Ayudas a proyectos piloto en cooperación para la innovación agraria 2023

La convocatoria se incluye en el marco de la intervención 7162 (Grupos de cooperación para la innovación no relacionados con la AEI-Agri que apoyen la realización de proyectos piloto en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas) del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027

Información básica

Pueden beneficiarse de las ayudas las siguientes entidades, siempre que formen un grupo de cooperación:

a) Productoras y productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones.
b) Empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones.
c) Cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones.
d) Comunidades de regantes.
e) Centros de investigación y experimentación, centros tecnológicos, universidades y otras entidades que contemplen en su objeto social la investigación y experimentación en áreas agropecuarias, agroindustrial o de calidad agroalimentaria.
f) Entidades públicas: ayuntamientos, mancomunidades o concejos de zona rural.
g) Otros agentes que contribuyan al logro de los objetivos y prioridades de la política de desarrollo rural.

Se considera grupo de cooperación al conjunto de entidades unidas temporalmente para elaborar un proyecto piloto con el fin resolver un problema específico sectorial y/o territorial o aprovechar una oportunidad concreta, mediante una solución innovadora y empleando métodos colaborativos y asociativos, e impulsando la transferencia y difusión de los resultados obtenidos. Estará formado por un mínimo de dos entidades, independientes entre sí, y un máximo de cinco.

Proyectos piloto:

Por proyecto piloto se entiende el conjunto de acciones de carácter experimental y/o demostrativo a pequeña escala, con un esfuerzo temporal acotado, para probar en la práctica una idea con el fin de dar solución a problemas reales, y que conlleve transferencia de conocimiento en beneficio del sector agroalimentario. Debe ser de interés común y orientado a todo un sector/subsector. Los resultados obtenidos pueden ser o no los esperados.

  • Nuevo producto: obtención de un bien anteriormente inexistente.
  • Nueva práctica: obtención de un servicio anteriormente inexistente.
  • Nuevo proceso: obtención de un nuevo uso transformado para una materia prima preexistente.
  • Nueva tecnología: mejora de la eficiencia de un proceso productivo.

A efectos de esta ayuda se entiende por Bien de equipo piloto aquel que está adaptado a las necesidades y tamaño del proyecto piloto, resultando indispensable para su ejecución y demostración, y que servirá como modelo para validar la viabilidad técnica y económica de una tecnología, producto, proceso o solución nuevos o mejorados.

Descripción de las ayudas:

  • De entre todas las entidades del grupo de cooperación se designará, por acuerdo de las mismas, la figura de la entidad coordinadora. Este hecho deberá quedar reflejado en el convenio de colaboración que establecerán entre todas las entidades.
  • La entidad coordinadora actuará como única interlocutora con la Administración, canalizándose a través suya la subvención.
  • El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, en base a un baremo.
  • La ayuda es en forma de subvención directa de capital.
  • La intensidad de la ayuda será el 90% del gasto elegible convenientemente justificado.
  • El máximo de ayuda concedida es de 200.000 euros por proyecto.
  • El abono se realizará en un único pago en 2026.
  • La ayuda está cofinanciada en un 25% por el FEADER.

Pasos del procedimiento:

  • Recepción, revisión y valoración de las solicitudes de ayuda.
  • Comparación de las solicitudes presentadas conforme baremo.
  • Resolución de concesión (aprobación o denegación, según proceda).
  • Declaración sobre la obligación de transparencia.
  • Solicitud de pago.
  • Abono de la ayuda.

Información general de la medida:

Modelos normalizados a presentar en solicitud de ayuda:


Otra documentación a presentar junto a la solicitud de ayuda:

Correspondiente a cada entidad solicitante:

  • NIF
  • Estatutos y escrituras de constitución
  • Certificado de estar al corriente con el IAE
  • Documento justificativo del porcentaje de asociadas en cada entidad correspondiente a:
    • Agricultoras profesionales
    • Adscritos y adscritas a Certificaciones de Calidad de Navarra

Correspondiente al proyecto:

  • Facturas proforma, ofertas y/o presupuestos de los gastos directos a ejecutar
  • Plan de transferencia y difusión
  • Cuando proceda:
    • Proyecto técnico o memoria valorada
    • Licencias y autorizaciones o solicitudes de las mismas
    • Informe de organismos competentes en ámbitos afectados por el proyecto

 

Documentos a presentar tras la concesión:

Una vez notificada la concesión de la ayuda, las entidades coordinadoras deberán presentar, a través de RGE, en el plazo máximo de un mes desde dicha notificación:

Si se quiere solicitar una autorización para realizar una modificación, con carácter previo a aplicarla se debe presentar una solicitud, que debe incluir una explicación de las modificaciones que las entidades beneficiarias quieren realizar, con el mismo detalle empleado en la solicitud de ayuda.

 

Para justificar la ejecución del proyecto, deberá presentarse la siguiente documentación en solicitud de pago:

Cuando proceda:

  • Documentación justificativa del cumplimiento de la normativa de contratación pública:
    • Certificado de adjudicación
    • Documento de formalización del contrato
    • Diferentes propuestas sobre las que se realizó la adjudicación definitiva.
  • Justificación de los gastos de personal y coordinación realizados: 
    • Contrato del personal imputado al proyecto.
    • Certificado del quien sea responsable de personal de la relación de personas imputadas al proyecto y relación de horas dedicadas al mismo.
    • Partes de trabajo semanales del personal imputado al proyecto:
      • Cubrirán el 100% del tiempo de trabajo del personal.
      • Se habrá aportado al expediente, una descripción general del trabajo realizado en el proyecto por el personal en cuestión.

En cualquier momento de la vida de un expediente, la entidad coordinadora en representación de todas las entidades participantes en el proyecto, puede renunciar al mismo, aportando para ello la correspondiente solicitud.

Las solicitudes pueden ser tramitadas por las propias entidades coordinadoras solicitantes o a través de una entidad colaboradora acreditada a través del correspondiente Convenio de colaboración suscrito con del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. Relación de Entidades Colaboradoras.

Cuando la solicitud de ayuda se realice por una entidad colaboradora, es necesaria la cumplimentación de una autorización de la entidad solicitante a la entidad colaboradora (anexo VI de la Orden Foral 59/2019).

Resolución 269E/2023, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de 2023.

Resultados

Resolución 137E/2024, por la que se resuelve la convocatoria.

Contacto

Sección de Diversificación Rural y Desarrollo Sostenible
C/ González Tablas nº 9
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 426 368 / 848 424 894
Correo electrónico: diverdesa@navarra.es

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