Ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias 2023

La convocatoria se incluye en el marco de las intervenciones 6842.1 y 6842.2 del PEPAC en Navarra 2023-2027

Información básica

Empresas que realicen la actividad a subvencionar en Navarra y que lleven a cabo inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas y/o agroalimentrarios. Dentro de la presente convocatoria se distinguen dos capítulos, en función de las materias primas utilizadas y de los productos obtenidos:

  • Capítulo 1: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Se exceptúan las empresas del sector de la pesca y aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado anexo. En el sector del vino sólo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.
    ​A su vez, dentro del Capítulo 1, se distinguen dos tipos de ayudas:
    • Línea A: Ayudas con objetivos ambientales
    • Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad
  • Capítulo 2: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas cuyo producto resultante esté fuera del Anexo I del TFUE. En el caso de grandes empresas del Capítulo 2, únicamente podrán acceder a la ayuda las empresas ubicadas en municipios incluidos en el mapa de  ayudas regionales.

Ayudas para proyectos de inversión que muestren avances positivos en algunos de los siguientes aspectos:

  • Mejoras de la transformación y comercialización
  • Incremento del valor añadido del producto
  • Mejora de la calidad
  • Incremento de la capacidad productiva
  • Eficiencia energética y en el uso de los inputs
  • Incremento del empleo
  • Diversificación de actividades
  • Protección medioambiental
  • Seguridad laboral
  • Creación de un nuevo establecimiento
  • Ampliación de un establecimiento existente

 

Intensidad de la ayuda

La intensidad de la ayuda se determinará en función del tipo de empresa (capítulo 1: productos agrícolas incluidos en el Anexo I del TFUE o capítulo 2: productos agrícolas no incluidos en el Anexo I del TFUE) y, dentro del capítulo 1, de la línea (línea A ayudas medioambientales o línea B ayudas a la competitividad).

Capítulo 1:

La cuantía máxima de subvención a conceder a empresas que forman parte del capítulo 1 es de 2.000.000 euros por planta productiva. 

Las intensidades de ayudas del capítulo 1 estarán comprendidas dentro de los siguientes intervalos, condicionadas al cumplimiento de los supuestos establecidos en la base 8.2 (Igualdad de género, discapacidad y jóvenes) de la Resolución de aprobación de la convocatoria: 

  • Línea A (% de ayudas medioambientales):
    • Gran empresa: 15% - 18%
    • Pyme: 18% - 21%
    • Entidad asociativa: 24% - 27%
    • Entidad asociativa en proceso de integración por acuerdos intercooperativos (EAPIC - AI; Base 2.7.b): 24% - 27%
    • Entidad asociativa en proceso de integración mediante procesos de fusión o absorción y cooperativas de segundo grado o EAP que han incorporado cooperativas (EAPIC - FAI; Base 2.7.a): 27% - 30%
  • Línea B (% de ayudas a la competitividad):
    • Gran empresa: 12% - 15%
    • Pyme: 15% - 18%
    • Entidad asociativa: 18% - 21%
    • Entidad asociativa en proceso de integración por acuerdos intercooperativos (EAPIC - AI; Base 2.7.b): 21% - 24%
    • Entidad asociativa en proceso de integración mediante procesos de fusión o absorción y cooperativas de segundo grado o EAP que han incorporado cooperativas (EAPIC - FAI; Base 2.7.a): 25% - 28%

Capítulo 2:

La cuantía máxima de subvención a conceder a empresas que forman parte del capítulo 2 es de 500.000 euros por planta productiva de la empresa.

Las intensidades de ayudas del capítulo 2 estarán comprendidas dentro de los siguientes intervalos, condicionadas al cumplimiento de los supuestos establecidos en la base 8.2 (Igualdad de género, discapacidad y jóvenes) de la Resolución:

  • Gran empresa: 10%
  • Mediana empresa: 10%
  • Pequeña empresa y microempresa (Entidades asociativas): 18% - 20%
  • Pequeña empresa y microempresa (Resto): 16% - 18%

 

En ambos capítulos (capítulo 1 y capítulo 2), el presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del personal de la planta productiva (plantilla media del año 2022), será la siguiente:

  • Menos de 10: 15.000 euros
  • Entre 10 y 49: 50.000 euros
  • Entre 50 y 249: 100.000 euros
  • 250 o más: 300.000 euros

 

Pasos del procedimiento:

  • Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes (29/02/2024), éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva.
  • Resolución de concesión de las ayudas.
  • Declaración sobre la obligación de transparencia (plazo de un mes desde la notificación de la concesión).
  • Presentación de la solicitud de abono junto con la documentación necesaria para el mismo.
  • Resolución de abono de las ayudas.

