- Las Escuelas Taller tendrán una duración mínima de 12 meses y máxima de 24 meses.
- El número de alumnado previsto en el programa será como mínimo de 15 y como máximo de 20.
El programa de Escuelas Taller se dividirá en dos etapas:
A. Primera etapa. Orientación e inicio de formación:
- a.1. Esta etapa tendrá una duración mínima de un mes y medio.
- a.2. Durante esta etapa el alumnado desarrollará una parte importante del trabajo de orientación laboral. Además, la entidad beneficiaria deberá programar la formación de apoyo descrita en la base 6.2.a. y la formación complementaria descrita en la base 6.2.c. de la convocatoria.
B. Segunda etapa. Orientación, formación en alternancia con trabajo efectivo y acompañamiento en la inserción:
- b.1. Esta etapa comenzará con la impartición de la formación en certificado de profesionalidad. Todas las escuelas taller contendrán, al menos, un certificado de profesionalidad completo, de nivel 1 ó 2. Durante esta etapa del programa la persona beneficiaria complementará su formación en alternancia con la realización del trabajo efectivo previsto en el proyecto. En la parte de trabajo de orientación se hará especial hincapié en las acciones de inserción laboral.
- b. 2. El alumnado trabajador percibirá en esta etapa las retribuciones salariales que les correspondan, de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable y en estas bases.