Ayudas a la realización de actividades de formación continuada organizadas por los Colegios Profesionales Sanitarios de Navarra 2023

Información básica

Colegios profesionales de las profesiones sanitarias tituladas reguladas en el artículo 2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, que tengan sede social en Navarra.

Se podrán subvencionar cursos, seminarios o talleres de formación continuada que, organizados por los colegios profesionales, cumplan los siguientes requisitos:

  • La fecha de impartición estará comprendida entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023. Se incluyen también las actividades que, iniciándose en 2022, hayan terminado con posterioridad al 31 de octubre de 2022.
  • El número de horas lectivas será de 2 horas como mínimo y de 100 horas como máximo.

Las actividades objeto de subvención deberán contar con la acreditación de la Comisión de Formación Continuada de las profesiones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, aspecto que se verificará en el momento de la justificación para el correspondiente abono de la subvención.

Para la justificación de la ayuda

Tabla justificación ayuda.

A efectos de justificación de las ayudas concedidas, los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación:

a) Memoria técnica de las actividades de formación realizadas, a la que se acompañará la siguiente información:

  • Listado de cursos, seminarios y talleres realizados haciendo constar: título de la actividad, lugar y fecha/s de impartición, número de horas docentes previstas y reales, número de participantes previstos y reales y número de créditos de cada actividad de formación.
  • Listado de participantes, haciendo constar: nombre, apellidos, NIF o NIE y teléfono o correo electrónico de cada uno de ellos.

b) Memoria económica conteniendo balance de ingresos y gastos de cada actividad.

  • En los ingresos se especificará el importe total recabado por las matrículas de los participantes y otros ingresos ligados a otras fuentes de financiación. Los gastos se desglosarán según los conceptos computables descritos en el siguiente párrafo.
  • Los gastos computables a efectos de justificación de la ayuda incluyen gastos directamente relacionados con la actividad formativa, incluyendo el alquiler de locales.
  • Son también computables a efectos de justificación, como gastos indirectos, un máximo del 15% de los gastos directos de la actividad.
  • Se excluyen expresamente los gastos sociales y de material inventariable.

 

Para la solicitud de la ayuda

  1. Solicitud firmada por el presidente o la presidenta del colegio profesional.
  2. Breve memoria descriptiva de cada actividad formativa para la que se solicita subvención con la siguiente información:
    • Título
    • Tipo: curso, seminario o taller
    • Fecha de realización
    • Población objetivo
    • Justificación de la necesidad formativa
    • Objetivos docentes
    • Detalle de la metodología
    • Número de horas lectivas y docentes
    • Número de alumnos y alumnas previsto
    • Modalidad (presencial, mixta o semipresencial, online)
    • Número de ediciones a impartir
    • Número de acreditación de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud de la actividad
    • A la solicitud se acompañará una tabla resumen de las actividades incluidas en formato Excel conforme al modelo disponible en el portal de Gobierno de Navarra, con la información recogida en la misma, específicamente: título, tipo, fecha de realización, horas lectivas, horas docentes, número de alumnos y alumnas, modalidad, número de ediciones y Número de acreditación de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud de la actividad. Se incluirá una propuesta de priorización de las actividades por parte de la entidad solicitante.
  3. Justificación del número de colegiados y colegiadas de profesiones sanitarias tituladas, reguladas en el artículo 2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las profesiones sanitarias, existente a 1 de enero de 2023.
  4. Declaración responsable de no estar incurso el colegio en ninguna de las causas establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que prohíben ser beneficiario de la subvención.
  5. Declaración del o de la solicitante en la que preste su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal de acuerdo con lo señalado en la base 17 de la presente convocatoria y en la que, asimismo, preste el consentimiento para que el Departamento de Salud pueda recabar de la Hacienda Pública de Navarra y de la Administración General del Estado la información relativa a la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de reintegro y con la Seguridad Social.

Resolución 742E/2023, por la que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras.

Contacto

Departamento de Salud
Sección de Formación
C/ Irunlarrea, 3
31008 Pamplona
Teléfono 848 42 20 04
Correo electrónico: seccion.docencia@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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