Aspectos a tener en cuenta para realizar la solicitud telemática:

  • Deberá adjuntar, escaneados, en ficheros separados y debidamente identificados con su nombre los documentos a presentar.
  • A la hora de presentar las solicitudes, existe limitación en el tamaño de los archivos que pueden adjuntarse (límite de 20 megas por archivo y 200 megas como suma del total de archivos). En estos casos puede optarse por comprimir los archivos antes de adjuntar (por ejemplo en formato .zip) o bien separar el documento en varios archivos.
  • Capítulo 1: documentación a presentar con la solicitud y guía práctica de la ayuda (se recomienda la impresión de estos documentos y la preparación de la documentación antes de iniciar la solicitud telemática de la ayuda).
  • Capítulo 2: documentación a presentar con la solicitud y guía práctica de la ayuda (se recomienda la impresión de estos documentos y la preparación de la documentación antes de iniciar la solicitud telemática de la ayuda).

 

Para la solicitud de la ayuda (documentación general a presentar):

  1. Formulario
  2. Memoria
  3. Declaración responsable solicitud ayuda
  4. Declaración responsable tamaño empresa
  5. Informe de vida laboral
  6. Informe de plantilla media
  7. Escrituras
  8. Cuentas anuales individuales (n1, n-2)
  9. Cuentas anuales consolidadas (n-1, n-2)
  10. Política de igualdad
  11. Proyecto técnico
  12. Autorización ambiental
  13. Licencia de obras
  14. Procesos de integración (EAP, Coop, Pymes)
  15. ATP
  16. Producción de calidad
  17. IVA 2020 o último ejercicio fiscal cerrado
  18. Proyecto I+D+i, cuando proceda
  19. Tasación de tasador independiente, en el caso de compra de bienes inmuebles
  20. En el caso de expedientes que opten por la línea A medioambiental: documentación necesaria a efectos de los criterios de valoración de la base 11.
  21. Otros

En relación a la moderación de costes:

  • La justificación de la elección de la empresa proveedora se realiza en el momento de la justificación de las inversiones, al presentar la solicitud de pago. No obstante, en fase de solicitud de la ayuda será necesario presentar un presupuesto de cada elemento de inversión.
  • La moderación de costes afecta a todas las inversiones, independientemente de la cuantía del gasto subvencionable (con las excepciones previstas en las Bases Reguladoras).

 

Para la declaración de transparencia:

Una vez recibida la notificación de la Resolución de concesión, en el plazo de un mes, deberá presentar de forma telemática la Declaración de transparencia, a través del trámite que se habilitará en la presente ficha de la ayuda una vez concedidas las ayudas.

 

Para la justificación de la inversión:

  1. Solicitud de abono
  2. Listado excel
  3. Facturas y justificantes de pago
  4. Memoria de diferencias
  5. Moderación de costes
  6. Declaración responsable de pagos
  7. Cuentas anuales individuales (n-1)
  8. Cuentas anuales consolidadas (n-1)
  9. Mayor del inmovilizado (grupo 2)
  10. Balance de sumas y saldos (grupo 2)
  11. Leasing
  12. Escrituras de compra venta naves
  13. Certificado de fin de obra
  14. Informe de plantilla media
  15. Placa FEADER PEPAC 2023-2027
  16. Otros

Información sobre protección de datos.

Resolución 721E/2023, por la que se aprueba la convocatoria de 2023 de las ayudas.

Tramitación

Plazo: 3/01/24 - 31/07/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Fomento de la Industria
Sección de Fomento de las Industrias Agroalimentarias
Parque Tomás Caballero, 1- 6ª planta
31005 Pamplona
Teléfonos: 848 42 61 04 / 848 42 76 60
Correo electrónico: industrias.agroalimentarias@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda a la inversión en industrias agroalimentarias

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