conocimiento de la ciudadanía los avances y resultados conseguidos gracias a la I+D+i realizada en Navarra.
- Fomento de las vocaciones STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés): se incluye la promoción de la alfabetización científica entre escolares y jóvenes de etapas no universitarias y su interés por las carreras científico-tecnológicas mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora, con especial hincapié en actividades dirigidas a las niñas y adolescentes.
Atendiendo al ámbito de la actuación se diferencian dos tipologías de actuaciones:
- Actuaciones de ámbito nacional y/o internacional: se considerarán actuaciones de ámbito nacional o internacional aquellas que, existiendo fuera del ámbito regional, las solicitantes atraigan a Navarra para su ejecución en la Comunidad Foral. También serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas en Navarra que tengan relevancia nacional y/o internacional significativa. El presupuesto mínimo de cada actuación propuesta será de 30.000 euros.
- Actuaciones de ámbito regional: se considerarán todas las solicitudes que no cumplan las condiciones del apartado a). El presupuesto mínimo de cada actuación propuesta será de 3.000 euros.
Gastos subvencionables
Se considerarán gastos subvencionables las siguientes categorías de gasto que, de manera indubitada, estén relacionados directamente con las actuaciones objeto de financiación:
- Personal: directamente dedicado a la actividad subvencionada y durante el periodo que se dedique a la misma (el coste horario máximo subvencionable será de 40 euros).
- Material fungible, suministros y productos similares.
- Colaboraciones externas: contratación de ponentes y conferenciantes, edición de materiales gráficos y audiovisuales en formato físico o electrónico y consultoría y asesoramiento.
- Otros gastos.
Periodo de ejecución
El periodo de ejecución de las actividades subvencionadas es el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.