Ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias 2025

Conforme a la medida de "Inversiones en explotaciones agrarias", del programa PEPAC 2023-2027

Aprobadas las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de 2025 (ver Normativa).

Información básica

Personas físicas o jurídicas que:

  • Realicen las inversiones en Navarra.
  • Cumplan con los requisitos previos para ser beneficiarias.
  • Se comprometan a cumplir los compromisos establecidos en la normativa de aplicación.
  • El procedimiento de concesión será por concurrencia competitiva.
  • Ayudas en forma de subvención directa de capital.
  • La inversión mínima auxiliable es de 7.500 euros/expediente.
  • El máximo de ayuda concedida es de 300.000 euros/expediente.
  • El abono se realizará en único pago en 2027, previa verificación de la finalización del plan de inversiones.

Pasos del procedimiento:

  • Concesión o desestimación de la ayuda
  • Solicitud de pago
  • Abono de ayuda

Plazo de ejecución del plan de inversiones

  • El plazo de ejecución del plan de inversiones propuesto por la persona beneficiaria finalizará el 1 de julio de 2027.
  • El plazo de presentación de la solicitud de pago comenzará el 31 de enero de 2027 y finalizará el día 1 de julio de 2027.

Estos plazos se entienden sin perjuicio de las prórrogas que puedan solicitarse y concederse por causas justificadas, siempre y cuando la duración de las mismas no sobrepase en ningún caso el del 15 de septiembre de 2027, y hayan sido solicitadas con anterioridad al 1 de abril del mismo año.

Solicitud de ayuda IEA 2025

  • Plazo: 60 desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BON.
  • Presentación: de forma telemática a través de Extr@-PDR, pulsando en Solicitud de la ayuda, siguiendo las instrucciones:

Documentación complementaria

  • ​​​​​​Autorización a entidad colaboradora. La solicitud puede ser tramitada por el propio beneficiario o a través de una entidad colaboradora acreditada según la Orden Foral 59/2019, de 30 de octubre, que haya suscrito el correspondiente convenio de colaboración (ver listado de entidades colaboradoras en el apartado "Contenido relacionado").

Documentación tras la concesión

En el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, se deberá presentar telemáticamente la declaración relativa a la obligación de transparencia (a través del botón "Presentar" del apartado Tramitación).

 

Modificar/anular la cuenta bancaria en la que se desea cobrar las ayudas.

Resolución 136E/2025, por la que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de las ayudas de 2025 (pendiente de publicar en el BON).

Contacto

Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario
Sección de Fomento de Explotaciones Agrarias y Asociacionismo Agrario
Teléfonos: 848 424 888 / 848 424 870 / 848 424 885
Correo electrónico: fomenexp@navarra.es

Soporte informático:
Teléfono: 948 013 575
Correo electrónico: soportec@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.