Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Autoliquidación (impuesto medioambiental: modelo 583A)

Información básica

  • Titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica radicadas en Navarra, independientemente del lugar donde radique su domicilio fiscal.
  • Titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica que radiquen en territorio navarro y territorio común, cuando sea la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la competente para autorizar dicha instalación.

En el supuesto de que se produzca el cese de actividad entre los meses de enero y octubre de cada año natural, el modelo a presentar será el modelo 588.

Año 2015

Deberán presentar la autoliquidación del año 2014:

  • Titulares de instalaciones con potencia nominal> 100 Kw.
  • Titulares de instalaciones con potencia nominal< 100 kw que quieran acogerse a las deducciones establecidas en la DT16ª TRLFIRPF y DT15ª LFIS, por lo pagos fraccionados efectuados en otras Administraciones Públicas por IVPEE en el año 2014.

Consulte aquí las Preguntas frecuentes IVPEE.

  • Modelo 583A "Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica". Autoliquidación (ver apartado "Tramitación").
  • Carta de pago número 767.

Ayuda para tramitar el modelo 583A.

  • Orden Foral 10/2015 por la que se aprueba el modelo 583.
  • Artículo primero de la Ley Foral 11/2015 por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de le Energía Eléctrica, el Impuesto de Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los depósitos en las Entidades de Crédito.

Tramitación

Plazo:

Dentro del mes de noviembre del año natural siguiente al del ejercicio de que se trate.

Instrucciones:

Ayuda sobre 583 Autoliquidación de 2021.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

El modelo se presenta exclusivamente por vía telemática (Artículo 1.4 de la Orden Foral 10/2015).

Contacto

Para consultas fiscales:
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